Descubre Cómo Maximizar tus Beneficios Fiscales con la Deducción de Ingresos por Siniestros en Segurospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Ante el escenario actual derivado de diversas situaciones económicas adversas, y con el fin de que las empresas o negocios conozcan las diversas disposiciones fiscales a las que pudieran acogerse para evitar desembolsos de flujo de efectivo, o bien, para que los flujos generados puedan destinarse a aquellos gastos que permitan mantener el negocio activo; en esta ocasión abordamos las consideraciones en materia fiscal en relación al cobro de las indemnizaciones a las aseguradoras por conceptos de pérdidas de activos por caso fortuito o de fuerza mayor.

Es común que las empresas contraten pólizas de seguros con las que se busque mitigar el impacto ante alguna eventualidad que pudiera presentarse para los bienes con los que cuente y repercutir en la operación del negocio. Como sabemos, las empresas sufren a menudo contingencias por siniestros o causas de fuerza mayor, por ejemplo, algún desastre natural, un robo, extravío, etc.; en donde se pierden bienes, mercancía o activos (maquinaria, equipo de transporte, equipo de cómputo, entre otros). La recuperación de seguros por eventos como robos, accidentes o daños a la propiedad genera interrogantes sobre su tratamiento en la declaración del Impuesto Sobre la Renta o ISR.

Los seguros para negocios, además de ofrecer protección, representan una excelente oportunidad para aprovechar los beneficios fiscales que ofrece la ley en materia de impuestos. Conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta sólo pueden deducirse los gastos estrictamente indispensables para los fines de la actividad económica que se desarrolle.

Tratamiento Fiscal de las Indemnizaciones por Siniestros en México (LISR)

Acumulación de Ingresos por Indemnizaciones

En caso de recibir indemnización derivada de un siniestro, deberás acumular ésta a tus demás ingresos. El artículo 16 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las personas morales residentes en el país acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio. Específicamente, la fracción VI del artículo 18 de la ley, establece que se considerará como ingreso acumulable, la cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros, tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente. Para estos casos, las indemnizaciones obtenidas por la pérdida fortuita de activos propiedad de la empresa se deberán acumular a los demás ingresos de acuerdo a la Ley el Impuesto Sobre la Renta (ISR) conforme a lo señalado en la Fr. […]VI.

Deducción de Pérdidas y la No Acumulación por Reinversión

No obstante lo anterior, es importante considerar lo contemplado en el Artículo 37 de la LISR. Las pérdidas de bienes del contribuyente por caso fortuito (siniestros provocados por la naturaleza) o fuerza mayor (hechos producidos por el hombre), que no se reflejen en el inventario, serán deducibles en el ejercicio en que ocurran. La pérdida será igual a la cantidad pendiente de deducir a la fecha en que se sufra. Asimismo, se considerará como un gasto deducible, en caso de resultar aplicable, el saldo pendiente por depreciar correspondiente a los bienes que se hubieran perdido.

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Cuando el contribuyente reinvierta la cantidad recuperada en la adquisición de bienes de naturaleza análoga a los que perdió, o bien, para redimir pasivos por la adquisición de dichos bienes, únicamente acumulará la parte de la cantidad recuperada no reinvertida o no utilizada para redimir pasivos. La reinversión deberá efectuarse dentro de los doce meses siguientes contados a partir de que se obtenga la recuperación. Los contribuyentes podrán solicitar autorización a las autoridades fiscales, para que el plazo señalado en el párrafo anterior se pueda prorrogar por otro periodo igual.

Casos Prácticos en México

En mayo de 2020 el equipo de transporte es robado; el mismo se adquirió en diciembre de 2019 a crédito a 4 años con un MOI de $800,000 pesos. La empresa, derivado del contrato de la póliza de seguros, recibe una indemnización en junio 2020 por un importe de $800,000 pesos. Sin embargo, el contribuyente también tendría el derecho de considerar el saldo pendiente por deducir en el ejercicio en que ocurrió el siniestro, es decir, el MOI menos la deducción de inversiones relacionada con dicho activo fijo.

En otro ejemplo, la empresa ABC, S.A. de C.V. sufre la pérdida de un activo y la aseguradora realiza el pago de indemnización a la empresa ABC por un importe de $50,000. En términos del artículo 37 de la LISR, la empresa ABC no deberá considerar como ingreso acumulable los $50,000 que recibió del seguro; ya que reinvirtió ese dinero en un activo de naturaleza análoga al que perdió.

