La solicitud de pago en exceso o indebido del Impuesto a la Renta (IR) permite a las personas naturales y jurídicas el posterior reintegro de los valores; en el caso de cumplir con los requisitos correspondientes.
¿Qué es un Pago Indebido o en Exceso del Impuesto a la Renta?
La solicitud de pago en exceso o indebido del Impuesto a la Renta (IR) permite a las personas naturales y jurídicas el posterior reintegro de los valores; en el caso de cumplir con los requisitos correspondientes.
Cualquier pago efectuado por Contribuciones y Aprovechamientos que se haya realizado dentro de los tres años anteriores a la fecha en que se solicite la devolución, podría ser sujeto de solicitud.
Requisitos Necesarios para Realizar el Trámite
Para iniciar la solicitud de devolución de pago en exceso o indebido, los interesados deben presentar la siguiente información y documentación:
- Petición escrita refiriendo el Art.
- Pasaporte ordinario (presentarlo).
- Elaboración de un escrito que deberá contener los requisitos formales establecidos en el Art.
- Carta certificada por el contador y/o representante legal, en la que explique el tratamiento contable dado al valor solicitado.
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital.
Es importante considerar las Especificaciones para la entrega de información a través de medios magnéticos: Ver Resolución NAC-DGERCGC16-00000152 publicada en el S.R.O. Asimismo, se debe tener en cuenta el Acuerdo Ministerial No. que puede ser relevante para el proceso.
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Documentación de Apoyo para Trámites Digitales
- Guía para la Entrega de Documentación en Medio Digital.
- Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos.
- Aplicativo HashMyFiles.
Procedimiento para la Solicitud de Devolución
El proceso para solicitar la devolución de pagos en exceso o indebidos se puede llevar a cabo de diversas maneras, adaptándose a la situación del contribuyente.
Solicitud Presencial o Digital General
- Presentación de la solicitud física en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas o si la solicitud es digital por los canales electrónicos dispuestos para el efecto.
- De click en requisitar el formato de devolución, registre los datos solicitados e imprima el formato por duplicado.
- Guarda la constancia de presentación.
El Servicio de Rentas Internas verificará que la solicitud de devolución se encuentre con la legitimación del compareciente, sea clara y completa.
Formatos de Solicitud Específicos
Existen distintos formatos de solicitud que deben ser utilizados según la categoría del contribuyente y el tipo de pago:
- Formato para solicitar pago indebido y en exceso con los requisitos del artículo 119 del Código Tributario.
- Formato solicitud de devolución de pago en exceso o reclamo de pago indebido de Impuesto a la Renta para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
- Formato solicitud de pago en exceso o reclamo de pago indebido del Impuesto a la Renta para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
- Formato solicitud de devolución de pago en exceso y reclamo de pago indebido por anticipo de Impuesto a la Renta generado por decretos de exoneración.
Solicitud de Devolución en Línea (SRI en línea)
Para ciertos montos, el Servicio de Rentas Internas (SRI) facilita la solicitud de devolución a través de su plataforma en línea:
- Para solicitar la devolución del Impuesto a la Renta en el caso que los peticionarios que tengan un saldo a favor menor o igual a USD 10.000 (personas naturales) y USD 5.000 (sociedades), ingrese a la página web www.sri.gob.ec, opción "SRI en línea” e inicie sesión con su usuario y contraseña.
- En el menú seleccionar la opción “Devoluciones (TAX REFUND)”, escoger el submenú “Devolución de Impuesto a la Renta” y enviar la solicitud de prevalidación.
Modalidades de Recepción de la Devolución
Una vez procesada y aprobada la solicitud, el reintegro de los valores se puede realizar por diferentes medios:
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- Para los trámites que soliciten devolución mediante acreditación en cuenta bancaria, se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas. La devolución mediante depósito se realiza en la fecha de notificación o al día siguiente, usualmente.
- En las solicitudes que requieran devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emitirán como un “saldo o anotación electrónica”, que se acreditará en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario.
Consulta del Estado de su Solicitud
Los contribuyentes pueden verificar el avance de su solicitud:
- En un máximo de 45 días hábiles, recibirás la notificación del resultado en tu buzón electrónico SOL.
- Puede verificar la situación de su solicitud en línea ingresando al sistema de devoluciones y haciendo click en el recuadro habilitado para verificar el avance de la solicitud.
Canales de Atención del SRI
El Servicio de Rentas Internas (SRI) pone a disposición de los contribuyentes varios canales para información y asistencia:
- Llame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional.
- Los centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios.
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