La temporada para hacer la declaración de impuestos está por finalizar. Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su obligación fiscal del periodo 2024 y si tienen suerte, recibir una devolución por su saldo a favor. Muchos contribuyentes mexicanos están a la espera del depósito de los impuestos que pagaron de más; en redes sociales han expresado su desesperación e inconformidad por la tardanza en recibir el dinero en sus cuentas bancarias y el alboroto ha sido tanto que la presidenta Claudia Sheinbaum dijo hoy en su conferencia matutina que la institución devolverá el saldo a favor en el plazo fijado, por lo que los mexicanos que hayan declarado no tienen por qué temer.
“Son los tiempos de ley, no hay ningún problema en la devolución de aquellos que les corresponde”, zanjó la mandataria.
No todos los que presentan su declaración reciben el saldo a favor de manera automática. Si tu devolución automática no pasó, la devolución manual SAT es la opción que te queda. Tramitar la devolución manual SAT puede sonar complicado, pero con los pasos correctos, paciencia y un cafecito en la mano, puedes lograrlo.
Plazos para la Devolución del ISR
El Código Fiscal de la Federación estipula que la fecha de devolución tiene un plazo de 40 días. Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución. Técnicamente, el SAT dice que puede demorar hasta 40 días hábiles, pero la realidad es que a veces se tarda más.
Cómo Solicitar la Devolución Manual del Saldo a Favor
Para solicitar la devolución se añade la CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración. Una vez que se revise que cuadren todos los ingresos del año, los impuestos que se declararon -ya sea por cuenta propia o por el patrón- y las deducciones que aplican en cada caso, el sistema arrojará un apartado en el que el usuario podrá seleccionar si desea que se le devuelva el saldo a favor o se le compense.
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Con la compensación se podrá pagar el ISR que se adeude en el siguiente ejercicio fiscal. La devolución se depositará en el banco que otorgue el contribuyente.
Pasos para la Solicitud Manual
- En la página del SAT en el apartado “Devoluciones y Compensaciones” dar click en “Ver más”.
- Acceder a “Devolución” e ingresar en “Solicita tu devolución”.
- Pulsar el botón “Iniciar”.
- Anotar el RFC y la Contraseña y el Captcha o la e.firma.
- Aparecen “Datos del contribuyente”, “Domicilio fiscal”, “Datos del contacto” y dar “Siguiente”.
- Llenar los campos “Información del trámite”.
- Registrar los “Datos del impuesto, concepto, periodo y ejercicio”.
- Registrar “Información del saldo a favor”.
- Verificar la información del banco y adjuntar el estado de cuenta.
- Adjuntar los documentos que sean necesarios para respaldar la devolución.
Formato Electrónico de Devolución (FED)
Para estos casos (que no son raros), existe algo llamado Formato Electrónico de Devolución (FED). El Formato FED del SAT, es la forma en que puedes solicitar tu devolución de impuestos cuando el SAT no te devuelve el dinero automáticamente. Se usa para pedir devoluciones de ISR, IVA o IEPS -y no, no necesitas ser contador para entenderlo-, solo tener paciencia y ganas de pelear lo que es tuyo.
Cuándo NO Aplica la Devolución Automática
- Si tu saldo a favor es de más de $150,000 pesos.
- Si presentas tu declaración 2024 después del 31 de julio de 2025, olvídate de la devolución automática.
- Si estás pidiendo devolución de años pasados (antes de 2024), tampoco hay devolución automática.
- Si tu cuenta CLABE está mal o no validaste tu Buzón Tributario.
Cómo Consultar el Estatus de la Devolución
Para ver el proceso de la devolución, el contribuyente debe entrar al portal del SAT, www.sat.gob.mx/, dar clic en el menú de la parte superior Trámites y servicios, deslizar hacia abajo y seleccionar la opción Más trámites y servicios. Después debe entrar en la parte de Constancias, devoluciones y notificaciones y elegir el apartado Estado de tu devolución. El usuario debe tener a la mano su RFC y contraseña, ya que la página lo redirigirá al buzón tributario, donde se indicará el estado de la devolución.
Una vez dentro, seleccionará la pestaña que dice devolución automática del ISR del ejercicio 2024 y el sistema arrojará si se ha negado y la razón por la que se negó, si está en proceso de validación o se ha aceptado.
Inconsistencias en la Cuenta CLABE
Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.
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Requisitos para la Devolución Automática
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
Casos en los que se Considera No Presentada la Solicitud
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como o localizado
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Requerimientos Adicionales del SAT
Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.
El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
Consideraciones Finales
Bueno, no estás solo, eh. Sabemos que todo esto del SAT puede sonar a trabalenguas. Entre formatos, plazos, firmas electrónicas y archivos .zip, no falta quien diga: “¿Y ahora qué hago?”. El SAT no te manda mensaje, ni flores, ni mucho menos una serenata. Tienes que volver a entrar al portal, ir a la sección de “Devolución manual”, meter tus datos y revisar el estatus.
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Eso sí, si no quieres lidiar con el SAT, mejor usa TaxDown y deja que los expertos se encarguen. Porque pagar impuestos es obligatorio, pero recuperar lo que te toca también es tu derecho.
