Descubre Todo lo que Debes Saber Sobre la Tenencia y Documentación de Embarcacionespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La legalidad y correcta tenencia de embarcaciones en territorio nacional implica el cumplimiento de ciertos requisitos y la posesión de documentación específica. A continuación, se detallan los puntos fundamentales para comprender este proceso.

Acreditación de la Legal Estancia y Posesión de Embarcaciones

Para asegurar la conformidad con la normativa, es esencial conocer los documentos que acreditan la legalidad de una embarcación.

¿Con qué documentos se acredita la legal estancia, tenencia o posesión de una embarcación?

La legal estancia, tenencia o posesión de una embarcación se acredita con un Permiso de importación temporal de embarcaciones a nombre del extranjero o mexicano con residencia en México o en el extranjero expedido por BANJERCITO, o en su caso, la solicitud de importación temporal debidamente sellada por la Autoridad Aduanera, pedimento de importación definitiva o factura nacional.

Responsabilidad de la Custodia y Documentación a Bordo

Surge la pregunta sobre la necesidad de la presencia física del propietario o encargado a bordo de la embarcación.

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¿Es necesario que los dueños de las embarcaciones o alguna persona encargada se encuentre abordo de la embarcación?

No, cuando no se encuentre abordo el dueño o la persona encargada de la embarcación es la marina turística, quien en cumplimiento con la normatividad portuaria y aduanera, debe tener los documentos con los que se acredite la legal internación al país de las embarcaciones.

Restricciones de Transferencia y Enajenación

Es importante conocer las limitaciones impuestas a las embarcaciones importadas temporalmente respecto a su posible venta o transferencia.

¿Se puede enajenar la embarcación importada temporalmente?

No, en virtud de que el artículo 105 de la Ley Aduanera establece que la propiedad o el uso de las mercancías destinadas al Régimen de Importación Temporal no podrán ser objeto de transferencia o enajenación.

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Responsabilidad de los Datos en el Permiso de Importación Temporal

La precisión de la información proporcionada durante el trámite de importación temporal es crucial.

¿Son responsabilidad de BANJERCITO los datos plasmados en el permiso de importación temporal de la embarcación?

No, los datos proporcionados en el llenado de la solicitud de permiso de importación temporal son responsabilidad del interesado; quien al proporcionarlos debe asegurarse que el mismo permita identificar la embarcación a la que corresponde dicho permiso.

Costos y Duración de la Importación Temporal

Conocer los costos asociados y el tiempo permitido para la estancia de la embarcación en el país es fundamental para una planificación adecuada.

Costo del Trámite de Importación Temporal

¿El trámite para importar temporalmente embarcaciones de recreo y deportivas tiene algún costo?

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Sí, se debe de cubrir a favor de BANJERCITO una cantidad equivalente en moneda nacional dependiendo el lugar donde se adquiera dicho permiso.

Lugar de Adquisición del PermisoCosto (Dólares más IVA)
Módulos CIITEV y Consulados Mexicanos51
Vía Internet45

Plazo de Permanencia de Embarcaciones Importadas Temporalmente

¿Cuánto tiempo pueden permanecer en el país las embarcaciones después de haberse importado temporalmente?

Se pueden mantener en el país por un plazo de 10 años, prorrogable por 10 años más cumpliendo con los requisitos establecidos en la Regla 4.2.5.

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