En México, no todo ingreso se maneja igual ante el SAT. Hoy es cada vez más común trabajar por proyectos, colaborar con varias empresas o tener ingresos fuera de una nómina tradicional. En ese escenario, hay dos esquemas que suelen generar dudas: honorarios y asimilados a salarios. A primera vista pueden parecer lo mismo, pero en la práctica, no lo son.
Los honorarios asimilados a salarios se han vuelto cada vez más comunes en las empresas en México. Este esquema mezcla ciertas características de un trabajo con nómina con otras propias de la actividad independiente. Para muchas organizaciones y personas, puede representar una alternativa flexible y con beneficios fiscales. Aun así, no deja de ser una figura particular que genera dudas, sobre todo por lo que implica en temas de obligaciones, derechos y relación laboral. Entender bien cómo funciona evita problemas más adelante.
En este artículo, exploramos qué son los asimilados a salarios, sus implicaciones fiscales y laborales, así como los beneficios al optar por este esquema. Asimilados a salarios son uno de los esquemas de pago que se pueden hacer a los trabajadores de una empresa. Al efectuar el pago en esta modalidad se genera un recibo asimilable a salarios.
¿Qué es el régimen de honorarios asimilados a salarios?
Los honorarios asimilados a salarios son un esquema fiscal donde una persona física presta servicios de forma regular a una empresa, casi como si fuera parte del equipo, pero sin que exista una relación laboral formal. Es una figura que combina lo independiente con ciertos aspectos de un trabajo asalariado, y por eso se vuelve útil en algunos casos. El esquema de asimilados a salarios no aplica para todos los trabajadores, sino que está diseñado para personas que prestan servicios de manera eventual o sin una relación laboral formal.
Aquí el ingreso se trata, para efectos fiscales, de forma similar a un salario, aunque no exista una relación laboral subordinada. La diferencia principal es esta: quien te paga se encarga de retener el ISR por ti. Esto cambia bastante la dinámica, ya que no se necesita emitir factura por ese ingreso; quien te paga genera un CFDI de nómina especial. No se traslada ni se cobra IVA y el cálculo del impuesto lo hace quien te paga.
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Algunas de las principales características de este régimen son:
- Independencia: La persona que presta los servicios mantiene su independencia profesional.
- Regularidad: Los servicios se prestan de manera constante y periódica.
- Retención de ISR: La empresa que contrata retiene el Impuesto Sobre la Renta directamente del pago, igual que lo haría con cualquier empleado en nómina.
- Sin prestaciones laborales: Aunque el esquema se parece a una relación laboral, quien recibe honorarios asimilados no tiene acceso a prestaciones como seguridad social, aguinaldo, vacaciones o prima vacacional.
- No se necesita facturar: La persona no tiene que emitir una factura. La empresa que realiza el pago genera un comprobante fiscal de nómina, lo timbra y lo reporta ante el SAT.
Es importante recordar que el artículo 94 de la Ley del ISR establece casos específicos para este esquema, por lo que no es una opción libre para cualquier actividad y conviene validar con un contador si corresponde a cada caso.
¿Cómo surgen los honorarios asimilados a salarios?
En muchas ocasiones, las empresas necesitan contratar a expertos o consultores de manera independiente. Cuando estas personas reciben un pago por sus servicios, al monto se le llama honorarios, ya que legalmente hay una diferencia con el sueldo que los patrones pagan a sus subordinados.
Cuando una persona labora de manera independiente, ella es responsable de llevar un orden, sus cuentas y declarar impuestos es parte de sus obligaciones laborales. Una de las ventajas con las que cuentan los trabajadores de una empresa es que la responsabilidad fiscal recae en el patrón.
Hace algunos años, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público notó algo importante: muchos trabajadores independientes no estaban reportando ingresos ni pagando impuestos. A veces por desconocimiento, otras por evasión directa. Para atender esa situación, se abrió la puerta a que ciertos honorarios pudieran tratarse como si fueran parte de un salario. Así nació este esquema, que buscaba regularizar esos ingresos sin necesidad de formalizar una relación laboral.
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¿Cómo funcionan los honorarios asimilados a salarios?
