¿Tienes dudas sobre la declaración de impuestos? En este artículo te compartimos una serie de claves para que entiendas lo más importante sobre cómo funciona y cómo hacer una declaración de impuestos mensual, que es una de las obligaciones fiscales más importantes, tanto de personas físicas como personas morales.
La declaración mensual es también conocida como declaración provisional, ya que es la forma en que se presenta la información sobre los ingresos, gastos, utilidades y pérdidas en un mes, así como los impuestos federales, entre ellos el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las Retenciones de Impuestos realizadas a terceros.
Dada la importancia del cumplimiento de los pagos mensuales, a lo largo del presente se abordarán algunos puntos clave para la determinación de estos por parte de las personas morales del régimen general de ley. Por su parte la LIVA tiene una periodicidad mensual, por lo que también comprende la obligación del entero mes con mes; sin embargo, estos son pagos definitivos.
¿Qué es el IVA?
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es el impuesto más presente en la vida cotidiana de México. Si tienes un negocio, no solo lo pagas, sino que también tienes la obligación de cobrarlo, declararlo y enterarlo al SAT.
El IVA es un impuesto indirecto que se aplica al consumo. Es 'indirecto' porque aunque tú lo cobras, quien realmente lo paga es el consumidor final. Tú actúas como un recaudador para el SAT: recibes el IVA de tus clientes y lo entregas a la autoridad, restando el IVA que tú mismo pagaste en tus gastos de negocio.
Lea también: Guía para Acreditar IVA Retenido
Tasa del IVA en México
Las tasas de IVA aplicables en México son las siguientes:
| Tasa | Descripción |
|---|---|
| 16% | Aplica a la mayoría de productos y servicios. |
| 0% | Alimentos no procesados, medicamentos, agua potable, libros. El vendedor cobra 0% pero puede acreditar el IVA que pagó. |
| 8% | En la franja fronteriza norte de México (Tijuana, Ciudad Juárez, Nogales, etc.). |
| Exentos | Servicios médicos (con título profesional), educación con validez oficial, transporte terrestre de personas y renta de casa habitación. Quienes están exentos no pueden cobrar IVA, pero tampoco pueden deducir el IVA que pagan en sus gastos; este se convierte en un costo. |
IVA Trasladado vs. IVA Acreditable
- IVA trasladado (el que cobras): Es el IVA que incluyes en tus facturas a tus clientes. No es tuyo - eres un recaudador temporal del SAT. Debes enterarlo al SAT en tu declaración mensual.
- IVA acreditable (el que pagas): Es el IVA que tú pagas en tus compras y gastos relacionados con tu actividad (materiales, servicios, equipo). Puedes descontarlo del IVA que cobras a tus clientes.
El cálculo para el pago del IVA es: IVA por pagar = IVA Trasladado - IVA Acreditable.
Regla de oro: retenciones de IVA
Si eres una Persona Moral y le prestas servicios a una Persona Física (freelancer o profesional), por ley la empresa debe retenerte las dos terceras partes del IVA (el 10.66%). Esto debe aparecer desglosado en tu factura.
Si tu empresa, como Persona Moral, contrata servicios de una Persona Física, debes retenerle las dos terceras partes del IVA y pagar ese IVA directamente al SAT por ella. Estas retenciones forman parte de las obligaciones a declarar mensualmente.
¿Cuándo y cómo se declara el IVA para Personas Morales?
La importancia de cumplir con las declaraciones fiscales es fundamental. Las declaraciones mensuales del SAT se presentan, a más tardar, el día 17 del mes siguiente al periodo declarado. De acuerdo con lo que establece el Sistema de Administración Tributaria (SAT) esta declaración debe realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.
Lea también: Contabilidad en México: Un recorrido histórico
Ahora veamos cómo hacer una declaración mensual ante el SAT para personas morales, que también se realiza en el Servicio de Declaraciones de Pagos, que es la aplicación electrónica del SAT para presentar los pagos definitivos del IVA, donde se incluyen las retenciones, ya sea en declaraciones normales, complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal.
El IVA se declara mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Es importante: A diferencia del ISR, el IVA se calcula bajo el sistema de "flujo de efectivo". Solo declaras el IVA de las facturas que ya cobraste efectivamente y el IVA de los gastos que ya pagaste. Si emitiste una factura pero no te la han pagado, no debes declarar ese IVA aún.
Proceso de Declaración Mensual para Personas Morales
Para realizar tu declaración mensual de IVA como persona moral, sigue estos pasos:
- Deberás ingresar a la plataforma desde la sección "Empresas" en el portal del SAT y elegir en la opción de "declaraciones":
- Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales o
- Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen simplificado de confianza, según sea el caso.
- Una vez que te lleve a la opción elegida y dar clic en el botón "INICIAR", deberás ingresar con la clave de RFC y contraseña o e.firma.
- De igual manera, deberás seleccionar los impuestos correspondientes que deseas declarar, de acuerdo con la actividad económica que realiza tu empresa.
- Conforme elijas cada impuesto, la plataforma te solicitará la información correspondiente, que deberás llenar con base en los datos contenidos en tu registro contable.
- Finalmente, deberás llenar la declaración.
- Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura para realizar los pagos.
Recuerda que, en caso de pertenecer al Resico, tendrás un cálculo precargado, de acuerdo con las facturas emitidas y recibidas. De igual manera que en el caso de las personas físicas, recuerda que para el caso de las personas morales, bajo el régimen de Resico, el cálculo de los impuestos está precargado y es mucho más sencillo.
Cambios en el aplicativo del SAT para IVA
El SAT ha introducido cambios en la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para personas morales bajo el régimen general de ley. En este nuevo aplicativo, el SAT solicita un mayor desglose de información.
Lea también: Evolución del SAT
En este nuevo aplicativo del SAT, se requiere un desglose más detallado de la información relacionada con el IVA a cargo con la posibilidad de pre-cargar datos, como los CFDI emitidos con método de pago PUE. Sin embargo, para los actos o actividades no sujetos al impuesto se solicita un detalle más específico. Este cambio trae consigo desafíos significativos para las personas morales, quienes deben adaptarse rápidamente a las nuevas demandas de información y detalle requerido.
Lo anterior implica trabajo doble para los contribuyentes, quienes deben seguir el procedimiento y controles establecidos para determinar el IVA a cargo o el IVA a favor del mes correspondiente. También se deben emitir a los clientes que corresponda, dentro de los primeros 5 días del mes siguiente en que se generó la obligación. Es importante recalcar que no existe una Guía con los detalles del aplicativo y los criterios a considerar para su llenado.
Recomendaciones para tu Declaración Mensual de IVA
- Concilia tus facturas con el SAT: revisa que los CFDI registrados en el SAT coincidan con tus registros contables para evitar inconsistencias que se puedan convertir en requerimientos y retrabajo.
- Valida deducciones autorizadas: verifica que cada gasto que registres como deducción cuente con un CFDI válido y cumpla con los requisitos fiscales.
- Revisa el cálculo de IVA: confirma el cálculo del IVA acreditable o trasladado, recuerda que el SAT no incluye automáticamente todos los CFDI considerado para el IVA.
- Realizar una conciliación detallada del flujo de efectivo (depósitos y retiros).
Cuando la información declarada no coincide con los registros del SAT, pueden generarse cartas invitación, revisiones electrónicas o auditorías. Por el contrario, cuando se paga fuera del plazo alguna obligación fiscal, las autoridades pueden llegar a imponer alguna multa o recargo.
