Guía Definitiva para Calcular el ISR en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas ¡Ahorra y Optimiza tus Impuestos!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Muchos freelancers en RESICO no tienen claro cómo se calcula su ISR mensual. Pero justo por ser tan simple, es fácil confundirse y cometer errores que terminan en pagos de más, multas o sustos en la declaración anual. El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal diseñado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de personas físicas y morales con ingresos menores a ciertas cantidades. Este régimen fiscal se originó con la finalidad de motivar a las personas que se dedican a actividades informales a regularizar su situación fiscal y, en el caso de los pequeños contribuyentes, a facilitar el pago de impuestos.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas es un régimen creado por el SAT a partir de 2022 para simplificar el pago de impuestos de:

  • Freelancers
  • Profesionistas independientes
  • Pequeños prestadores de servicios
  • Personas con actividades empresariales de bajo monto

Sus características principales son:

  • Aplica para personas físicas con ingresos anuales hasta 3,500,000 MXN.
  • El ISR se paga mensualmente con base en una tasa fija tomada de una tabla simplificada.
  • El cálculo mensual se hace sobre el total de ingresos facturados (ingresos brutos), sin restar gastos.
  • Estos pagos mensuales son pagos provisionales: se toman en cuenta en tu declaración anual obligatoria.

En otras palabras: cada mes pagas un ISR muy sencillo de calcular, y al final del año el SAT revisa todo en la declaración anual, donde se ajusta si pagaste de más o de menos. Las tasas del Impuesto sobre la Renta (ISR) son más bajas, pagándose entre el 1% y 2.5%, y las tasas de ISR van del 1% al 3.4%.

Cómo se calcula el ISR mensual en RESICO

El cálculo del ISR en el nuevo Régimen Simplificado de Confianza definitivamente es mucho más sencillo que en otro tipo de regímenes. Esto se debe a que RESICO ya tiene establecidos los porcentajes exactos de acuerdo a los ingresos. El cálculo mensual del ISR en RESICO se puede resumir en una fórmula muy simple:

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ISR mensual = Ingreso total del mes × Tasa RESICO que te corresponda

Tarifas de ISR en RESICO (tabla oficial del SAT)

Las tarifas mensuales de ISR para personas físicas en RESICO se aplican sobre el ingreso total del mes antes de gastos. Es decir, sobre todo lo que facturaste (CFDI emitidos), sin restar renta, internet, equipo, gasolina, etc. En RESICO no puedes deducir gastos en los pagos mensuales. Esas deducciones solo se consideran, en su caso, en la declaración anual (y únicamente como deducciones personales, no como gastos del negocio).

Gracias a los algoritmos que utiliza la plataforma del SAT, el cálculo que debes pagar con base a tus ingresos se genera automáticamente de la siguiente forma:

Ingresos mensuales de hasta Porcentaje de ISR
$25,000.00 pesos 1.00%
$50,000.00 pesos 1.10%
$83,333.33 pesos 1.50%
$208,333.33 pesos 2.00%

La tabla oficial del SAT contiene rangos más específicos y tasas progresivas que pueden llegar hasta el 3.4% según el nivel de ingresos anuales, tal como se refleja en los ejemplos siguientes.

Cálculo del ISR mensual en RESICO paso a paso

Sigue estos pasos para calcular tu ISR mensual:

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  1. Identifica tu ingreso total del mes: Suma todos los ingresos facturados en el mes (todos tus CFDI emitidos). No importa si ya te pagaron o no: lo que cuenta es lo facturado.
  2. Ubica tu rango en la tabla RESICO: Con el total del paso 1, busca en qué renglón de la tabla de tarifas caes.
  3. Aplica la tasa correspondiente: Multiplica tu ingreso total por el porcentaje de ese rango.

El resultado es tu ISR mensual a pagar (antes de restar retenciones, si las hay).

Ejemplo 1: Diseñador gráfico que factura $32,000 en enero

  • Un diseñador gráfico freelance facturó $32,000 en enero.
  • Ingreso total del mes: $32,000.
  • Según la tabla, $32,000 cae en el rango de $25,298.50 hasta $35,964.12, con tasa 1.1%.
  • Cálculo: $32,000 × 1.1% = $352.
  • El ISR mensual a pagar por RESICO en enero es de $352 (antes de restar retenciones, si las hubiera).