Los honorarios asimilados a salarios ofrecen una alternativa fiscal para los trabajadores independientes que prefieren simplificar su gestión fiscal y reducir su carga administrativa, aunque a costa de no tener acceso a ciertas prestaciones sociales. La manera en que funcionan es la siguiente:
- Solicitud del trabajador: El trabajador independiente debe solicitar a su principal cliente que le pague bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios. Esto se puede hacer si más del 50% de sus ingresos provienen de una sola empresa.
- Retención de impuestos: La empresa que paga los honorarios se encarga de retener el ISR de los ingresos del trabajador, similar a cómo lo haría con un empleado asalariado. La retención inicial es del 30%.
- No emisión de factura: El trabajador no necesita emitir comprobantes fiscales (CFDI) ni presentar declaraciones mensuales de ISR ni IVA. La empresa se encarga de hacer las retenciones y declaraciones fiscales.
- Sin relación de subordinación: Es importante que no exista una relación de subordinación entre el trabajador y la empresa. Esto significa que el trabajador no debe estar bajo la dirección y control de la empresa, sino que presta servicios de manera independiente.
Para que el esquema de asimilados a salarios funcione bien, debe haber un análisis tanto de la empresa como del trabajador, para saber si se adapta a las necesidades de la relación laboral.
Documentación mínima recomendada
Para contratar bajo el esquema de asimilados a salarios, es importante contar con ciertos documentos que respalden la naturaleza de la relación. No es solo un tema administrativo: ayuda a reducir riesgos ante una posible revisión. Se recomienda tener a la mano lo siguiente:
- Carta firmada por el prestador, donde acepta recibir pagos bajo el esquema de asimilados.
- Contrato de prestación de servicios, bien redactado y firmado por ambas partes.
- Evidencia de que la actividad no forma parte del objeto social directo de la empresa.
- Registro fiscal actualizado del prestador ante el SAT.
Es importante para las empresas, dentro de sus buenas prácticas, el tener un control adecuado de los recibos emitidos, retenciones de ISR y documentación contractual, ya que esto ayuda a evitar inconsistencias ante una revisión del SAT. Antes de optar por este esquema, es muy importante definir la duración del proyecto de manera clara, las actividades a desempeñar y las condiciones de pago dentro de un contrato.
Honorarios Asimilados a Salarios vs. Trabajo por Honorarios
El trabajo por honorarios se refiere a la prestación de servicios profesionales de manera independiente, donde formalmente no existe una relación de subordinación entre quien ofrece el servicio y quien lo contrata. En el esquema de honorarios, el profesional es completamente independiente y debe emitir facturas ante el SAT con IVA. Además, debe realizar declaraciones periódicas y llevar un control más estricto de su contabilidad. Quienes trabajan por honorarios tienen responsabilidades fiscales específicas, como la emisión de facturas y el pago de impuestos como el ISR y el IVA.
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El trabajo por honorarios se distingue por su flexibilidad y la autonomía que existe entre el trabajador independiente y la empresa que contrata sus servicios. Los profesionales por honorarios tienen la libertad de decidir cómo, cuándo y dónde realizar sus actividades. Este tipo de colaboración se regula mediante un contrato civil de prestación de servicios, y no bajo las leyes laborales tradicionales. Aunque el contrato puede detallar los servicios esperados, no debe incluir un listado exhaustivo de tareas diarias.
A continuación, se presenta una tabla comparativa de las diferencias clave entre ambos esquemas:
| Característica | Honorarios | Asimilados a Salarios |
|---|---|---|
| Facturación | Tú emites el CFDI. | Quien te paga emite el CFDI de nómina. |
| ISR | Tú lo declaras; puede haber retenciones según el caso. | Quien te paga lo retiene. |
| IVA | Generalmente aplica IVA. | No aplica IVA. |
| Deducciones | Puedes deducir gastos relacionados con tu actividad. | No funciona como un esquema de deducción de gastos de actividad. |
| Prestaciones | Por sí mismo, no equivale a una relación laboral con prestaciones. | Por sí mismo, no equivale a una relación laboral con prestaciones. |
| Marco Legal | Se rige por el Código Civil y la Ley de Profesiones. | Aunque no existe relación laboral directa, se asimila a la estructura de un empleo tradicional para efectos fiscales. |
La elección entre trabajo por honorarios o salarios asimilados dependerá de las necesidades específicas de tu organización.
