El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un impuesto federal que se aplica a los ingresos obtenidos por personas físicas y morales en México. Se aplica a todas las personas que obtengan ingresos en territorio mexicano, incluyendo a los trabajadores asalariados, empresarios, profesionales independientes y artistas.
Cálculo del ISR en la Planilla de Sueldos
El cálculo del ISR en una planilla de sueldos se realiza por empleado y se basa en sus ingresos brutos, deducciones permitidas, así como en las tarifas y tablas del ISR publicadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este proceso se sigue para calcular el monto de ISR que se debe retener de cada pago de sueldo.
Pasos para Calcular el ISR
- Identificar el Ingreso Bruto: Determinar el ingreso bruto de cada empleado en el periodo de pago. Esto incluye el salario base, más cualquier otro ingreso sujeto a impuestos como bonificaciones, comisiones, horas extras, etc.
- Aplicar Deducciones: Deducir las contribuciones al seguro social, aportaciones a fondos de retiro, gastos médicos, entre otras deducciones permitidas que disminuyen el ingreso sobre el cual se calcula el impuesto.
- Utilizar las Tablas y Tarifas del ISR: Con el ingreso gravable determinado, se utiliza la tabla de ISR aplicable (anual, mensual, semanal, etc., dependiendo del periodo de pago de la empresa) para localizar el rango en el que se ubica el ingreso del empleado. Se aplica una cuota fija y un porcentaje sobre el excedente del límite inferior de ese rango.
- Calcular el ISR a Retener: Una vez identificado el rango, se calcula el ISR utilizando la cuota fija y el porcentaje correspondiente al ingreso gravable del trabajador.
- Aplicar el Subsidio para el Empleo (Si es Aplicable): Para los empleados que correspondan, se calcula y aplica el subsidio para el empleo basado en su ingreso, lo que puede disminuir la cantidad de ISR a retener o en ciertos casos, resultar en un importe a favor del empleado.
- ISR Final a Retener: El monto final de ISR a retener (o a pagar al empleado en caso de un saldo a favor por el subsidio) se determina restando el subsidio para el empleo del ISR calculado en el paso 4.
Ejemplo de Cálculo del ISR
Si el ingreso gravable mensual de un empleado cae en un rango donde la cuota fija es de $1,000 MXN y el ingreso excede el límite inferior por $5,000 MXN, y el porcentaje aplicable es del 10%, entonces el ISR a retener antes de considerar el subsidio sería: $1,000 + ($5,000 * 10%) = $1,500 MXN.
Notas Importantes
- Es esencial usar siempre las versiones más actualizadas de las tablas y tarifas del ISR publicadas por el SAT, ya que estas pueden cambiar año con año.
- Recuerda que este es un ejemplo general.
Tablas ISR y la UMA en 2025
Aunque las tablas ISR 2025 permanecen sin cambios respecto al año anterior, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) ha sido actualizada para este año 2025. De acuerdo con el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las tablas del ISR deberán actualizarse cuando la inflación acumulada supere el 10% desde la última actualización.
Desde esa fecha, la inflación ha continuado aumentando, pero al cierre de 2024, la inflación acumulada desde la última actualización aún no ha superado el 10%. El hecho de que las tablas del ISR no se actualicen significa que los trabajadores seguirán pagando impuestos bajo los mismos rangos establecidos en 2021, a pesar de que el costo de vida ha aumentado en nuestro país.
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Por ejemplo, un trabajador independiente que en 2021 tenía ingresos anuales de $400,000 pesos podía estar en un tramo impositivo específico. Quienes tienen ingresos muy altos pueden enfrentar una mayor tasa efectiva de ISR si su ingreso nominal crece por encima de los límites establecidos en las tablas actuales.
Opciones y Consideraciones Adicionales
Los emprendedores y profesionistas independientes tienen más flexibilidad para optimizar su carga fiscal, ya que pueden deducir gastos relacionados con su actividad económica.
Conforme al artículo 99, fracción I, de la LISR, quienes hagan pagos por salarios tendrán la obligación de efectuar la retención del impuesto por dichos ingresos.
