Los ingresos tributarios son todo el dinero que recibe el Estado a través de los tributos. No tiene mucho misterio, como puedes suponer. Porque un ingreso tributario es cualquier ingreso que percibe el Estado y que proviene de los tributos. Constituyen la principal fuente recaudatoria del Estado y de las comunidades autónomas.
Se definen como aquellos fondos recaudados por el gobierno a través de diversos impuestos, tasas y contribuciones obligatorias. Este tipo de gravamen se aplica a personas morales o físicas (empresas y personas que trabajan) y son aquellas contribuciones que se basan en cuánto dinero ganas o tu capacidad económica.
Según el artículo 2 de la Ley General Tributaria, los ingresos tributarios integran tres categorías: impuestos sin contraprestación directa, tasas vinculadas a servicios públicos y contribuciones especiales por beneficios derivados de obras o servicios. Como curiosidad, los ingresos tributarios que el Estado español prevé recaudar en 2023 son 262.000 millones de euros, un 7,7% más que lo recaudado en 2022, según los datos de la Agencia Tributaria.
Clasificación de los Tributos
Todos los impuestos son tributos, pero no todos los tributos son impuestos. De hecho, según el artículo 2 de la Ley General Tributaria publicada en el BOE hay tres tipos de tributos:
Impuestos Directos
Los impuestos directos gravan rentas o patrimonios y, por tanto, son progresivos. Es decir, que Florentino Pérez, tú y yo no pagamos lo mismo por estos impuestos. Se aplican a las personas (morales o físicas) y gravan el ingreso, la riqueza, el capital o el patrimonio. La diferencia técnica está en la manifestación de capacidad económica gravada.
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- El IRPF (Impuesto Sobre la Renta - ISR) es una contribución que se determina de acuerdo a tus ingresos o salario y es obligatorio para todas las personas físicas y morales.
- El impuesto de sociedades.
- El famoso impuesto de patrimonio.
Impuestos Indirectos
Los impuestos indirectos gravan cositas y todos los contribuyentes pagan lo mismo, sin importar sus ingresos. Es decir, aquellos impuestos que son iguales para ti, para mí y para Florentino Pérez. Recaen sobre los objetos o cosas; por ello se les conoce como “impuestos al gasto”. En este caso, se grava a los contribuyentes a partir de los gastos de producción y consumo en los procesos de compra-venta. Son un cargo extra que se suma al precio de las cosas que compras. A diferencia de los impuestos directos, que se pagan directamente al gobierno, los impuestos indirectos los pagas como consumidor final cuando compras un producto o servicio.
- El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es el tipo de impuesto federal más común en México y grava el consumo de bienes y servicios.
- El impuesto sobre labores de tabaco.
- El impuesto sobre hidrocarburos.
- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Tasas
Lo que pagamos por hacer uso de un servicio público de forma obligatoria, como por ejemplo lo que pagas cuando renuevas el DNI. La tasa es el tributo cuyo hecho imponible consiste en la prestación de un servicio público o la realización de una actividad administrativa de solicitud o recepción obligatoria, según el artículo 2.2.a de la Ley General Tributaria. A diferencia del impuesto, existe una contraprestación directa identificable. Renovar el DNI o expedir el pasaporte son ejemplos clásicos de tasa administrativa. Las tasas y multas son pagos obligatorios que se realizan en función de la prestación de un servicio público o por la falta de cumplimiento de una normativa establecida por el Estado.
Contribuciones Especiales
Lo que tenemos que pagar cuando recibimos un beneficio por algo o hay un aumento de valor en nuestros bienes.
Diferenciación de Conceptos: Ingreso Tributario, No Tributario, Fiscal y Público
Hay unas sutiles diferencias entre estos conceptos, por mucho que se empeñen en los medios a hablar de estos ingresos como si fueran gemelos. Lo que diferencia unos ingresos de otros es, básicamente, su naturaleza.
Ingreso Tributario
Son todos los ingresos que recibe el Estado y que provienen de los tributos: impuestos directos, indirectos, tasas y contribuciones especiales.
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Ingreso No Tributario
Los ingresos no tributarios provienen del pago voluntario por parte del contribuyente por usar bienes y servicios públicos, y también por operaciones financieras realizadas por la Administración Pública. Los ingresos no tributarios en México, por ejemplo, son aquellos recursos financieros que el Estado obtiene sin necesidad de imponer impuestos directos a los ciudadanos o empresas.
Hay muchos ejemplos de ingresos no tributarios:
- Lo que pagas por una universidad.
- Los beneficios obtenidos por venta de activos financieros y no financieros.
- Las propias multas.
- Ingresos por venta de bienes y servicios, generados a través de la venta de bienes y la prestación de servicios por parte del Estado.
Ingreso Fiscal
El ingreso fiscal es una categoría más amplia que incorpora los recursos públicos de origen no tributario, como las cotizaciones a la Seguridad Social, los ingresos patrimoniales del Estado o las transferencias recibidas. Es el dinero que recibe el Estado y que proviene tanto de ingresos tributarios como no tributarios. Toda la recaudación tributaria forma parte del ingreso fiscal.
