Descubre Cómo Calcular Plazos y Términos en el Código Fiscal de la Federación con Ejemplos Infaliblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece las reglas para el cómputo de plazos fijados por la autoridad fiscal.

Días No Hábiles

De acuerdo al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en los plazos que nos fije la autoridad fiscal en días, no se contarán los sábados, los domingos ni el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. y 5 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1o.

Los días que marca el CFF, parecieran ser los mismos que se indican en el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), sin embargo el día 5 de mayo no es considerado como un día de descanso obligatorio.

Prórroga del Plazo

También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, ante las instituciones de crédito autorizadas.

No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

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Plazos por Mes o Año

Cuando los plazos se fijen por mes o por año, sin especificar que sean de calendario, se entenderá que en el primer caso el plazo concluye el mismo día del mes de calendario posterior a aquél en que se inició y en el segundo, el término vencerá el mismo día del siguiente año de calendario a aquél en que se inició.

Habilitación de Días Inhábiles

Las autoridades fiscales podrán habilitar los días inhábiles.

Consideraciones Adicionales

Lo dispuesto en este Artículo es aplicable, inclusive cuando se autorice a las instituciones de crédito para recibir declaraciones.

Tampoco se contarán en dichos plazos, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales, excepto cuando se trate de plazos para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones, exclusivamente, en cuyos casos esos días se consideran hábiles.

Notificaciones por Buzón Tributario

Por último, no omito señalar por importante, que las notificaciones por Buzón Tributario (Notificaciones electrónicas) se rigen en forma diferente a las notificaciones personales, ya que en los términos de la fracción I del artículo 134 del CFF, para la notificación electrónica vía Buzón Tributario, la autoridad primero envía al contribuyente un aviso mediante el mecanismo designado por este, el cual contará con tres días para abrir los documentos digitales.

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