Descubre cómo los estímulos fiscales transforman la enajenación de diésel y maximizan tus beneficiospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un impuesto que grava alcoholes, cervezas, refrescos, tabacos, alimentos con alto contenido calórico y, de manera relevante para la economía nacional, combustibles como la gasolina y el diésel. En México, dentro de los ingresos de PEMEX, las gasolinas y el diésel son los productos derivados del petróleo cuyos valores de ventas son los más altos.

En el ámbito fiscal, los ingresos se generan por la recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y por el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS petrolero). Este último tiene dos componentes: la tasa variable, que se determina según la ley del IEPS, y las cuotas fijas. El objetivo de promover el uso y aprovechamiento de los estímulos fiscales relacionados con el consumo de diésel es concientizar a los contribuyentes de la existencia de estas herramientas legales, evitando estrategias que encuadren en conductas de evasión o defraudación fiscal.

Cálculo y aplicación del estímulo fiscal al diésel

El monto de los estímulos fiscales otorgados a los contribuyentes que consuman diésel, y que por ende se podrán acreditar, será el que resulte de multiplicar la cuota del IEPS que corresponda, con los ajustes que en su caso procedan, vigente en el momento en que se haya realizado la importación o adquisición del combustible, por el número de litros importados o adquiridos.

De acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación, el estímulo fiscal consiste en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al IEPS que las personas que enajenen diésel hayan causado. Al respecto, se debe considerar la cuota actualizada de 5.44 pesos por litro como el ajuste correspondiente. Este procedimiento se sustenta en el principio de legalidad tributaria establecido en la fracción IV del artículo 31 constitucional, el cual exige que toda relación tributaria debe llevarse a cabo dentro de un marco legal que la establezca y la regule.

Opciones de acreditamiento y devolución

Para los contribuyentes que importen y enajenen combustibles, existen mecanismos específicos para gestionar los estímulos. El estímulo o su excedente que no se haya acreditado podrá solicitarse en devolución utilizando el formato disponible en el Portal del SAT. Los contribuyentes podrán optar por no acreditar el monto del estímulo contra el ISR e IVA y solicitar su devolución a partir del primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se generó dicho beneficio.

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Es importante destacar las condiciones actuales de acreditamiento:

  • Acreditamiento principal: El estímulo fiscal y el estímulo fiscal complementario pueden ser acreditables contra el ISR en los pagos provisionales, así como contra el IVA.
  • Excedentes: En caso de subsistir un excedente de estímulo acreditable, el contribuyente podrá solicitar la devolución de dicho saldo.
  • Requisitos: Para solicitar la devolución, es indispensable haber presentado las declaraciones de impuestos correspondientes, la DIOT y contar con la información contable al corriente.

Consideraciones sobre la recaudación y el gasto fiscal

El esquema tributario de los combustibles en México ha mostrado una gran volatilidad, sujeta a las fluctuaciones del mercado internacional. En la última década, el IEPS petrolero ha destacado por su participación, ya que en lugar de ser un impuesto positivo que recauda, ha funcionado en diversos periodos como un impuesto negativo que causa un gasto fiscal. El gasto fiscal se refiere a apoyos directos que el sector público otorga mediante preferencias o regímenes especiales al dejar de recaudar impuestos.

Debido a esta estructura, el incumplimiento en el pago del IEPS puede derivar en sanciones y multas establecidas en el Código Fiscal de la Federación y la Ley del IEPS. Por ello, el uso de herramientas digitales para la facturación electrónica y la planeación fiscal es fundamental para que los contribuyentes eviten retrasos y aseguren el cumplimiento de sus obligaciones ante la autoridad hacendaria.

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