Uno de los rubros de deducción más importantes para los contribuyentes personas físicas y personas morales, es el relativo al combustible. En este estudio analizaremos los aspectos relevantes de deducción y especialmente los contribuyentes que pueden ejercer esta partida deducible. Para las personas físicas y morales, la gasolina es deducible de impuestos en forma proporcional al costo del vehículo, siempre y cuando sea estrictamente indispensable para los fines de la actividad.
Normativa general y la facilidad para el RIF
Como normativa general de las deducciones del combustible se precisa que la deducción del combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, procederá siempre y cuando el pago invariablemente se haga, desde 1 peso, con medios bancarios, como es el cheque, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, transferencia electrónica de fondos o monederos electrónicos. En consecuencia, si el pago del combustible se hace en efectivo, este concepto no será deducible para efectos del ISR.
No obstante, la ley otorga algunas facilidades para ciertos tipos de contribuyentes. Si bien es cierto, el RIF no es un régimen legal vigente para 2022, a través de reglas administrativas se permite su continuidad en tanto se cumplan con las reglas de permanencia en el citado régimen. Es así, que se conserva el tratamiento de deducción de combustibles para contribuyentes del RIF con los siguientes considerandos:
- Norma general: Pago mediante medios electrónicos autorizados desde 1 peso.
- Facilidad para el RIF: Los contribuyentes del RIF podrán deducir los pagos de combustible en efectivo, hasta la cantidad de 2 mil pesos (por consumo). Si el pago total por consumo excede de 2 mil pesos, se deberá de atener a la norma general.
Las personas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) podrán efectuar la deducción de las erogaciones pagadas en efectivo cuyo monto sea igual o inferior a 2,000 pesos, por la adquisición de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres que utilicen para realizar su actividad, siempre que dichas operaciones estén amparadas con el CFDI correspondiente, por cada adquisición realizada. Esta facilidad exclusiva para contribuyentes personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) permite que la gasolina pueda pagarse en efectivo si las facturas son menores a $2,000.
Tabla comparativa de requisitos para deducción de gasolina
A continuación, se presenta un resumen de cómo aplica la deducibilidad de la gasolina según el régimen fiscal del contribuyente:
Lea también: Guía para Contabilizar Facturas de Compra con Retención (México)
| Régimen Fiscal | ¿Permite pago en efectivo? | Límite para pago en efectivo | Requisito indispensable |
|---|---|---|---|
| Personas Morales | No | No aplica (Desde $1 peso con medios electrónicos) | CFDI y uso indispensable para la actividad |
| Actividad Empresarial y Profesional | No | No aplica (Desde $1 peso con medios electrónicos) | CFDI y uso indispensable para la actividad |
| Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) | Sí (Facilidad) | Hasta $2,000 pesos por consumo | CFDI correspondiente por cada adquisición |
| Sueldos y Salarios (Asalariados) | No | No aplica (No deducible directamente) | Solo mediante reembolso de viáticos por empleador |
Obligaciones y deducciones autorizadas para el RIF
En primer lugar, es importante mencionar que los contribuyentes sujetos al RIF deben calcular y enterar el ISR de forma bimestral, el cual tendrá el carácter de definitivo y deberá enterarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda el pago. Las únicas deducciones permitidas para el RIF por flujo, son los gastos e inversiones que se realicen estrictamente para el desarrollo de su actividad económica. Las personas bajo un Régimen de Incorporación Fiscal deben realizar su declaración ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) de forma bimestral y deben contar con factura de los pagos y erogaciones.
Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes:
- Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.
- Registrar en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.
- Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $2,000.00, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Para aplicar de forma segura las deducciones, una vez que tengas el CFDI debes ingresar el IVA, por separado, en tu contabilidad. De esta forma, en la declaración informativa, las autoridades fiscales podrán distinguir el gasto por gasolina.
Lea también: Contabilización de Vehículos para Empresas
Lea también: Ejemplo Práctico: Asiento Contable Dólares
tags: #requisitos #fiscales #deducibilidad #gasolina #régimen #de
