Es raro que un vehículo de empresa o de un autónomo no tenga algún siniestro, ya sea por culpa propia o ajena. ¿Has recibido una factura de un taller por la reparación de un vehículo que está asegurado y no sabes cómo se contabiliza? En este caso, las reparaciones de vehículos por el taller obviamente están sujetas a IVA.
El Destinatario de la Factura y la Deducibilidad
Pero antes de ver todo esto, asegúrate que la factura del taller está a nombre de la empresa para que sea deducible tanto el IVA como el gasto. Conviene recordar que las facturas son los documentos por los que se repercute el IVA a los sujetos pasivos y que, por otra parte, otorgan el derecho a deducir los gastos en el IRPF y en el impuesto sobre sociedades y el IVA soportado en las liquidaciones de IVA.
El dilema aquí reside en quién es el destinatario de la factura. Puede ser la compañía aseguradora que paga toda la factura, o una parte de ella, si existe una franquicia en la póliza de seguro, o el propietario del vehículo. El destinatario de la reparación será la persona que así resulte de los pactos entre las partes, es decir, entre la compañía aseguradora y el tomador del seguro. De tal manera, que si de acuerdo con tales pactos el destinatario de la reparación fuese la empresa aseguradora, el empresario que efectúa la reparación (taller) estará obligado a repercutir el impuesto a la citada empresa; en otro caso, la repercusión se hará al asegurado o persona destinataria real de la reparación. Es por ello que, dependiendo de la compañía de seguros, en unos casos las facturas se emitirán a las compañías aseguradoras y en otros a particulares o empresas.
En el caso de que las facturas se emitan a empresas, la compañía de seguros puede pagar solo la base imponible de la factura, pudiendo la empresa deducirse el IVA de dicha factura.
Normativa Contable Aplicable
Para ver como tenemos que contabilizar esta factura, nos vamos a dirigir al Plan General de Contabilidad, en concreto a la Norma de Registro y Valoración 17.ª Provisiones y contingencias. Dicha norma establece que «La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. El importe por el que se registrará el citado activo no podrá exceder del importe de la obligación registrada contablemente."
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Casos Prácticos de Contabilización con Franquicia
Consideremos el siguiente ejemplo para ilustrar la contabilización: Una empresa tiene un accidente con su vehículo, que está asegurado a todo riesgo con una franquicia de 200€, de acuerdo con la póliza firmada con la aseguradora.
El taller le emite dos facturas:
- Una por el importe de la franquicia 200€ con el IVA incluido.
- Y otra factura por un importe total de 5.246,68 euros con un 21% de IVA incluido.
Desglosando los importes, tenemos:
| Concepto | Base Imponible | IVA (21%) | Total (IVA incluido) |
|---|---|---|---|
| Importe de la franquicia | 165,29 € | 34,71 € | 200,00 € |
| Importe restante de la reparación | 4336,10 € | 910,58 € | 5246,68 € |
| Total de la reparación | 4501,39 € | 945,29 € | 5446,68 € |
La empresa, en este escenario, sería responsable del pago de los 200€ correspondientes a la franquicia, mientras que la aseguradora abonaría el importe restante.
Al hilo de este tema, quería comentar que tengo un caso de la emisión por parte del taller de reparación de vehículos una factura con franquicia, tengo ciertas dudas porque desglosa la factura de la siguiente manera:
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Otro ejemplo de desglose de factura:
- Base imponible: 1000 euros
- IVA: 180 euros
- Total factura: 1180 euros
Importe total factura: 1000 (menos 80 euros de franquicia). Esta factura se emite solamente al cliente que repara el vehículo, correspondiéndole a él solamente el pago de los 80 euros, por lo que a mi entender esta factura sería la que se debería facturar a la aseguradora y no al cliente.
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