Determinación del Impuesto Según la Tarifa del Artículo 96 de la LISR
Para obtener el ISR que deberá retenerse a los trabajadores, se deberá seguir la mecánica que se menciona a continuación:
- Ingresos obtenidos en el mes por salarios (gravados)
- (-) Impuesto local a los ingresos por salarios que, en su caso, haya retenido el empleador en el mes siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%
- (=) Base gravable
- (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR
- (=) Excedente del límite inferior
- (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior
- (=) Impuesto marginal
- (+) Cuota fija
- (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR
Determinación del Subsidio para el Empleo
- Base gravable
- (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013
- (=) Subsidio para el empleo
Determinación del ISR por Retener o Subsidio para el Empleo por Entregar
- Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR
- (-) Subsidio para el empleo
- (=) ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar
Es importante destacar que en los casos en que el impuesto a cargo del contribuyente que se obtenga de la aplicación de la tarifa del artículo 96 de la LISR sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido de conformidad con la tabla correspondiente, el retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga. El retenedor podrá acreditar contra el ISR a su cargo o del retenido a terceros las cantidades que entregue a los contribuyentes en los términos anteriores.
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Los ingresos que perciban los contribuyentes derivados del subsidio para el empleo no serán acumulables ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.
Caso Práctico
Se desea determinar el ISR por retener a un trabajador en febrero de 2015.
Datos:
- Ingresos obtenidos en febrero de 2015: $15,000.00
- Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador: $0.00
Desarrollo:
- Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR:
- Ingresos obtenidos en febrero de 2015 $15,000.00
- (-) Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador 0.00
- (=) Base gravable 15,000.00
- (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR 10,298.36
- (=) Excedente del límite inferior 4,701.64
- (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior 21.36%
- (=) Impuesto marginal 1,004.27
- (+) Cuota fija 1,090.61
- (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR $2,094.88
- Determinación del subsidio para el empleo:
- Base gravable $15,000.00
- (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013 1
- (=) Subsidio para el empleo $0.00
- Determinación del ISR por retener en febrero de 2015:
- Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR $2,094.88
- (-) Subsidio para el empleo 0.00
- (=) ISR por retener en febrero de 2015 $2,094.88
Opciones de Retención del ISR
Opción de Retener el ISR a Destajistas
Los empleadores que paguen en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, podrán optar por efectuar la retención del ISR conforme al procedimiento siguiente:
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- Considerarán el número de días efectivamente trabajados para realizar el trabajo determinado.
- Dividirán el monto del salario entre el número de días a que se refiere el número anterior y al resultado se le aplicará la tarifa del artículo 113 (actual 96) de la LISR calculada en días, que para tal efecto se publica mediante el anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
- La cantidad que resulte conforme al número anterior se multiplicará por el número de días determinados de acuerdo con el número 1 y el producto será el ISR a retener.(Art. 144, LISR)
Opción de Retener el ISR Cuando se Efectúan Pagos Semanales, Decenales o Quincenales
Los empleadores que hagan pagos que comprendan un periodo de 7, 10 o 15 días, podrán optar por efectuar la retención del ISR, aplicando a la totalidad de los ingresos percibidos en el periodo de que se trate, la tarifa del artículo 113 (actual 96) de la LISR, calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda.(Art. 145, LISR)
Otra Opción de Retener el ISR a Trabajadores Según el RISR
Existe otra opción para que los empleadores efectúen las retenciones del ISR previstas en el artículo 113 (actual 96) de la LISR. Esta opción consiste en aplicar el procedimiento siguiente:
- Antes de realizar el primer pago correspondiente al año de calendario por el que se calculen las retenciones, determinarán el monto total de las cantidades que pagarán al trabajador por la prestación de un servicio personal subordinado en dicho año.
- El monto que se obtenga conforme al número anterior se dividirá entre 12 y a la cantidad así determinada se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 113 (actual 96) de la LISR. El resultado obtenido será el impuesto por retener.
Cuando se hagan pagos que comprendan periodos de 7, 10 o 15 días, podrán calcular la retención del ISR de acuerdo con esta mecánica, es decir, el resultado obtenido conforme al número 1 se dividirá entre 52 semanas, 36.5 decenas o 24 quincenas, según la periodicidad con que se efectúen los pagos, y al resultado obtenido se le aplicará la tarifa y tablas semanales, decenales o quincenales, según sea el caso.
Cuando se modifique alguna de las cantidades con base en las cuales se efectuó el cálculo a que se refieren los números anteriores, se deberá recalcular el ISR por retener.(Art. 147, RISR)
Cálculo de la Retención del ISR Cuando el Trabajador Obtiene Percepciones Correspondientes a Varios Meses
Cuando por razones ajenas al trabajador, éste reciba en un solo pago percepciones gravables correspondientes a varios meses, distintas del aguinaldo, de la PTU, de las primas vacacionales o dominicales (tales como sueldos retroactivos), se deberá calcular la retención del ISR conforme al procedimiento siguiente:
- La(s) remuneración(es) de que se trate se dividirá(n) entre el número de días a que corresponda(n) y el resultado se multiplicará por 30.4.
