Cómo Calcular el ISR en Excel Fácilmente: Fórmula Paso a Paso y Ejemplo Detalladopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Quieres saber cómo se calcula el ISR? El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal. El ISR es el impuesto que se aplica a las ganancias, tanto si eres persona física como moral.

El ISR es la contribución que se debe pagar por la utilidad de los ingresos obtenidos, siendo los más comunes aquellos recibidos por sueldos y salarios, actividades empresariales y profesionales o arrendamiento.

Pasos para Calcular el ISR

Para ilustrar este ejemplo de cómo se calcula el ISR, tomaremos el caso de Raúl, el cual está percibiendo un total de $15,000 MXN mensuales (brutos o antes de quitar impuestos). Las tablas necesarias las puedes encontrar en nuestro artículo Tablas ISR que publicamos anteriormente.

  1. Cantidad Bruta. Para comenzar necesitas determinar la cantidad antes de impuestos, aquella con la que realizarás el cálculo.
  2. Checar la tabla en el Diario Oficial de la Federación.
  3. Realizar el cálculo. Este paso es el más largo, pero es igual de sencillo. Si te das cuenta, comenzamos con la cantidad de $7,500 MXN. Tomas el límite inferior y se lo restas a la cantidad bruta (nunca restes el superior). En este caso fue 21.36%, ese porcentaje lo divides entre 100 y el resultado es .2136. Como resultado tienes que a Raúl le pagarás $7,500 - $890. 96, lo que te daría un total de $6,609.04.
  4. Aplícalo en la nómina.

Artículo 106 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo 106. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido.

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Se tomará como base la tarifa del artículo 96 de esta Ley, sumando las cantidades correspondientes a las columnas relativas al límite inferior, límite superior y cuota fija, que en los términos de dicho artículo resulten para cada uno de los meses del periodo a que se refiere el pago provisional de que se trate, y que correspondan al mismo renglón identificado por el mismo por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior. Las autoridades fiscales realizarán las operaciones aritméticas previstas en este párrafo para calcular la tarifa aplicable y la publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Contra el pago provisional determinado conforme a este artículo, se acreditarán los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad. Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley.

Calculando la Utilidad

Para calcular la utilidad, se debe realizar la siguiente operación:

INGRESOS - GASTOS DEDUCIBLES = UTILIDAD

Por ejemplo, si en un mes ganas $50,000 y tienes $10,000 en deducciones autorizadas, tu utilidad sería de $40,000. Supongamos que tus ingresos anuales son $500,000.

Saber como se calcula el isr no es tan complicado como parecía, ¿no crees? Afortunadamente ya existen muchas herramientas tecnológicas para automatizar este tipo de procesos. Una de esas herramientas es nuestro software de nómina, donde te ayudamos a calcular el pago de tus colaboradores en segundos automatizando la pre-nómina.

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