Descubre las Consideraciones Especiales de Auditoría de Información que Transformarán tus Auditoríaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el ámbito de la auditoría de estados financieros, existen circunstancias que requieren que el profesional atienda consideraciones especiales sobre la información a evaluar. Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) aplicables a estos ejemplos se refieren a las NIA revisadas: NIA 800, "Consideraciones especiales - auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos", y NIA 805, "Consideraciones especiales - auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero". Algunas de las consideraciones que debe evaluar el auditor al llevar a cabo este tipo de encargos donde se requiere emitir informes especiales, es sobre la definición de los marcos de información financiera aplicables para la entidad, es decir si éste se considera un marco de información financiera de propósitos generales o de fines específicos.

Marco normativo y estructuración de encargos especiales

El auditor al aplicar las normas internacionales de auditoría, debe tener en cuenta las consideraciones especiales en una auditoría de estados financieros preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial. Al planear y realizar la auditoría, el auditor debe determinar si la aplicación de las normas internacionales requieren consideraciones especiales de acuerdo a las circunstancias en que se desarrolla el trabajo. Adicionalmente, la normatividad contempla directrices específicas para otros tipos de compromisos estructurados bajo las siguientes normas:

  • NIA 800: Consideraciones especiales; auditorias de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
  • NIA 805: Consideraciones especiales; auditorias de un solo estado financiero de un elemento cuenta o partida específico de un estado financiero.
  • NIA 810: Compromisos para informar sobre los estados financieros resumidos.

Para comprender la aplicación de estos estándares, la siguiente tabla detalla las definiciones clave asociadas con dichos encargos especiales:

Definiciones de los marcos especiales de auditoría

  • Estados financieros de propósito especial: Estados financieros preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial. Para esta norma internacional, los estados financieros se entienden como un juego completo de estados financieros de propósito especial.
  • Marco de referencia de propósito especial: Es el marco de referencia diseñado para cumplir con las necesidades de información de usuarios específicos. Este marco puede ser de presentación razonable o de cumplimiento.
  • Elemento de un estado financiero: Elemento, cuenta o partida de un estado financiero.
  • Estado financiero único o un elemento específico: El estado financiero o elemento incluye las notas relacionadas, las cuales contienen información sobre las políticas contables y demás aclaraciones importantes.

Auditorías de un solo estado financiero o elementos específicos (NIA 805)

La norma internacional de auditoría 805 trata las consideraciones especiales para la aplicación de las normas internacionales de auditoría en una auditoría de un estado financiero, que puede estar preparado de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial o general. El auditor debe atender las consideraciones especiales para una auditoría de un estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específica de un estado financiero, cuando aplica las normas internacionales de auditoría. Al atender estas consideraciones, el auditor debe tenerlas en cuenta para la aceptación del trabajo, la planeación y ejecución de la auditoría, y formación y dictamen del estado financiero, o un elemento, cuenta o partida específica de un estado financiero.

Consideraciones en auditorías de grupos (NIA 600)

Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) son aplicables a las auditorías de grupos. Esta norma regula las situaciones en las que un auditor puede utilizar el trabajo de otro auditor para obtener evidencia de auditoría adecuada y suficiente dentro de la auditoría del grupo. Se exponen los hechos que el equipo del encargo del grupo debe tener en cuenta para determinar la naturaleza, el momento de realización y la extensión de su participación en los procedimientos para obtener auditoría adecuada en la que basar la opinión de auditoría sobre los estados financieros del grupo.

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La normatividad internacional indica que el auditor a cargo de los estados financieros de un grupo es la persona responsable de esa auditoría y su desarrollo; asimismo, es el responsable de emitir la opinión de auditoría sobre los estados financieros de un grupo, en nombre propio o de la firma en la que colabora. Como resultado, la opinión del auditor principal no debe referirse al auditor de un componente, salvo que sea requerido por ley o reglamento el incluir tal referencia. Por lo tanto, aunque los auditores de un componente lleven a cabo trabajo a la información financiera de un componente para la auditoría de un grupo y son responsables por sus hallazgos, conclusiones y opiniones, el auditor a cargo de la auditoría del grupo es el único responsable de la opinión de la auditoría del grupo.

Debido a que ya no será posible delimitar responsabilidad haciendo referencia al trabajo de otros auditores al emitir su opinión, el auditor a cargo de la auditoría de un grupo debe establecer la estrategia de auditoría que incluya al grupo y a la totalidad de sus componentes y deberá desarrollar un plan de auditoría del grupo; para lo cual es importante obtener un entendimiento de los controles a nivel de grupo y del proceso de consolidación. El auditor principal está obligado a obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada en la cual basar su opinión; para ello, debe evaluar si la evidencia de auditoría suficiente y apropiada ha sido obtenida de los procedimientos de auditoría realizados en el proceso de consolidación y el trabajo realizado por el equipo de trabajo del grupo y el auditor del componente.

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