- A la cantidad que se obtenga conforme al número anterior, se le sumará el sueldo que perciba el trabajador en forma regular en el mes de que se trate y a esta cantidad se le aplicará el procedimiento que establece el artículo 113 (actual 96) de la LISR.
- El ISR que se obtenga conforme al número anterior se disminuirá con el ISR que correspondería al ingreso ordinario por salarios, calculando este último sin considerar la(s) remuneración(es) señalada(s) en el número 1.
- Se calculará una tasa, dividiendo el ISR determinado en el número 3, entre la cantidad que resulte del número 1. El cociente se multiplicará por cien y el producto se expresará en por ciento.
- El ISR por retener será la cantidad que resulte de aplicar al monto total de la percepción gravable, la tasa anteriormente determinada.(Art. 148, RISR)
Opción de Efectuar Retenciones del ISR en Periodos Comprendidos en Dos Meses de Calendario
Los empleadores que realicen pagos por periodos comprendidos en dos meses de calendario y cuando la tarifa aplicable para el segundo mes de dicho periodo se hubiera actualizado de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 177 (actual 152) de la LISR para el cálculo de la retención del ISR correspondiente, podrán aplicar la tarifa que se encuentre vigente al inicio del periodo por el que se efectúa el pago que se trate; posteriormente, deberá efectuar el ajuste respectivo al calcular el ISR, correspondiente al siguiente pago que realicen al trabajador al cual efectuaron la retención.(Art. clave.
Es importante señalar que el monto de los pagos provisionales que se realizan durante el año fiscal se consideran como anticipos del impuesto anual que se debe pagar al final del año.
Retenciones de ISR: Aspecto Crucial de la Tributación
Las retenciones de ISR por salarios son una práctica común en el ámbito laboral. Cuando eres empleado, tu patrón hace el cálculo del impuesto sobre la renta que debes pagarle al fisco de acuerdo con el salario que se te paga y finalmente tu empleador lo descuenta (lo retiene) de tu salario, para pagárselo al SAT. El ISR retenido es la cantidad de impuesto sobre la renta que tu empleador retiene de tu salario antes de que lo recibas.
El cálculo del ISR retenido en sueldos y salarios se basa en una fórmula que toma en cuenta tu salario bruto, deducciones permitidas y las tasas impositivas vigentes. Esta fórmula puede variar según la legislación fiscal de tu país o región. El ISR retenido se considera un anticipo del impuesto sobre la renta que debes pagar al final del año fiscal. Cuando presentas tu declaración de impuestos, este monto se compara con el impuesto real que debes. Si has tenido retenciones mayores a tu obligación tributaria, puedes recibir un saldo a favor.
La devolución del ISR retenido depende de varios factores, incluyendo tu situación fiscal personal y las leyes tributarias de tu país. El aguinaldo está exento de ISR hasta un límite de 30 veces la UMA. Algunos beneficios otorgados a los empleados, como los vales de despensa Pluxee Tienda que son considerados previsión social, pueden estar exentos hasta en un 53% en ISR siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.
Herramientas para la Gestión del ISR en la Nómina
Para gestionar eficientemente el cálculo del ISR en la nómina, es fundamental contar con herramientas que automaticen y simplifiquen este proceso. Conocer las responsabilidades fiscales que corresponden a tu compañía te ayuda a evitar el pago de multas u otros conceptos indeseables.
El ISR a través de la Historia en México
A través de la Ley Centenario, Álvaro Obregón estableció en 1921 el Impuesto Sobre la Renta. Esta carga fiscal era aplicada a mexicanos y extranjeros que obtuvieran ingresos en México. Como mencionamos anteriormente, tanto las personas físicas como las personas morales están obligadas a realizar el pago ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y se trata de un tributo que grava sus ingresos. Este impuesto se basa en el principio de capacidad contributiva, es decir, quienes ganan más deben pagar un porcentaje más alto y quienes ganan menos pagan un porcentaje más bajo.
El Rol de las Empresas como Agentes Retenedores
El ISR es uno de los impuestos que se retienen directamente del salario. Las empresas actúan como agentes retenedores, calculando y descontando el impuesto correspondiente antes de pagar el salario neto al colaborador. Además, desde 2014, las empresas pueden deducir el ISR que pagan de la nómina; sin embargo, hay un límite que es del 53% del monto de los pagos exentos que se hacen a los trabajadores. Para realizarlo, se tienen que cumplir con ciertos requisitos. Por ejemplo, por cada pago de salario se debe emitir un comprobante fiscal digital (CFDI).
