Descubre por Qué el Contrato de Promesa de Compraventa es Esencial en las Operaciones Inmobiliarias en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El contrato de promesa de compraventa es uno de los documentos más importantes en una operación inmobiliaria en México - y uno de los que más se firman sin leer con cuidado. Es el documento que formaliza el acuerdo entre comprador y vendedor antes del cierre notarial. Este acuerdo formal entre comprador y vendedor establece las condiciones bajo las cuales se realizará la compraventa definitiva, antes de que intervenga el notario público para formalizar la escritura. En síntesis, es un acuerdo legal mediante el cual el vendedor se compromete a vender y el comprador se compromete a comprar una propiedad en una fecha futura, bajo condiciones previamente pactadas.

En términos simples, es el puente legal entre el momento en que comprador y vendedor llegan a un acuerdo y el momento en que se firma la escritura definitiva. Sin duda, es uno de los contratos más utilizados en el sector inmobiliario. La Promesa es un contrato preparatorio, es decir, siempre será el antecedente o preliminar de otro contrato, en la mayoría de los casos de compraventa.

Existirán ocasiones en las cuales las condiciones no sean las óptimas, no se pueda o no se quiera celebrar por el momento un contrato definitivo, pero hay bastante interés en que se celebre con posterioridad; en estos casos, se hace una Promesa para asegurar la celebración del contrato definitivo, y este es su objetivo principal.

Denominaciones y sinónimos

A la promesa del contrato se le conoce también como precontrato, antecontrato, contrato preliminar, contrato preparatorio, promesa de contrato, contrato opción, contrato prometido y pacto de contrahendo. Este contrato también se denomina antecontrato, precontrato, contrato preparatorio, contrato preliminar y promesa de contrato.

Distinción Fundamental entre el Contrato de Promesa y el Contrato Definitivo

A menudo se confunden el contrato de promesa de compra-venta con el de compra-venta propiamente dicho. Es importante destacar algunas diferencias que existen entre ambos contratos. No, el contrato de promesa de compraventa es un acuerdo previo que establece la intención y las condiciones de la venta futura. El contrato de compraventa definitivo -que se formaliza ante notario- es el que transfiere legalmente la propiedad del vendedor al comprador. En síntesis, son dos negocios jurídicos completamente autónomos y diferenciados, que tienen finalidades distintas.

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Al respecto, Bernardo Pérez Fernández del Castillo opina lo siguiente sobre las diferencias:

  • En cuanto a su objeto, la promesa de contratar siempre engendra obligaciones de hacer, nunca de dar o no hacer, consistentes en la celebración de un contrato futuro.
  • Por lo que se refiere a las obligaciones que nacen, el contrato de promesa puede ser bilateral o unilateral, según se obliguen una o ambas partes a celebrar el contrato definitivo.
  • En cuanto a la forma, en el contrato de promesa la voluntad debe ser expresada por escrito.
  • En el contrato de promesa, nunca se transmite la propiedad. En el definitivo, como en el caso de la compraventa, permuta o donación, la propiedad se transmite por mero efecto del contrato.

Así, tenemos que en la promesa no hay transmisión de propiedad ni obligación de entregar la cosa ni pagar el precio, sino únicamente el deber de celebrar la compraventa. El contrato de promesa no se inscribe en el Registro Público de la Propiedad, en virtud de que no crea, modifica, transmite ni extingue derechos reales o gravámenes sobre inmuebles. Por el contrario, el contrato de compraventa de inmuebles genera, principalmente, una obligación bilateral de dar consistente, en cuanto a la parte vendedora, en la obligación de transferir el derecho de dominio del bien inmueble y, en cuanto a la parte compradora, en la de pagar el precio.

Para mayor claridad, presentamos una tabla comparativa:

Característica Contrato de Promesa de Compraventa Contrato de Compraventa Definitivo
Objeto Celebración de un contrato futuro de compraventa (obligación de hacer) Transmisión de la propiedad de una cosa o derecho (obligación de dar)
Transmisión de Propiedad Nunca se transmite la propiedad La propiedad se transmite por mero efecto del contrato
Registro Público de la Propiedad No se inscribe Requiere inscripción cuando afecta bienes inmuebles
Conclusión Con la celebración del contrato de compraventa futuro Con la entrega de la cosa y el pago del precio establecido
Formalidades La voluntad debe ser expresada por escrito No requiere formalidad alguna salvo que verse sobre bienes inmuebles, en cuyo caso requerirá la ratificación de firmas ante notario público, o incluso que conste en escritura pública

Tipos de Contratos de Promesa

La promesa de contrato puede ser unilateral o bilateral:

  • Unilateral: A esta clase también se le denomina Promesa de Venta o Promesa de Compra. Se da cuando solo una de las partes se obliga.
  • Bilateral: A esta clase también se le denomina Promesa de Compraventa. Se da cuando ambas partes se obligan, es decir, el Promitente Enajenante a enajenar (vender) y el Promitente Adquirente a adquirir (comprar).

