Guía Definitiva: Todo Sobre la Fecha Límite de Pago y Cancelación de CFDI ¡No Pierdas Dinero!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Desde la reforma al Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) en 2022, la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) se ha vuelto un proceso estrictamente regulado. Las autoridades detectaron que, al no establecerse un plazo para la cancelación de CFDI, los contribuyentes los cancelaban años después de su emisión.

Plazos legales para la cancelación de CFDI

La norma general establece que las facturas solo pueden cancelarse dentro del mismo ejercicio en el que fueron expedidas. Legalmente, el periodo ordinario para cancelar un CFDI emitido concluye el 31 de diciembre de ese mismo año. No obstante, mediante la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), se otorga una facilidad que permite extender este movimiento.

Según la regla 2.7.1.47, los contribuyentes pueden realizar cancelaciones hasta la fecha en que deba presentarse la declaración anual del ejercicio correspondiente. Para mayor claridad, presentamos los plazos vigentes de acuerdo con el tipo de contribuyente:

Tabla de plazos máximos para cancelación

Tipo de Contribuyente Plazo Máximo
Personas Morales 31 de marzo del año siguiente
Personas Físicas 30 de abril del año siguiente

Consideraciones técnicas y normativas

Es importante recordar que la cancelación no es un acto unilateral en todos los casos. Al recibir la solicitud de cancelación, el SAT validará si se requiere la aceptación del receptor para efectuarla. Salvo las excepciones marcadas por ley, el cliente debe autorizar la cancelación a través del Buzón Tributario.

En ese sentido, toda factura nace con las características de “Cancelable sin aceptación”. Solo en caso de ser el motivo 01 (Comprobantes emitidos con errores con relación), tendrás que señalar el folio fiscal (UUID) del nuevo CFDI que sustituye al que requieres cancelar. Si la operación original persiste, se debe emitir un nuevo CFDI que sustituya al anterior, relacionándolo correctamente con el folio cancelado a través de la clave de “Tipo de relación” 04 (Sustitución de CFDI previos).

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Multas y recomendaciones preventivas

Cuando los contribuyentes efectúen la cancelación de CFDI fuera de los plazos, serán sujetos a una multa de entre el 5% y el 10% del valor de cada CFDI cancelado. Asimismo, aplican multas por no cancelarlos en caso de haberse emitido con errores o sin causa.

Aunque las prórrogas ofrecen un respiro administrativo, la recomendación técnica es no esperar al vencimiento de la declaración anual. Realizar una conciliación mensual entre lo facturado y lo cobrado permite detectar errores a tiempo y evitar multas. Es posible que en las últimas fechas de diciembre exista saturación en el servicio de cancelaciones de facturas del Portal del SAT por el gran número de usuarios que generalmente intentan realizar sus cancelaciones antes de concluir el año.

Si la cancelación afecta los ingresos o deducciones ya reportados, es obligatorio presentar la declaración complementaria correspondiente dentro del mes siguiente. Por último, debe considerarse que el 25 de octubre de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, por unanimidad de votos, declarar la inconstitucionalidad del párrafo cuarto del artículo 29-A del CFF. Esta sentencia es aplicable a las partes involucradas en el CFDI.

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