La declaración de impuestos se refiere al trámite ante el cual se declara a la autoridad los diferentes ingresos que se obtuvieron en el año del ejercicio anterior. Saber si estás o no obligado a hacer la declaración es fundamental. En este artículo, te explicamos cuándo el contribuyente está obligado a hacer la declaración de la renta.
Fechas Clave para la Declaración Anual
Uno de los aspectos más importantes que debes considerar son las fechas. La autoridad recuerda a las y los contribuyentes que el periodo para presentar la Declaración Anual de personas es del 1 al 30 de abril. El 8 de abril comienza la campaña de la declaración de la Renta 2025. La Agencia Tributaria ha iniciado el período para presentar el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2023. La Declaración de la Renta es un proceso anual en el que los contribuyentes calculan y pagan los impuestos correspondientes a sus ingresos durante el año fiscal.
Al conocer cómo hacer la declaración de impuestos, recuerda que puedes hacerla en línea de forma rápida y sencilla a través del portal de la autoridad. Una vez enviada, obtendrás el acuse de recibo de tu declaración, después puedes proceder a hacer el pago de impuestos en caso de que te corresponda.
Criterios de Obligatoriedad por Rendimientos del Trabajo
La obligación de hacer la declaración depende normalmente de las rentas del trabajo y de otros rendimientos. Si estás buscando cuál es la cantidad mínima para declarar a Hacienda, sigue leyendo y descubre todo lo que necesitas saber. Tendrás la obligación de declarar si cumples alguno de estos requisitos:
Ingresos de un Único Pagador
- Si las rentas del trabajo de una persona, que recibe de un único pagador, superan los 22.000 euros, esta estará obligada a presentar la declaración de la renta.
- Este límite aplica también si sus únicos rendimientos del trabajo consisten en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas.
- El límite será también de 22.000 euros, cuando se trate de contribuyentes cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artículo 17.2.a) y la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial establecido reglamentariamente.
- Cuando hay un pagador, habrán calculado la retención según las retribuciones totales del año. Por ello, la diferencia de la suma a ingresar o devolver será muy pequeña.
- El artículo 96.2 de la Ley 35/2006 fija el umbral de 22.000 euros anuales de rendimientos del trabajo con un único pagador.
Ingresos de Varios Pagadores
- En muchos casos, el contribuyente ha recibido rendimientos del trabajo por parte de varias empresas.
- En pocas palabras, si has obtenido ingresos más de 15.876 € con más de un pagador, estás obligado a declarar a Hacienda.
- El artículo 96.2 de la Ley 35/2006 fija el umbral de 15.876 euros con dos o más pagadores cuando el segundo y siguientes superen 2.500 euros anuales en 2026 (RDL 2/2024).
- También están obligadas las personas si el pagador no está obligado a hacer retenciones en la nómina o si reciben pensiones compensatorias del cónyuge, anualidades por alimentos no exentas o rendimientos del trabajo que estén sujetos a un tipo fijo de retención.
- En el caso de varios pagadores, se da por hecho que cada uno solo han tenido en cuenta una parte del salario anual para calcular la retención. De este modo, el IRPF normalmente saldrá a ingresar.
- Estos límites son los mismos tanto si se presenta una declaración individual o una declaración conjunta.
Casos Específicos de Obligatoriedad
- Autónomos: Si eres autónomo, estás obligado a declarar Hacienda sin importar tus ingresos. Los contribuyentes con rendimientos de actividades económicas declaran siempre, con independencia del importe, conforme al artículo 96.2 de la Ley 35/2006. La obligación cubre los regímenes de estimación directa normal, estimación directa simplificada y estimación objetiva (módulos).
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): Las personas que reciben el IMV deberán realizar la declaración de la renta, ya que el artículo 36 de la Ley 19/2021 obliga a los titulares y a su unidad de convivencia a presentar la declaración.
- Prestaciones del SEPE: Desde la novedad del Real Decreto-Ley 2/2024, todos los perceptores de prestaciones del SEPE durante el ejercicio quedan obligados a presentar el modelo 100, con independencia del importe. La obligación se mantiene aunque las rentas totales no superen los umbrales generales del artículo 96 de la Ley 35/2006 y aunque el cobro haya sido por un único día. Si combinaste paro con trabajo, el SEPE cuenta como un pagador más, por lo que se te aplicaría el límite de 15.876 € de varios pagadores.