Ejemplo 2: Consultor que factura $50,000 en marzo

  • Una consultora independiente facturó $50,000 en marzo.
  • Ingreso total del mes: $50,000.
  • Según la tabla, $50,000 cae en el rango de $45,505.72 hasta $55,743.51, con tasa 2%.
  • Cálculo: $50,000 × 2% = $1,000.
  • El ISR mensual a pagar por RESICO en marzo es de $1,000 (antes de retenciones).

Como ves, el cálculo no usa tablas progresivas ni cuotas fijas complicadas: solo eliges el rango y multiplicas.

Cuándo y cómo se paga el ISR en RESICO

En RESICO, el ISR se paga cada mes, como pago provisional. Las personas físicas inscritas en este régimen deben presentar su declaración antes del día 17 del mes siguiente.

  • Periodo a declarar: ingresos del mes inmediato anterior.
  • Fecha límite de pago: normalmente el día 17 del mes siguiente. Por ejemplo, el ISR de enero se paga a más tardar el 17 de febrero.
  • Dónde se paga: en el portal del SAT (Mi Portal / Declaraciones / Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales), generando la línea de captura y pagando en banco o en línea.

¿Qué pasa si te retienen ISR en tus facturas?

Si facturas a personas morales (empresas), es común que te hagan retenciones de ISR (por ejemplo, 1.25%, 10%, etc., dependiendo del tipo de ingreso y régimen que tengas registrado con ellos). En RESICO, esas retenciones se restan del ISR que te toca pagar:

  1. Calculas tu ISR mensual con la fórmula de RESICO.
  2. Sumas todas las retenciones de ISR que te hicieron en el mes (las ves en tus CFDI).
  3. ISR a pagar = ISR calculado − ISR retenido.

Si las retenciones son mayores al ISR calculado, normalmente el sistema del SAT reflejará saldo a favor o ISR en ceros para ese mes. Las retenciones de ISR que te hacen tus clientes (generalmente personas morales) se restan del ISR que te toca pagar en tu declaración mensual. Si el resultado es negativo o cero, normalmente no tendrás ISR a pagar ese mes (aunque igual debes presentar la declaración). Cuando emitas facturas para una persona moral, esta tendrá que hacer la retención del 1.25% correspondientes al ISR sin considerar el IVA y deberá entregar el comprobante al SAT. Esta retención se debe restar en la declaración.

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RESICO y la declaración anual: qué cambia

Aunque RESICO simplifica mucho los pagos mensuales, la declaración anual sigue siendo obligatoria para personas físicas. Un dato importante es que, conforme al artículo 113-F de la LISR, se establece que el cálculo del impuesto anual para personas que tributen en el Resico se debe realizar sin aplicar deducción alguna. En el caso de personas físicas, no se debe aplicar ninguna deducción, no importa si es un gasto que se puede considerar como deducible y cumple con los requisitos de deducibilidad; por lo que, también se concluye que las deducciones personales tampoco se deberían deducir.

En la declaración anual:

  • El SAT precarga la mayoría de tus ingresos con base en tus CFDI.
  • Se toman en cuenta los pagos provisionales que hiciste mes a mes.
  • El aplicativo de la declaración anual ya está prellenado con la información de los comprobantes fiscales emitidos en el mismo ejercicio. Se recomienda verificar los datos proporcionados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contra documentos internos.

Un punto a considerar es que al momento de llenar el aplicativo de la declaración anual, éste no cuenta con el campo para agregar deducciones personales. Sin embargo, se puede tener una excepción para esto, pues si en el Resico, una persona física recibe otro tipo de ingresos (por ejemplo, salarios e intereses), por estos sí tiene el derecho a las deducciones personales y, por ende, deberá presentar, de forma separada, la declaración por dichos ingresos.

Al final, el sistema calcula tu ISR anual y lo compara con lo que ya pagaste mes a mes. Puede pasar que:

  • Te salga saldo a favor (pagaste de más) y puedas pedir devolución.
  • Te salga ISR a cargo (pagaste de menos) y tengas que pagar la diferencia.