Elementos Esenciales del Contrato de Promesa

Para su validez, un contrato de promesa debe incluir varios elementos clave:

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  • Capacidad: Los contratantes deben contar con capacidad de ejercicio, es decir, ser mayores de edad (18 años) y estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Consentimiento: Ambas partes deben de común acuerdo otorgar el contrato.
  • Objeto: Se debe acordar la obligación (unilateral o bilateral) de comprar y vender un bien inmueble determinado. Para determinar el bien inmueble basta con que su descripción no dé origen a dudas de qué inmueble se trata.
  • Precio: Se establece el precio por el inmueble, aunque la entrega del dinero correspondiente al precio total no se realiza en este momento.
  • Plazo: Se entiende por plazo la fecha en que un acontecimiento natural o voluntario se ha de producir con toda seguridad. Un contrato sin fecha límite puede convertirse en una obligación indefinida.
  • Cláusula Penal.
  • Gastos y Honorarios.
  • Sometimiento.
  • Traductor (si es necesario).

El Anticipo y el Incumplimiento del Contrato

El anticipo pactado en un contrato de promesa de compraventa generalmente representa entre el 5% y el 30% del precio de la propiedad. El monto del anticipo no está regulado por ley - lo negocian libremente el comprador y el vendedor.

Las consecuencias del incumplimiento dependen de quién incumple y de lo que establezca el contrato:

  • En términos generales, si el comprador se retracta sin causa justificada, el vendedor puede quedarse con el anticipo como penalización.
  • Si el vendedor incumple, debe devolver el anticipo más una penalización - generalmente el doble del monto recibido.
  • Si el vendedor incumple, el comprador tiene derecho a exigir la devolución del anticipo más una penalización pactada en el contrato, o bien demandar el cumplimiento forzoso de la venta ante un tribunal.

Así, cuando una de las partes del contrato de promesa se sustrae de la obligación principal de hacer, es decir, de celebrar el contrato prometido, la parte contraria puede exigir el cumplimiento de aquella, aun en contra de la voluntad de la parte incumplida, o la correspondiente declaración de incumplimiento, en cualquier caso, con la indemnización plena de los perjuicios causados.

Recomendaciones y Consideraciones Importantes

El contrato de promesa de compraventa protege tanto al comprador como al vendedor durante el periodo entre el acuerdo inicial y el cierre notarial.

  • Revisión Profesional: Siempre recomendamos que el contrato de promesa de compraventa sea revisado por un profesional - ya sea el notario que cerrará la operación o un abogado inmobiliario - antes de firmarlo. El costo de esa revisión es insignificante frente al riesgo de firmar un documento que no te protege adecuadamente. Hemos visto operaciones complicarse - o perderse - por contratos de promesa de compraventa mal redactados o firmados sin la revisión adecuada.
  • Verificación de la Propiedad: Antes de firmar el contrato de promesa de compraventa y entregar cualquier anticipo, verifica que la propiedad no tenga gravámenes, adeudos o problemas registrales. Solicita un certificado de libertad de gravamen actualizado en el Registro Público de la Propiedad.
  • Cláusulas Específicas: Si la compra depende de la autorización de un crédito hipotecario, el contrato de promesa de compraventa debe incluir una cláusula suspensiva que establezca qué ocurre con el anticipo si el banco no aprueba el crédito. Si tu compra depende de que el banco apruebe tu crédito, el contrato debe protegerte en caso de que no lo autoricen. Los contratos genéricos rara vez contemplan las particularidades de cada operación. Por ejemplo, hay consideraciones adicionales como propiedades en zona restringida, fideicomisos, créditos en dólares o desarrollos en preventa que requieren cláusulas específicas.
  • Intervención Notarial: En México, el contrato de promesa de compraventa no requiere obligatoriamente la intervención de un notario público para tener validez legal. Un contrato de promesa de compraventa tiene validez legal aunque no esté firmado ante notario, siempre que esté correctamente redactado y firmado por ambas partes. Sin embargo, para operaciones de mayor valor o cuando existen condiciones complejas - como propiedades en zona restringida, créditos en divisas o situaciones de copropiedad - la ratificación del contrato de promesa de compraventa ante notario ofrece una capa adicional de seguridad jurídica para ambas partes. No es legalmente obligatorio, pero sí es altamente recomendable.

Un comprador que entiende este documento, sabe qué debe incluir y exige que esté correctamente redactado antes de entregar cualquier anticipo está en una posición mucho más sólida que uno que firma sin leer.

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Implicaciones Fiscales

La Promesa de Contrato no tiene efecto fiscal, siempre y cuando sea solo eso, una PROMESA. Es decir, en dicho contrato no deberá estipularse el precio del bien, mucho menos tendrá que entregarse el bien o pagarse la totalidad del precio o un anticipo, ya que en ese momento se convertiría en un contrato de compraventa y la implicación fiscal sería el pago de impuestos correspondiente. Recordemos que el único objeto de este tipo de contrato es la celebración, en un futuro, de otro contrato.

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