El impuesto general de importación (IGI) es un gravamen que se aplica a los bienes que ingresan a un país. Los aranceles han sido una herramienta clave en la política económica de muchos países a lo largo de la historia. En general, el arancel aduanero lo paga el importador de la mercancía.
¿Qué es un arancel aduanero?
Un arancel aduanero es un impuesto que se aplica a las mercancías que se importan y exportan de un país. En el pasado, los aranceles eran una fuente importante de ingresos para muchos países.
¿Quién paga el arancel?
En general, el arancel de importación lo paga el importador de la mercancía. En general, el arancel de exportación lo paga el exportador de la mercancía.
¿Cómo se calcula el IGI?
El impuesto al comercio exterior se determinará aplicando a la base gravable determinada en los términos de las Secciones Primera y Segunda del Capítulo lll del presente Título, respectivamente, la cuota que corresponda conforme a la clasificación arancelaria de las mercancías. El impuesto IGI o Impuesto General de Importación es un gravamen que se aplica a los bienes y servicios que ingresan a un país.
El cálculo del IGI se realiza en función del tipo de arancel aplicado a la mercancía, que puede ser:
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- Ad valorem: Se calcula como un porcentaje del valor del bien importado.
- Específico: Se calcula en función de una cantidad específica de bienes.
- Mixto o compuesto: Combina características de los aranceles ad valorem y específicos.
Se debe tomar en consideración que las mercancías bajo acuerdos comerciales internacionales como el T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá) pueden estar exentas al amparo de dichos tratados.
¿Cuándo se pagan las contribuciones?
Las contribuciones se pagarán por los importadores y exportadores al presentar el pedimento para su trámite en las oficinas autorizadas, antes de que se active el mecanismo de selección automatizado. Dichos pagos se deberán efectuar en cualquiera de los medios que mediante reglas establezca la Secretaría.
Cuando las mercancías se depositen ante la aduana, en recintos fiscales o fiscalizados, el pago se deberá efectuar al presentar el pedimento, a más tardar dentro del mes siguiente a su depósito o dentro de los dos meses siguientes cuando se trate de aduanas de tráfico marítimo, de lo contrario se causarán recargos en los términos del Código Fiscal de la Federación, a partir del día siguiente a aquel en el que venza el plazo señalado en este párrafo, los impuestos al comercio exterior se actualizarán en los términos del artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, a partir de la fecha a que se refiere el artículo 56 de esta Ley y hasta que los mismos se paguen.
Tratándose de importaciones o exportaciones, el pago podrá efectuarse en una fecha anterior a la señalada por el artículo 56 de esta Ley, en el entendido que si se destinan al régimen de depósito fiscal el monto de las contribuciones y, en su caso, de las cuotas compensatorias a pagar podrá determinarse en los términos anteriores. En este caso, las cuotas, bases gravables, tipos de cambio de moneda, cuotas compensatorias, demás regulaciones y restricciones no arancelarias, precios estimados y prohibiciones aplicables serán las que rijan en la fecha de pago o de la determinación, sólo cuando las mercancías se presenten ante la aduana y se active el mecanismo de selección automatizado dentro de los tres días siguientes a aquél en que el pago se realice.
Factores que influyen en el monto del arancel
- País de origen: Algunos países tienen aranceles más altos que otros para las mismas mercancías.
- Tipo de mercancía: Las diferentes categorías de mercancías tienen diferentes aranceles.
- Valor de la mercancía: Los aranceles suelen ser un porcentaje del valor de la mercancía.
- Acuerdos comerciales: Los países pueden tener acuerdos comerciales que reducen o eliminan los aranceles entre sí.
Tipos de aranceles
Existen diferentes tipos de aranceles, entre ellos:
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- Arancel ad valorem: Se calcula como un porcentaje del valor del bien importado.
- Arancel específico: Se calcula en función de una cantidad específica de bienes.
- Arancel mixto o compuesto: Combina características de los aranceles ad valorem y específicos.
- Arancel de contingente: Aplica aranceles diferentes según se alcance o no cierta cantidad de importaciones.
- Arancel protector: Se utiliza para proteger la producción nacional frente a la competencia extranjera.
- Arancel retaliatorio: Se imponen como represalia contra otro país que ha impuesto aranceles a los productos del país que toma la medida.
- Arancel de tránsito: Se aplica a los bienes que atraviesan un país para llegar a otro destino.
Exenciones
El Artículo 61 de la Ley Aduanera, indica las mercancías que están exentas de impuestos al comercio exterior.
Algunas de estas exenciones son:
- Los menajes de casa pertenecientes a residentes permanentes y a nacionales repatriados o deportados, que los mismos hayan usado durante su residencia en el extranjero, así como los instrumentos científicos y las herramientas cuando sean de profesionales y las herramientas de obreros y artesanos, siempre que se cumpla con los plazos y las formalidades que señale el Reglamento.
- Las destinadas a instituciones de salud pública, a excepción de los vehículos, siempre que únicamente se puedan usar para este fin, así como las destinadas a personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta.
- Tratándose de vehículos especiales o adaptados, las personas con discapacidad podrán importar sólo un vehículo para su uso personal cada cuatro años.
- La maquinaria y equipo obsoleto que tenga una antigüedad mínima de tres años contados a partir de la fecha en que se realizó la importación temporal, así como los desperdicios, siempre que sean donados por las empresas maquiladoras o con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía a organismos públicos o a personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles para efectos del impuesto sobre la renta.
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