Ejemplo de declaración anual en RESICO

Supongamos que una freelancer tuvo ingresos totales en el año por $340,000. El ISR anual estimado con las tarifas RESICO da aproximadamente $10,800. Durante el año, sus pagos mensuales de ISR sumaron $10,760. Diferencia: $40. En la declaración anual, el sistema del SAT le indicará que debe pagar $40 adicionales de ISR para quedar al corriente. (Las cifras son ilustrativas, pero el punto clave es: el SAT compara tu ISR anual contra lo que ya pagaste mes a mes.)

La omisión de la declaración anual podría llevar a grandes consecuencias.

Errores comunes al calcular el ISR en RESICO

En redes sociales vemos una y otra vez los mismos errores. Aquí los principales:

Error 1: Pensar que puedes deducir gastos mensualmente

Muchos freelancers preguntan: “¿Puedo restar mi renta, mi internet y mi computadora antes de calcular el ISR?” En RESICO personas físicas, la respuesta es no para los pagos mensuales. El ISR mensual se calcula sobre tus ingresos brutos facturados. Tus gastos de negocio no se restan en el cálculo mensual. En RESICO, el ISR se calcula sobre tus ingresos brutos: Es decir, sobre el total facturado en el mes. No se restan gastos de negocio en los pagos mensuales. En la declaración anual, solo puedes aplicar deducciones personales, no gastos de tu actividad.

Error 2: Confundir la tasa RESICO con la tarifa progresiva de ISR

Otro error común es mezclar RESICO con la tarifa progresiva tradicional de ISR (la que tiene límites inferiores, cuotas fijas y porcentajes marginales). En RESICO, no se usa la tabla progresiva tradicional. Solo se usa la tabla simplificada de RESICO con tasas de 1% a 3.4%.

Error 3: Olvidar que el IVA es totalmente aparte del ISR

Recuerda que son impuestos distintos: ISR (Impuesto Sobre la Renta): se calcula con la tabla RESICO sobre tus ingresos. IVA (Impuesto al Valor Agregado): normalmente 16%, se calcula sobre el valor de tus servicios/productos. El hecho de estar en RESICO no elimina ni modifica el IVA. Sigues obligado a: Cobrar IVA (si tu actividad lo causa), Presentar declaraciones de IVA, Acreditar el IVA que pagas en tus gastos (si aplica).

Error 4: No presentar declaración en meses sin ingresos

Aunque no hayas tenido ingresos ni facturas en un mes, si estás dado de alta en RESICO, debes presentar una declaración en ceros. Si no declaras, el SAT puede generar multas y marcarte como incumplido.

Otros impuestos a considerar en RESICO: El Impuesto al Valor Agregado (IVA)

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) también forma parte de las obligaciones fiscales que deben cumplir los contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). El cálculo del IVA depende de los ingresos por las operaciones realizadas y las compras efectuadas durante el mes. Este es el impuesto que cobras a tus clientes en las facturas emitidas. En ciertos casos, los contribuyentes deben realizar retenciones de IVA al momento de recibir un pago. El IVA y las retenciones deben declararse de manera mensual, junto con el ISR correspondiente. El cálculo del IVA en el RESICO se basa en los ingresos efectivamente cobrados. La tasa general de IVA es del 16 % sobre el total facturado.

Tasas del IVA en RESICO: ¿Qué Te Toca Pagar?

Entender el manejo del IVA bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es tan sencillo como el cálculo del ISR: implica cumplir reglas claras y seguir algunos pasos. El IVA en RESICO requiere determinar el IVA causado (lo que cobras a tus clientes) y restarle el IVA acreditable (lo que pagaste en insumos o servicios). Para determinar correctamente el impuesto, debes cumplir con las formalidades de la Ley del IVA, especialmente en el tema del acreditamiento. Esto significa presentar facturas y llevar tus registros al día. La tasa general del 16% está prevista en el artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

¿Cómo Se Calcula el IVA en RESICO? Paso a Paso

Para los números, vamos a lo básico: suma tus ingresos sujetos a IVA y resta tus gastos relacionados. Así tienes la base gravable para aplicar la tasa del 16%.

Ejemplo de cálculo de IVA

  • Ingresos: $10,000
  • Gastos: $3,000
  • Cálculo: $10,000 - $3,000 = $7,000
  • IVA a pagar: $7,000 x 16% = $1,120. ¡Y listo! No más matemáticas para hacerte sudar.

Otro ejemplo más práctico

Si tienes ingresos por $5,000 y gastos de $1,500, el IVA a pagar sería:

  • Ingresos gravados: $5,000 x 16% = $800
  • Gastos gravados: $1,500 x 16% = $240
  • Total IVA: $800 - $240 = $560.

