Guía Definitiva para Solicitar Devoluciones de Cuotas Escolares y Simplificar Trámites Fiscalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Ante el aumento del desempleo por la pandemia, los padres se han quedado sin recursos para seguir solventado las colegiaturas de sus hijos, por lo que muchos han decidido sacarlos de las escuelas privadas para que cursen el siguiente ciclo escolar en el sector público.

Devolución de Cuotas de Reinscripción Escolar

Hace pocas semanas se conoció el caso de un funcionario público que procedió legalmente contra un colegio exigiendo la devolución de las cuotas de reinscripción, a lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) le dio la razón.

Marco Normativo para Solicitudes de Devolución Fiscal

La solicitud de devoluciones fiscales se rige por diversas disposiciones legales y reglas misceláneas. A continuación, se detallan las principales normativas aplicables:

  • Código Fiscal de la Federación, artículos: 17-D, 22, 22-D, 37 y 134, fracción I.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, reglas: 2.2.1., 2.2.2., 2.3.2., 2.3.3., 2.3.4., 2.3.8., 2.3.9., 2.3.13., 2.3.14., 2.3.16., 3.13.7., 4.1.5., 4.1.6., 4.1.10. y 9.5.
  • Ley de Impuesto Sobre la Renta, artículo: 97.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 5, fracción VI, 6.
  • Ley de IDE, artículos: 7 y 8.

Tipos de Devoluciones Fiscales y sus Requisitos Específicos

Devolución de Saldo a Favor del ISR para Personas Físicas

Tratándose de Personas Físicas que soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en la declaración del ejercicio de conformidad a la regla 2.3.2. Las Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma Portable, pueden aplicar bajo ciertas condiciones.

Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Por Proyectos de Inversión

La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución de un proyecto de inversión que se realice en los términos de la regla 4.1.6. Las adquisiciones realizadas correspondan a bienes nuevos adquiridos o importados de forma definitiva, a partir de enero de 2016 y se utilicen permanentemente en territorio nacional.

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Es un requisito que en los doce meses anteriores al mes en que se presente la solicitud de devolución conforme a la presente regla, no tengas resoluciones por las que se te hayan negado total o parcialmente cantidades solicitadas en devolución por concepto del IVA, en más del 20% del monto acumulado de las cantidades solicitadas en devolución y siempre que dicho monto acumulado no exceda de $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).

Otras Consideraciones para Devolución de IVA

La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución que se realice en los términos de la regla 2.3.13. Asimismo, la información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución que se realice en los términos de la regla 2.3.14.

Que en los doce meses anteriores al mes en que se presente la solicitud de devolución conforme a la presente regla, el contribuyente no tenga resoluciones por las que se le hayan negado total o parcialmente cantidades solicitadas en devolución por concepto del IVA en más del 20% del monto acumulado de las cantidades solicitadas en devolución y siempre que dicho monto acumulado no exceda de $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).

Documentación y Requisitos Generales para Solicitudes de Devolución Fiscal

Para la presentación de cualquier solicitud de devolución, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de condiciones:

  • Identificación Oficial: Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Para residentes en el extranjero, Pasaporte vigente o constancia de estatus migratorio expedida por la Secretaria de Relaciones Exteriores de la persona que solicita la devolución.
  • Representación Legal: En caso de representación legal, el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público.
  • e.firma: Contar con e.firma. Deberás presentar tu solicitud a través del FED conforme a lo señalado en la regla 2.3.4.
  • Estado de Posición Financiera: Estado de posición financiera del año inmediato anterior al que presentas la solicitud de devolución o del periodo mensual más reciente que se tenga en los casos de ser de reciente creación o por inicio de operaciones.
  • Acreditación de Inversión: Precisar y documentar si la inversión en activo fijo va a ser destinada en su totalidad a actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA, indicando además las estimaciones de saldos a favor que se solicitarían cada mes.
  • Comprobantes Fiscales: Adjuntar en archivo comprimido en formato ZIP de forma digitalizada los CFDI emitidos. En su caso, deberás adjuntar en archivo digitalizado y comprimido en ZIP, los comprobantes fiscales en los que conste el precio de adquisición de diésel o biodiésel y sus mezclas, las cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF.
  • Acreditación de Propiedad o Posesión: Para acreditar el Régimen de propiedad de la unidad de producción anexar copia del título de propiedad, escritura pública o póliza, certificado de derechos agrarios o parcelarios o acta de asamblea. Para acreditar el Régimen de posesión legal de la unidad de producción: contratos de arrendamiento, usufructo, aparcería, concesión, entre otros.
  • Recibo Bancario: Recibo bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales.
  • Residentes en el Extranjero: Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.

Proceso y Consideraciones Adicionales para las Devoluciones

  • Revisión Previa: Previo a la presentación de su primera solicitud de devolución, podrán solicitar a la autoridad fiscal que revise la información y documentación con la que cuente en ese momento.
  • Historial de Negativas: Que las últimas doce solicitudes de devolución no hayan sido negadas total o parcialmente por la autoridad fiscal, en más del 20% del monto solicitado y siempre que éste no exceda de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.). Cuando se hayan emitido las resoluciones negativas a las solicitudes de devolución, dichas resoluciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas.
  • Documentación Adicional: En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada. La documentación que podrá ser requerida por la autoridad incluye documentos que debes presentar conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayas omitido o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
  • Lugar de Presentación: Ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), ubicada en Avenida Hidalgo Número 77, Módulo III planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P.

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