¿Alguna vez te has preguntado cómo se equilibra realmente lo que ganas frente a lo que pagas de impuestos? El subsidio al empleo es un apoyo fiscal dirigido a trabajadores asalariados pero que tienen ingresos bajos. Este mecanismo busca incrementar el ingreso disponible de los trabajadores con menores recursos.
La Naturaleza del Subsidio para el Empleo
En la misma exposición de motivos se señala que para lograr que esta medida se traduzca en un incremento en el ingreso disponible para los trabajadores de menores recursos, se sugiere establecer que el monto en que exceda el crédito fiscal al impuesto a cargo, sea entregado al trabajador en efectivo. A fin de lograr este objetivo, se propone establecer la obligación a los empleadores de entregar directamente dicha cantidad a los trabajadores, permitiéndoles acreditar estos pagos contra cualquier impuesto federal a su cargo, o en su carácter de retenedores (en el subsidio para el empleo se limita este acreditamiento solo a ISR a cargo o ISR retenido).
El subsidio al empleo no es un impuesto. Es un sistema de redistribucion de la riqueza. Haciendo que algunos trabajadores se beneficien a traves de los flujos del patron. Quien a su vez debe de cubrir menor ISR. Ya sea de su ISR propio que pagaria como negocio, o en su defecto disminuir el pago en las retenciones de ISR que haria a terceros (si se tienen salarios, honorarios y arrendamiento, dividendos, comisiones, etc) en caso de que les sea afectos a este tipo de retenciones.
Definición Legal del Crédito al Salario
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. Tesis: 2a. CRÉDITO AL SALARIO. TIENE LA NATURALEZA DE UN ESTÍMULO FISCAL Y, POR ENDE, NO LE SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD Y PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIAS, NI TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE DESTINO AL GASTO PÚBLICO . El crédito al salario no puede ser catalogado como una contribución de las consignadas en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que no constituye un impuesto, aportación de seguridad social, contribución de mejoras o un derecho, previstos en el artículo 2o. del Código Fiscal de la Federación, ni tampoco como una prestación obligatoria a favor del Estado que pueda ser exigida coactivamente y esté destinada a contribuir a los gastos públicos de la Federación, sino que debe considerarse como un estímulo fiscal otorgado a favor de los trabajadores de menores recursos que presten un servicio personal subordinado. Es decir, el crédito al salario se traduce en un impuesto negativo o un no pago del impuesto sobre la renta que pudieran tener a su cargo los trabajadores asalariados a los que está dirigido, el cual corre a cargo del Estado, en virtud de que es el fisco federal quien lo otorga con el propósito de incrementar los ingresos disponibles del trabajador.
Acreditamiento del Subsidio contra ISR
Siempre que sea procedente, el patrón debe entregar el subsidio al empleo a los trabajadores disminuyéndolo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que tengan a su cargo. Esto se refuerza con base en lo establecido en la regla 3.17.12. Supongamos que a una persona, no obstante que en algunos meses le resultó cantidad a pagar, no enteró monto alguno por concepto de sus pagos provisionales de ISR, debido a que los cubrió mediante el acreditamiento del subsidio al empleo.
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¿Es Posible Acreditar el Subsidio contra IVA?
La pregunta central en el tratamiento fiscal del subsidio para el empleo es si se puede acreditar contra el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Segun por mi parte no se pudiera [acreditar contra IVA] te dire mi razones, pudiera estar equivocado. Como no existe una declaracion que cause, se pague y deje un saldo a favor. Como cualquier impuesto o contribucion. Ese problema te imposibilita o transgrede para solicitar su DEVOLUCION o su COMPENSACION.
Improcedencia de Compensación y Devolución contra IVA
La compensacion desde mi prespectiva seria improcedente por no tratarse de una contribucion que se cause y se pague, determinar el monto a favor. Por otro lado la LIVA, tampoco te permite alguna disposicion por compensacion. Dentro del codigo si permite la devolucion y compensacion pero indica por contribuciones. Desde mi apreciacion como te señalo no se trata de una contribucion pues no hay una ley que le de esta categoria, si bien si aparece en una LISR, el impuesto es ISR no el subsidio, y esta tecnicidad a mi juicio es que seria improcedente y de ser el SAT no autorizararia una compensacion. En el caso de COMPENSACION el formulario solo te permite SALDO A FAVOR (Obvio de IVA) y pagos de lo indebido... cualquiera pues los pagos de lo indebido NO son saldos a favor de ISR, IVA, IMSS o lo que sea. Se pago en exceso algo que no procedia.
Consideraciones sobre la Devolución del Saldo a Favor del Subsidio
La devolucion todavia pudiera tramitarese en aquellos casos donde el acreditamiento seria improcedentes, pues no te sale ISR propio, ni tuvieras retenciones. A algunos contribuyentes las autoridades les rechazan la devolución del saldo a favor en la consideración de que no es saldo de ISR a favor sino saldo a favor de subsidio al empleo. No obstante lo señalado en el numeral 1, el saldo de nuestro ejemplo es saldo de ISR a favor y no de subsidio al empleo. Si la intención del legislador hubiera sido la de prohibir que un saldo a favor en las condiciones señaladas no fuera objeto de devolución bajo la figura de impuesto sobre la renta, hubiera establecido que el acreditamiento de los pagos provisionales de ISR contra el impuesto anual se haría sin considerar aquellos cubiertos con el acreditamiento de subsidio al empleo.
Cálculo y Aplicación del Subsidio al Empleo en 2026
Lo anterior, con fundamento en el artículo segundo y otras disposiciones fiscales, donde se define cómo se otorga el subsidio a trabajadores con menores ingresos mensuales, sin que este pueda exceder el monto mensual máximo permitido. Sigue manteniendo la lógica aplicada en años recientes, pero con ajustes ligados al valor actualizado de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Algo que seguramente debes preguntarte es ¿cómo se hace este cálculo del subsidio al empleo 2026? Pues bien, depende del tipo de periodo de pago y de los ingresos percibidos por el trabajador. Veamos, cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, el monto se obtiene al dividir el subsidio mensual entre 30.4 y posteriormente se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo. Hoy en día, este esquema ha sido simplificado. Cuando eso pasa, el cálculo deberá identificar correctamente el empleo correspondiente a dicho pago y el periodo al que corresponda, evitando errores en el cumplimiento de la obligación que se tenga con el SAT por parte de los patrones. Los ajustes que siguen impactando el subsidio al empleo en 2026 vienen desde reformas recientes y son cambios consecuentes de nuevas reglas de aplicación, vigencia y cálculo del subsidio. El subsidio al empleo está directamente vinculado a los incrementos del salario mínimo. Aunque muchas veces pasa desapercibido en el recibo de nómina, el subsidio al empleo puede marcar una diferencia real en lo que recibes cada quincena o mes. Un error en el sistema de nómina, en las retenciones o en el cálculo del ISR puede generar diferencias importantes. En caso de compensacion sugiero mejor comunicarme con el SAT cual es procedimiento apropiado para ese caso. No resulte luego una compensacion improcedente con recargos y actualizaciones No en unos cuantos meses despues.
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