Descubre las Disposiciones Clave que Regulan el Subsidio para el Empleo en México y Cómo Beneficiartepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Alguna vez has mirado tu recibo de nómina y te has preguntado cómo se equilibra realmente lo que ganas frente a lo que pagas de impuestos? El subsidio al empleo es un apoyo fiscal dirigido a trabajadores asalariados pero que tienen ingresos bajos. Es un beneficio fiscal diseñado para apoyar a los trabajadores remunerados con bajos ingresos, para reducir el impacto del impuesto sobre la renta en su economía. Aunque muchas veces pasa desapercibido en el recibo de nómina, el subsidio al empleo puede marcar una diferencia real en lo que recibes cada quincena o mes. El gobierno lo creó para ayudar a quienes ganan poco, asegurándose de que no les descuenten tanto de impuestos y, así, tengan más ingreso disponible. Su objetivo es aliviar tu carga de impuestos y aumentar tu ingreso neto. En resumen, el subsidio al empleo reduce el ISR para trabajadores formales con sueldos bajos: se descuenta directo en nómina, sin trámites ni reembolsos.

Marco Legal y Últimas Actualizaciones

El pasado miércoles 01 de mayo de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición vespertina, el “DECRETO que otorga el subsidio para el empleo”. Este nuevo decreto establece importantes disposiciones respecto al subsidio para el empleo (en adelante SUBE), dirigido específicamente a trabajadores mencionados en el artículo 94, primer párrafo y fracción I, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (en adelante ISR). Este subsidio, contemplado en el artículo primero del presente decreto, entra en vigor como una alternativa al SUBE previamente establecido en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013.

Continúa señalando el Considerando que el citado subsidio actualmente está regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta, y principalmente en el Artículo Décimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013 (en adelante el Decreto 2013). Que el incremento progresivo en los salarios y el salario mínimo ha provocado que el subsidio para el empleo pierda efectividad como mecanismo de apoyo fiscal al ingreso de los trabajadores, lo que ha llevado a que aquellos que antes se beneficiaban con el subsidio para el empleo, ahora enfrenten una mayor carga tributaria, debido a que la tabla del artículo 1.12.del decreto que compila diversos beneficios fiscales, ya citado, quedó superada al establecer como máximo límite superior, ingresos por $7,382.33. Los ajustes que siguen impactando el subsidio al empleo en 2026 vienen desde reformas recientes y son cambios consecuentes de nuevas reglas de aplicación, vigencia y cálculo del subsidio. El presente decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2024. El Servicio de Administración Tributaria podrá emitir las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente decreto.

¿Quién Puede Recibir el Subsidio al Empleo?

No cualquiera puede subirse a este tren del ahorro fiscal. Pueden recibir el subsidio al empleo quienes tienen un empleo formal, ganan dentro de los límites que establece la ley y están registrados en el SAT. Para calificar, debes cumplir con lo siguiente:

  • Tener un empleo formal. Si trabajas por tu cuenta o en la informalidad, esto no aplica para ti.
  • Ganar dentro de los límites establecidos. El subsidio mensual se otorgará a los trabajadores mencionados, siempre y cuando sus ingresos mensuales, base para calcular el ISR, no excedan los $9,081.00 (nueve mil ochenta y un pesos 00/100 M.N.), excluyendo ciertos conceptos como primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones. Sin embargo, para el año 2026, el subsidio al empleo aplica para quienes tienen ingresos dentro del límite que fija cada año el Decreto del subsidio para el empleo publicado en el Diario Oficial de la Federación: para 2026 ese tope es de $11,492.66 pesos de ingreso mensual. Si ganas más, te quedas fuera.
  • Estar registrado en el SAT. Si no tienes RFC, ni lo intentes, porque no hay forma de que lo apliquen sin eso.

Si cumples con estos requisitos, el subsidio debe reflejarse directamente en tu nómina. En los casos en que el impuesto a cargo del trabajador sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido, la diferencia no podrá aplicarse contra el impuesto que resulte a su cargo posteriormente, ni se entregará cantidad alguna por concepto del subsidio para el empleo.

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Cálculo y Aplicación del Subsidio al Empleo en 2026

Algo que seguramente debes preguntarte es ¿cómo se hace este cálculo del subsidio al empleo 2026? Para el año 2026, el subsidio al empleo ya no se calcula con la vieja tabla por rangos: ahora es una cuota mensual equivalente al 15.02% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), siempre que tu ingreso mensual no rebase los $11,492.66 pesos, según el Decreto que otorga el subsidio para el empleo publicado en el Diario Oficial de la Federación. El porcentaje se calcula sobre el valor mensual de la UMA que cada año publica el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), vigente a partir del 1 de febrero. Cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, el monto se obtiene al dividir el subsidio mensual entre 30.4 y posteriormente se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo.

