Descubre Todo Sobre el Reparto de Utilidades (PTU) y su Tratamiento Fiscal en México ¡No Te Lo Pierdas!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El reparto de utilidades es un derecho constitucional que garantiza a los trabajadores recibir una parte justa de las ganancias de una empresa. La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es, en esencia, un reconocimiento al esfuerzo de quienes ayudan a que el negocio crezca. Este derecho está respaldado por la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, Apartado A, Fracción IX de la Constitución y reforzado en el artículo 117 de la LFT.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

La ley establece que el monto total de la PTU que debe repartirse es el 10% de la utilidad fiscal anual que la empresa declara ante el SAT. La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:

  • Primera parte: Se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
  • Segunda parte: Se reparte con base en el salario anual de cada uno. Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones o primas.

¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?

Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más. Tienen derecho a recibir este pago los empleados actuales, mamás en incapacidad por maternidad, trabajadores con incapacidad del IMSS y ex empleados con contrato indefinido. Por el contrario, no tienen derecho a PTU los directores, administradores y gerentes generales, trabajadores domésticos, prestadores de servicios por honorarios y socios o accionistas.

Tratamiento fiscal y retención de ISR

Al recibir el pago de participación en las utilidades, los trabajadores también deben considerar la retención de impuestos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Según el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las utilidades están exentas de impuestos hasta el equivalente a 15 días de salario mínimo (o 15 UMAs). Para montos superiores, se aplica un impuesto sobre el excedente.

Tabla de plazos para el pago de PTU

Tipo de empleador Periodo de pago
Personas morales 1 de abril al 30 de mayo
Personas físicas con actividad empresarial 1 de mayo al 29 de junio

El cálculo del impuesto sobre el excedente de la PTU sigue un proceso específico donde se determina la “utilidad gravada”, se obtiene una utilidad promedio diaria y se calcula la tasa de retención aplicable conforme al artículo 174 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Es importante recordar que si el trabajador no reclama su pago, la cantidad no se queda en el limbo; la ley indica que debe sumarse a las utilidades a repartir en el siguiente ejercicio fiscal.

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