Ingreso Público
Es la cantidad total de dinero que recibe el sector público ya sea con tributos, con deuda pública, con cotizaciones o incluso con prestaciones voluntarias. Los ingresos tributarios se diferencian de los ingresos no tributarios (pagos voluntarios) y de los ingresos públicos, que incluyen también deuda y cotizaciones.
Análisis de los Ingresos Tributarios en el Contexto Mexicano
Al tener un claro entendimiento sobre la clasificación de los ingresos tributarios puedes tomar decisiones financieras más informadas y comprender mejor cómo se financia el Estado.
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Contexto y Presión Fiscal
A lo largo del tiempo, la financiación del presupuesto público mexicano se ha caracterizado por su débil capacidad recaudatoria y su dependencia de los ingresos no tributarios procedentes del sector petrolero. Esa limitada capacidad recaudatoria se ha plasmado en una estructura impositiva con escasa ambición más allá de su función recaudatoria, poco eficiente, trufada de beneficios sesgados por intereses sectoriales y sin objetivos estratégicos incorporados en su diseño. La característica fundamental y determinante del sistema fiscal mexicano es su anormalmente baja presión fiscal.
Con base en las tres últimas décadas, los ingresos tributarios del país para el periodo de 1990 a 2019 representaron en promedio 12.4% del PIB, con una variación de 9.9% a 16.2% en sus valores mínimos y máximos, respectivamente. En 2019 se situó en 15.6% como proporción del PIB, aunque la presión fiscal ajustada al sistema BID-CIAT alcanzó 20%.
Un rasgo singular de la financiación del sector público mexicano es el peso de los ingresos no tributarios, que superó durante casi todo el periodo 4% del PIB y alcanzó niveles de 10.3% del PIB en su pico máximo, lo que se equipara con la suma de todos los ingresos tributarios. Estos ingresos no tributarios (3.94% del PIB en 2019) proceden de Pemex (2.16%) y los derechos de hidrocarburos (1.78%), aunque presentan pronunciadas oscilaciones dependiendo de la propia evolución de los precios del crudo. Concretamente, dichos ingresos aumentaron de forma intensa a lo largo del periodo de 2002 a 2008, cuando las alzas extraordinarias de precios del petróleo los llevaron a un máximo que llegaba a suponer 50% de los ingresos públicos totales.
Comparativa Internacional de la Presión Fiscal (% del PIB)
| País/Región | Presión Fiscal (2019/2018) |
|---|---|
| México | 15.6% |
| Media OCDE | 34.3% |
| Media UE | 40.3% |
| Media América Latina y el Caribe | 23.1% |
| Brasil | 33.1% |
| Argentina | 28.8% |
El sistema fiscal mexicano apenas alcanza 15.6% del PIB, un nivel inferior a la mitad de la media de los países de la OCDE (34.3%) o de la UE (40.3%); incluso es muy inferior a la media de los países del área de América Latina y el Caribe (23.1%), y, sobre todo, de países comparables como Brasil (33.1%) y Argentina (28.8%). Igualmente, es significativa su lenta progresión a lo largo de las tres últimas décadas, en las que apenas pasó de 12.5% del PIB en 1990 a 15.6% en 2019; esta evolución contrasta con la experimentada por la media de los países de ALC, que pasó de 15.9 a 23.1% en ese mismo periodo.
Composición de los Ingresos Tributarios Mexicanos
Una primera aproximación general a la estructura de la recaudación tributaria por categoría de ingresos revela una lenta evolución a lo largo de las tres últimas décadas. Históricamente la mayor proporción de ingresos tributarios se compone de la contribución de tres grandes grupos de base amplia: ISR, IVA y IEPS.
El ISR (Impuesto Sobre la Renta) y el IVA han constituido la columna vertebral del sistema tributario mexicano de las últimas décadas; representan más de las dos terceras partes de los ingresos tributarios totales. Sobre todo el ISR ha crecido 75.8% en los últimos 30 años y su protagonismo ha ido escalando de forma continua: pasó de representar alrededor de 32% de la recaudación en 1990 a 44% en 2019. El aumento del IVA fue más modesto: aumentó apenas 20.1% a lo largo de todo el periodo, de forma que perdió peso relativo al pasar de 26% de la recaudación total en 1990 a 24.7% en 2019.
La mayor recaudación tributaria la ocupa y es sostenida por el ISR (7% del PIB en 2019), teniendo en cuenta que se compone por:
- ISR a personas morales (3.40%).
- ISR laboral (3.02%).
- ISR a las personas físicas o independientes (0.34%).
- Otros impuestos a personas morales no residentes (0.20%).
- ISR a personas morales por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos (0.02%).
El segundo lugar lo ocupa el IVA (3.85% del PIB), que grava el consumo de bienes y servicios, y, en tercer lugar, el IEPS (en sus dos formas de agruparse) apenas alcanza 1.85% del PIB. En cuanto a la evolución a lo largo del periodo, se puede observar que han ido ganando peso el impuesto sobre las rentas laborales y el impuesto sobre las personas morales (ISR sociedades), cuya proporción ha ido aumentando de forma más o menos continua desde principios de los años 2000, hasta alcanzar 44% de la recaudación total en 2019. El IVA presenta una lenta e irregular progresión. El IEPS, dentro de la modestia, ha aumentado su importancia a lo largo del periodo.