Consideraciones Fiscales sobre Ingresos por Siniestros en Colombia

Según el artículo 26 del Estatuto Tributario, son ingresos, en general, los realizados en el periodo gravable susceptibles de incrementar el patrimonio en el momento de la percepción y que no hayan sido expresamente exceptuados. Por su parte, el artículo 38 del Decreto 2649 de 1993 precisa que los ingresos generan un aumento de los activos, una disminución de los pasivos o una combinación de ambos y generan un enriquecimiento o capitalización en quien los percibe.

Sin embargo, la Sección Cuarta del Consejo de Estado indicó que no todo aumento de activos ni disminución de pasivos genera un ingreso, pues lo determinante es que exista enriquecimiento porque se ha incrementado el patrimonio. Además, tal incremento debe ser real, no teórico. También agregó, acorde con el artículo 45 del E. T., que el valor de las indemnizaciones en dinero o en especie que se reciban en virtud de seguros de daño en la parte correspondiente al daño emergente es un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional. Para obtener este tratamiento, el contribuyente deberá demostrar, dentro del plazo que señale el reglamento, la inversión de la totalidad de la indemnización en la adquisición de bienes iguales o semejantes a los que eran objeto del seguro (C. P. Milton Chaves García).

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Deducciones Relacionadas con Seguros y Previsión Social

Deducción de Primas de Seguros

La fracción XII del artículo 27 de la ley establece que los pagos de primas por seguros o fianzas serán gastos deducibles. Por lo anterior, las cantidades recibidas por los pagos efectuados por las aseguradoras deberán considerarse como ingresos acumulables, mientras que los gastos efectuados por concepto de primas serán considerados como deducibles.

Seguros como Previsión Social

Se le llama previsión social a los gastos realizados en beneficio de los trabajadores y de sus familiares o beneficiarios, que tengan por objeto elevar su nivel de vida económico, social, cultural e integral. Las indemnizaciones pagadas por los seguros de vida están exentas de impuesto, siempre y cuando el contratante sea el empleador y los beneficiarios designados sean el cónyuge, concubina o concubino y/o sus ascendientes o descendientes en línea recta (padres, hijos o hijos adoptivos del asegurado).

Beneficios Fiscales de los Seguros de Vida Individual

Los seguros de vida individual representan una excelente oportunidad para aprovechar los incentivos fiscales que ofrece la ley en materia de impuestos. Exención. Al momento de realizar un retiro parcial o total, se realiza la retención del impuesto a la tasa del 20% sobre el interés real. Esta operación aplica cuando asegurado y contratante son la misma persona. Dependiendo del producto de ahorro que se contrate, el tratamiento fiscal de las aportaciones adicionales/primas excedentes se aplica de la siguiente manera:

  • Las aportaciones adicionales constituyen un fondo de administración que genera intereses. En caso de disposición del fondo, no se realiza otra retención adicional a la ya mencionada.
  • Las primas excedentes forman parte de la reserva del seguro.

El Deducible en las Pólizas de Seguro

Cuando contratas un seguro para protegerte de cualquier siniestro siempre se te da a conocer una cantidad llamada deducible. El deducible es una suma que debes cubrir, mucho más pequeña que el costo total del incidente que has sufrido. Las compañías manejan un esquema de ganar-ganar para que las personas no usen indiscriminadamente su seguro solamente porque la aseguradora cubre todos los gastos. Es decir, quieren estar ciertos de que verdaderamente necesitas que la compañía participe en el siniestro.

El deducible es determinado por la compañía aseguradora y depende del riesgo que implica asegurarte, y de la antigüedad de tu póliza. Por ejemplo, si eres una persona joven, el riesgo de que te enfermes o te accidentes es menor al de una persona de edad avanzada. Por lo anterior, tu deducible puede llegar a ser menos costoso.

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Algo muy importante que debes considerar es que las instituciones aseguradoras solamente atienden siniestros que generan una cantidad mayor al deducible. Supongamos que tu deducible es de dos mil pesos. Tienes un choque en tu auto y arreglarlo cuesta quinientos pesos. En este caso, la aseguradora no te puede pagar, pues es una cantidad menor al deducible.

Cuando contratas un seguro, pagar un deducible no debería afectar tus finanzas si lo contemplas dentro de tu presupuesto anual. Esto lo puedes determinar desde el inicio, cuando la institución aseguradora te da a conocer la cantidad fijada por deducible. De este modo, puedes tener esta cantidad ahorrada en alguna cuenta como un fondo de emergencia.

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