El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es tu clave de identificación fiscal proporcionada a aquellas personas que realizan una actividad económica y se compone de trece dígitos. Si aún no tienes tu RFC porque no te encuentras inscrito en el SAT o ya estas inscrito pero no lo conoces, esta guía te será de gran utilidad.
¿Qué es el RFC y cómo se compone?
El RFC se compone de trece dígitos. Los primeros cuatro se obtienen de tu nombre, empieza por la primera letra de tu apellido paterno y la primera vocal, después la primera letra del apellido materno y la primera letra de tu nombre.
Diferencia entre CURP y RFC
Es importante distinguir entre la CURP y el RFC:
- La CURP es un código compuesto por 18 caracteres que se utiliza en trámites legales.
- El RFC consta de 13 caracteres y se emplea en trámites fiscales.
La CURP se obtiene mediante el sitio web del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), al igual que el RFC se obtiene a través de dicha plataforma.
¿Cómo obtener tu RFC?
En caso de no contar con RFC porque no estas inscrito puedes hacer tu trámite en alguna oficina del SAT.
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Una vez que ya lo conozcas, si necesitas obtener el RFC con homoclave en un documento oficial que es la Constancia de Situación Fiscal con CIF, lo puedes hacer en el portal del SAT, SAT ID o en SAT Móvil.
Requisitos y documentos necesarios
Para tramitar tu RFC, es posible que necesites los siguientes documentos:
- Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
- Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se terminó el trámite.
Consideraciones especiales
Los menores de edad también pueden inscribirse en el RFC bajo ciertas condiciones:
- Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha 160/CFF "Solicitud de inscripción en el RFC de persona física menores de edad a partir de los 16 años", del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).
Marco Legal
El trámite del RFC está regulado por las siguientes disposiciones:
- Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.
- Artículos 22, 26 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
- Reglas 2.4.2., 2.4.6., 2.4.15., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
¿Dónde realizar el trámite?
Puedes realizar el trámite en los siguientes lugares:
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- En las oficinas de la Entidad Federativa que corresponda a tu domicilio, si optas por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.
- Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.
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