Carácter Regresivo y Consecuencias
Cuando comparamos México con los demás países de la OCDE o de América Latina, se observa que las menores recaudación y presión fiscal características de este país son una pauta general en todos los impuestos importantes (ISR, IVA y el IEPS), y, de forma muy acusada, en las contribuciones a la seguridad social. La mayor disparidad se observa al comparar la masa total de los impuestos por bienes y consumo (IVA, IEPS, ISAN y los impuestos al comercio exterior). Efectivamente, mientras que para México representaron 5.8% del PIB en 2018, la media de los miembros de la OCDE y de los países de ALC fue de 10.9 y 11.5%, respectivamente.
Por otro lado, el análisis de la composición revela que, en términos relativos, México muestra un sesgo hacia los impuestos indirectos sobre bienes y consumo, con un porcentaje superior al de la OCDE (36.4 y 32.5%, respectivamente), aunque notablemente inferior a la media de los países de ALC (50.1%). Esta estructura es un primer indicio del carácter regresivo del sistema fiscal mexicano. El peso de los impuestos indirectos es muy superior al de los países de la OCDE, y la literatura especializada coincide en señalar el carácter regresivo de la imposición indirecta. El hecho de que alrededor de 36.4% de la recaudación total en 2019 proceda de estos impuestos resulta más gravoso e insostenible para los grupos sociales de ingresos bajos y medianos.
Un segundo aspecto que apunta en la misma dirección es que en el ISR la carga impositiva en renta laboral representa una proporción cercana a la del ISR sociedades (a pesar de su moderación en los últimos años, suponen 19.3 y 23.2% de la recaudación total en 2019, respectivamente). Igualmente, la modesta y declinante contribución al sistema de protección social y pensiones constituye una fuerte desprotección social de la población laboral presente y futura. Todo ello reduce la capacidad del gobierno para acometer políticas económicas ambiciosas tanto coyunturales como de estrategias de largo plazo para el desarrollo en infraestructura, seguridad, políticas sociales y redistribución de la renta.
Estas características fundamentales son, grosso modo, generalizables a la mayor parte de los países del área latinoamericana que apostó por políticas económicas y fiscales neoliberales, con base en los dictados del FMI. Sus consecuencias son particularmente graves en la regresividad de la redistribución de la renta, como reconoce la propia CEPAL (2016) al sostener que en muchos países latinoamericanos hay sistemas tributarios de tipo regresivo, ya que el peso de los impuestos indirectos (altamente regresivos) no se compensa con la progresividad de los impuestos directos, insuficientes en su recaudación para tener un impacto importante en la redistribución.
La Política Tributaria y la Neutralidad de los Impuestos
Nos parece necesario presentar algunas breves y sintéticas consideraciones sobre algunos aspectos tributarios que en ciertas ocasiones no son tenidos en cuenta en la toma de decisiones a nivel de la política económica. Si bien la recaudación constituye un cometido de significativa importancia, está fuera de discusión que los impuestos o sea la política tributaria también constituye uno de los instrumentos que utiliza la política económica para alcanzar los objetivos fijados por ésta.
Efectos de la Política Tributaria
Se produce un efecto en cadena que comienza con la creación o modificación de uno o varios impuestos, lo cual altera el flujo de ingresos y los precios relativos de los bienes y servicios, ello afecta las expectativas y decisiones de los agentes económicos lo cual incide en las fuerzas del mercado (oferta y demanda) y finalmente repercute en el comportamiento de la economía. Un efecto adicional de esta regresividad del sistema impositivo actual es que contribuye a debilitar su capacidad de captación de recursos tributarios, lo que, a su vez, limita la capacidad de gasto público y provoca una presión hacia el aumento del déficit fiscal básico, y el consiguiente endeudamiento público que absorbe un volumen cada vez mayor de los recursos públicos.
El Concepto de Impuesto "Neutro"
Lo primero es ponernos de acuerdo en cuanto a lo que entendemos por impuestos “neutros”. A nuestro juicio un impuesto es neutro cuando reúne las siguientes características:
- No modifica las decisiones de los agentes económicos en la aplicación de los factores de la producción.
- No crea en los factores de la producción un efecto sustitución o alteración.
- Dichos aspectos indican que su finalidad es “recaudar”.
Lo expuesto nos muestra que cuando el diseño de un impuesto pretende alcanzar la “equidad”, necesariamente se aleja de la neutralidad. Ciertamente que es difícil concebir un impuesto “neutro”, por lo tanto partir de la hipótesis contraria constituiría un error de importancia considerando las consecuencias negativas que ello podría generar en la política económica. Ello es así, dado que si se ignoran los efectos de la política tributaria (impuestos) en la política económica, ello sin duda va a generar enfrentamientos con los objetivos y metas establecidas por ésta. Por lo tanto, si bien no está mal que al diseñar los tributos en determinadas situaciones se tenga presente la neutralidad, debemos tener en cuenta que ésta difícilmente pueda ser alcanzada.
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