- Deducciones: Aquellos que se beneficien de ciertas deducciones, como las aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, entre otros, también tienen la obligación de presentar la declaración.
Otros Ingresos que Debes Declarar
Además de los ingresos del trabajo, otros rendimientos también pueden influir en la obligación de declarar.
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- Rentabilidad del Alquiler de un Inmueble: Si has ganado más de 1.000 euros por tener un inmueble vacío, tendrás que añadir el beneficio obtenido a la base imponible general de la declaración de la Renta. Se integra el 50 % de la ganancia obtenida, aunque el porcentaje puede ser menor si se tiene derecho a deducciones.
- Productos de Ahorro e Inversión: Puede que tengas que presentar la declaración de la Renta si tienes ingresos de productos de inversión. En la base imponible del ahorro se deben declarar, entre otros, la rentabilidad obtenida con depósitos y cuentas de ahorro, los dividendos, los intereses de deuda pública, la venta de acciones de una empresa, etc. Las ganancias patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario obligan a declarar al superar 1.600 euros conjuntamente. Intereses bancarios, dividendos y otros rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales deben declararse si superan los 1.600 € al año, a excepción de transmisiones, reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva.
- Ayudas Públicas y Subvenciones: Rentas inmobiliarias imputadas, ayudas públicas y subvenciones para la adquisición de vivienda deben declararse si superan los 1.000 €.
Resumen de Límites de Obligación
En la siguiente tabla puedes ver un resumen con los límites establecidos para algunos ingresos:
| Situación | ¿Tengo que declarar? | Límite y/o condición |
|---|---|---|
| Ingresos de un solo pagador | Sí | > 22.000 € anuales |
| Ingresos de un solo pagador | No | ≤ 22.000 € al año |
| Ingresos de varios pagadores | Sí | > 15.876 € al año si del segundo pagador recibes > 1.500 € |
| Ingresos de varios pagadores | No | ≤ 15.876 € al año y el segundo no supera 1.500 € |
| Autónomos | Sí | Se declaran todos los ingresos |
| ERTE (SEPE como segundo pagador) | Sí | > 15.876 € |
| Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) | Sí | > 1.600 € |
| Ganancias patrimoniales | Sí | > 1.000 € |
Cuándo No Tienes que Presentar la Declaración de la Renta
Si tus ingresos están por debajo del límite general, no existe obligación de presentar la declaración. No tienes que presentar la declaración de la renta si durante 2025 has ganado menos de 22.000 euros con un solo pagador, o menos de 15.876 euros si has tenido dos pagadores, y no reúnes ninguna de las condiciones de obligatoriedad mencionadas anteriormente.
Ventajas de Declarar Aunque No Estés Obligado
Aunque no exista obligación, presentar la declaración es la única vía para recuperar el exceso de retenciones soportadas, conforme al artículo 103 de la Ley 35/2006. La AEAT no devuelve de oficio: la solicitud de devolución exige autoliquidación expresa. El derecho a la devolución prescribe a los cuatro años desde el fin del periodo voluntario, conforme al artículo 66 de la LGT. Aunque no estés obligado, puedes presentar la declaración de la Renta si te sale a devolver o tienes deducciones. Pese a no estar obligado a hacer la declaración de la renta, te recomendamos que al menos calcules el resultado de tu declaración antes de presentarla. Así podrás ver si te sale a devolver y, en ese caso, te convendría presentarla pese a no tener la obligación.
Declaración de Bienes en el Extranjero (Modelo 720)
Si tienes productos de ahorro o inversión en el extranjero, también tendrás que declarar las rentabilidades obtenidas. Asimismo, si tienes más de 50.000 € en otro país deberás informar a Hacienda mediante el modelo 720. Este modelo tributario es informativo, por lo que no pagarás impuestos porque sirve para informar a la Agencia Tributaria de tus bienes y derechos en el extranjero.
Consecuencias de No Presentar la Declaración
En caso de recibir un requerimiento, se iniciará un procedimiento sancionador que puede resultar en una multa entre el 50% y el 150% del total de la deuda.
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