Declaración del IVA en RESICO: Requisitos y Trámites Básicos

Para hacer tu declaración, asegúrate de tener tu e.firma activa y no haber saltado declaraciones previas. Presenta mensualmente los movimientos y revisa tus deducciones para que todo cuadre sin problemas. Es muy importante que lleves tus registros y facturas al día, porque solo así cumples con todas las formalidades que exige la autoridad y evitas problemas o sanciones en tu actividad. Cumplir con las obligaciones de IVA y retenciones es fundamental para evitar sanciones por parte del SAT, las cuales pueden incluir multas y actualizaciones de los impuestos omitidos.

Obligaciones fiscales en RESICO

Para cumplir correctamente con el SAT y evitar multas, es importante considerar lo siguiente:

  • Emitir facturas electrónicas (CFDI) por cada ingreso recibido.
  • Presentar las declaraciones mensuales de ISR antes del día 17 de cada mes.
  • Declarar y pagar el IVA si aplica a tus actividades.
  • Mantener un control de tus ingresos y egresos para facilitar el cálculo de impuestos.

En los casos que no se solicite factura se deben emitir CFDI globales o al público en general por los ingresos obtenidos. Si no declaras, el SAT puede generar multas y marcarte como incumplido. El SAT calcula el ISR a pagar de forma automática en función de los CFDI emitidos, sin necesidad de registrar egresos ni llevar libros contables. Aunque el ISR se calcula automáticamente, el RESICO IVA debe declararse manualmente mes a mes.

Consideraciones importantes y casos donde no es conveniente inscribirse a RESICO

Es muy importante para el contribuyente analizar su situación de forma individual, ya que en algunos casos no es tan conveniente hacer el cambio a este régimen. Aunque el pago de impuestos es menos complicado, así como el manejo administrativo, se deben considerar los siguientes aspectos:

  • Debido a que en RESICO las tasas que se pagan de ISR son muy bajas no se pueden hacer deducciones. Por ello, debes considerar que si tú tienes muchos gastos debido a las actividades económicas que realizas, este régimen no te conviene. De acuerdo a tu situación, revisa en qué otro régimen puedes tributar para poder deducir.
  • Las personas físicas y morales que actualmente tienen beneficios o estímulos fiscales no pueden tributar en este régimen. No pueden tributar en RESICO quienes sean socios o accionistas de personas morales, quienes tengan ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes o quienes excedan el monto anual permitido.

Uno de los mayores beneficios del RESICO es que reduce de forma importante la carga administrativa frente a otros regímenes fiscales. También ofrece tasas reducidas de ISR que representan una diferencia importante frente a esquemas tradicionales donde el impuesto puede incrementarse considerablemente según el nivel de ingresos. Es una gran alternativa para pagar ISR, para aquellas personas fisicas que en el Régimen de actividad empresarial pagarían más ISR.

¿Qué pasa si supero el límite de 3.5 millones en RESICO?

Si en el año tus ingresos superan los 3,500,000 MXN, el SAT te saca automáticamente de RESICO. En ese caso, debes cambiar al régimen de Actividad Empresarial y Profesional (u otro que corresponda). A partir del cambio, tus impuestos se calculan con las reglas del nuevo régimen, no con las tasas simplificadas de RESICO.

Resumen: cómo calcular el ISR en RESICO en 5 pasos

  1. Suma todos tus ingresos facturados del mes.
  2. Localiza tu rango en la tarifa RESICO del año actual.
  3. Multiplica tu ingreso total por la tasa correspondiente.
  4. Resta las retenciones de ISR que te hayan hecho.
  5. Paga antes del día 17 del mes siguiente en el portal del SAT.

Si buscas una forma fácil y rápida de calcular y pagar tus impuestos en RESICO, puedes utilizar plataformas especializadas en facturación y gestión fiscal, que te ayuden a cumplir con tus obligaciones sin complicaciones. Con heru, no tienes que hacer el cálculo a mano: La app lee automáticamente tus CFDI emitidos. Suma tus ingresos del mes. Identifica el rango de la tabla RESICO 2025. Calcula tu ISR y considera tus retenciones. Te muestra cuánto debes pagar y te guía para presentar tu declaración.

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