Dicho subsidio para el empleo se aplicará contra el impuesto sobre la renta correspondiente al mes de calendario de que se trate y que resulte a cargo de los referidos trabajadores, en términos del artículo 96 de la LISR. Aquí no hay trámites eternos ni filas en el SAT. El subsidio se aplica de manera automática en tu nómina. Funciona así: Tu patrón revisa cuánto te toca de subsidio según tu salario. Ese monto se descuenta del ISR que te deberían retener. Lo que sobra, si es que sobra, se refleja en tu recibo de nómina. Gracias a eso recibes más dinero en tu cuenta. Por eso conviene revisar tu recibo para confirmar que el cálculo se refleje bien. Si tienes dudas o notas algo extraño en las cifras, consulta directamente con el área de Recursos Humanos de tu empresa para que te aclaren cómo hicieron el cálculo.

Casos Especiales: Empleadores Múltiples y Cálculo Anual

Cuando los trabajadores presten servicios a más de un empleador deben elegir, antes de recibir el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año de calendario de que se trate, al empleador que les aplicará el subsidio para el empleo, en cuyo caso, deberán comunicar esta situación por escrito a los demás empleadores, a fin de que ellos ya no les apliquen el subsidio para el empleo correspondiente. En este caso, los empleadores deberán conservar dichos escritos como parte de la contabilidad que deban llevar conforme a las disposiciones fiscales.

En el decreto se detallan las obligaciones y procedimientos para aquellos que deben realizar el cálculo anual del ISR. Al calcular el impuesto anual, el impuesto a cargo del trabajador se disminuirá con la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al trabajador. En el caso de que el impuesto calculado conforme al artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea mayor que la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al trabajador, el retenedor considerará como impuesto a cargo del trabajador la diferencia que resulte. Contra el impuesto que resulte a cargo se acreditará el importe de los pagos provisionales realizados en los términos del artículo 96 de la citada ley.

En el caso de que el impuesto determinado conforme al artículo 152 de la LISR sea menor a la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al trabajador, no habrá impuesto a cargo del trabajador, ni se entregará cantidad alguna a este último por concepto de subsidio para el empleo. Los trabajadores referidos en el primer párrafo y la fracción I del artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que estén obligados a presentar declaración anual en los términos de la LISR, podrán acreditar contra el impuesto del ejercicio determinado conforme al artículo 152 de la LISR, el monto que por concepto de subsidio para el empleo se determinó durante el ejercicio fiscal correspondiente, previsto en los comprobantes fiscales que para tales efectos les sean proporcionados por el retenedor, sin exceder del monto del impuesto del ejercicio determinado conforme al citado artículo 152.

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Obligaciones del Empleador y Errores Comunes

No todo es miel sobre hojuelas. Tu patrón tiene que hacer bien las cosas y asegurarse de:

  • Calcular correctamente el subsidio. No queremos errores que te dejen con menos dinero del que te toca.
  • Aplicarlo en la nómina. Si desapareció misteriosamente de tu recibo, pregunta.
  • Reportarlo al SAT. Si no lo reporta, luego vienen los problemas.

Si crees que tu jefe no está aplicando el subsidio como debe, no dudes en pedir una revisión. Un error en el sistema de nómina, en las retenciones o en el cálculo del ISR puede generar diferencias importantes. Cuando eso pasa, el cálculo deberá identificar correctamente el empleo correspondiente a dicho pago y el periodo al que corresponda, evitando errores en el cumplimiento de la obligación que se tenga con el SAT por parte de los patrones. No podremos acreditar contra ISR a cargo o retenido (o solicitar la devolución) de los 26.77 de subsidio para el empleo entregado al trabajador por ser improcedente. Debemos tomar en cuenta que esto puede aumentarse por el número de trabajadores, de los cuales no tengamos la autorización para aplicarles el subsidio para el empleo y que lo estén recibiendo de otro patrón, que si cuente con la autorización, y por el número de años transcurridos en la irregularidad, hasta un máximo de 5 años.

Diferencia entre Subsidio Causado y Subsidio al Empleo Aplicado

Aquí es donde la cosa se complica (pero no te preocupes, te lo explico facilito). El subsidio al empleo es el apoyo fiscal que realmente te aplican en la nómina. Es el dinero que sí ves. El subsidio Causado es el monto que se generó en el cálculo, aunque no necesariamente se aplique por completo. En resumen, el subsidio causado es como el precio de lista, y el subsidio al empleo es el descuento final que realmente se te aplica.

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