En México, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un pago obligatorio que las empresas deben realizar anualmente a sus empleados conforme a la Ley Federal del Trabajo. Esta prestación es de carácter obligatorio y debe pagarse dentro de los sesenta días siguientes a la presentación de la declaración anual. Como comentamos anteriormente, entre las prestaciones laborales generales se encuentra el pago de las utilidades, y cuando este se realiza debe quedar amparado en un CFDI de Nómina.
Consideraciones fiscales para el CFDI de PTU
Uno de los primeros puntos a considerar es que el pago de PTU debe timbrarse por separado de la nómina ordinaria. En la práctica, esto se logra configurando el campo Tipo de Nómina con el valor «E» (Extraordinaria) en el CFDI. Es incorrecto incluir el pago de PTU dentro de un CFDI de nómina ordinaria junto con el salario regular, ya que se mezcla con el período normal de pago y puede generar inconsistencias en cálculos de ISR y registros de días pagados. Cada percepción registrada en un CFDI de nómina debe clasificarse con la clave correcta del Catálogo de Percepciones del SAT, definida típicamente como “003 - Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)”.
Tratamiento fiscal y cálculo del ISR
Una de las particularidades fiscales de la PTU es su tratamiento mixto: parte de este ingreso está exento de ISR y parte es gravado. La Ley del ISR exenta hasta 15 UMAs de PTU por trabajador en el año (equivalentes a $1,697.10 en 2025) y solo grava la proporción que supere ese monto. La clave es que el comprobante muestre explícitamente qué parte de la PTU no paga impuesto y qué parte sí, de acuerdo con la normativa. Si el monto de PTU excede las 15 UMAs, la porción excedente es la única gravada. En cualquier caso donde haya parte gravada, debe calcularse y registrarse la retención de ISR correspondiente en el CFDI usando el concepto de deducción 002.
Resumen de claves y tratamiento
| ClaveConcepto | Tratamiento fiscal | Base para ISR |
|---|---|---|
| 003 - PTU | Exento hasta 15 UMAs; Gravado el excedente. | Importe gravado de la PTU. |
| 002 - ISR Retenido | N/A (deducción) | Monto del ISR sobre PTU gravada. |
Proceso automatizado para el cálculo de PTU
Calcular el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de manera automática te permite cumplir con la ley, repartir de forma justa las utilidades entre tus colaboradores y registrar correctamente los movimientos contables. A continuación, se detallan los pasos esenciales para realizar el proceso:
- Crea una nómina especial: Dirígete al menú Archivo y haz clic en Administrador de períodos. Habilita la nómina como especial desde los parámetros de la nómina.
- Revisa las percepciones y deducciones: Ingresa al menú Nómina, selecciona la percepción Reparto de utilidades y verifica que las bases fiscales y la fórmula condicional sean correctas. Repite el proceso para la deducción ISR.
- Configuración del sistema: Dentro de la ventana de Parámetros del sistema, en la pestaña Percepciones y deducciones, verifica que el apartado PTU esté configurado correctamente.
- Genera el proceso de cálculo: En el menú Procesos de nómina, selecciona Cálculo de PTU. Debes capturar los datos requeridos como el monto a repartir, los días del ejercicio y la clasificación de los trabajadores que están en los niveles directivos, administradores o gerentes generales.
- Aplicación de movimientos: Ya que se han corroborado los datos con ayuda de la consulta, se debe proceder a la generación de los movimientos a la nómina, dando clic en Aplicar movimientos.
Una vez que se timbre alguno de los trabajadores su recibo de nómina con PTU, el sistema no permitirá hacer cambios a la lista de la PTU, puesto que las proporciones para el cálculo son determinadas en relación al sueldo y días trabajados de todos los empleados.
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