El recibo de honorarios sirve para que las empresas o negocios tengan constancia de haber cumplido con el pago de la prestación de servicios de un profesional. Por otro lado, es de suma importancia contar con el recibo de honorarios por parte de los profesionales como comprobante de ingresos, facilitando la obtención de bienes y/o servicios, créditos bancarios, hipotecarios, etc.
Ventajas de elegir el régimen de honorarios asimilados a salarios
El régimen de honorarios asimilados a salarios tiene ciertas ventajas que, en muchos casos, lo hacen atractivo tanto para quien presta el servicio como para la empresa que lo contrata. No es una solución para todos, pero sí puede funcionar bien cuando se busca una alternativa más flexible y menos burocrática. Este esquema es ideal para proyectos temporales o eventuales. Para una empresa, significa simplificar la contratación de personal temporal sin generar compromisos laborales a largo plazo, lo que le permite prescindir del pago de seguridad social y/o cuotas al IMSS, reduciendo así costos operativos.
Aquí algunas de las razones por las que este esquema suele considerarse:
- Flexibilidad en la forma de trabajar: Permite organizar el tiempo de manera más libre, sin estar atado a una jornada laboral tradicional. Esto puede ser útil en roles donde el enfoque está más en resultados que en horarios.
- Simplicidad administrativa: No hay que emitir facturas ni entrar en temas de IVA. Todo el proceso es más directo, especialmente para quienes no están familiarizados con los trámites fiscales.
- Certidumbre fiscal: El ISR se retiene automáticamente, lo que ayuda a evitar errores o complicaciones con el SAT. Esto le da a la persona un panorama más claro sobre sus obligaciones.
- Mayor ingreso neto disponible: Al no hacer aportaciones al IMSS ni a otros conceptos ligados a una relación laboral formal, el ingreso que recibe la persona puede ser más alto en el corto plazo.
- Trabajo administrativo no tan pesado: La empresa se debe encargar de retener el ISR, lo que es una carga menos para el trabajador en la presentación de sus declaraciones por los ingresos recibidos.
- No hay relación de subordinación: Lo que significa que, en términos legales, la empresa no puede exigir una jornada laboral al trabajador bajo este régimen.
Inconvenientes y Cuándo no utilizar el régimen de honorarios asimilados a salarios
Hay señales claras que indican que este esquema no aplica. En esos casos, insistir en usarlo puede resultar costoso, especialmente bajo el nivel de fiscalización actual. El problema no es elegir uno u otro esquema, es aceptar un pago sin entender qué implica. Esto suele terminar en no saber si se debe facturar o no, confusión al momento de declarar, y falta de control sobre lo que se está recibiendo.
Por otro lado, los asimilados a salarios no tienen acceso a IMSS, Infonavit o Afore, lo que puede ser un problema si requieren atención médica o desean cotizar para su retiro. Además, no es favorecedor para todos los trabajadores debido a la falta de formalidad, especialmente para aquellos que desean obtener derechos como la seguridad social.
La retención del 30% por ISR se realiza de manera inmediata, y adicionalmente no se cuenta con subsidio al empleo, lo que puede llevar a ingresos reducidos. No es recomendado en contratos de larga duración, pues el SAT puede detectar la falta de seguridad social y generar problemas legales para la compañía.
Se debe evitar si:
- El prestador tiene horario fijo o recibe instrucciones directas como un empleado.
- El puesto que cubre forma parte del corazón operativo de la empresa.
- La persona trabaja exclusivamente para la empresa, sin otros clientes ni libertad operativa.
- Se usa el esquema con el objetivo de abaratar la nómina o evadir el pago de IMSS.
En cualquiera de estos escenarios, lo más responsable es reconocer que hay una relación laboral formal y actuar conforme a la ley. A la larga, simular puede salir mucho más caro. En 2025, las autoridades siguen revisando de cerca el uso de este régimen, sobre todo cuando se utiliza como una forma de evadir cuotas o simular relaciones laborales. Si la empresa se pasa de la línea, el riesgo no es menor: puede recibir multas por no haber registrado al trabajador en seguridad social, además de los retroactivos.
Si un trabajador labora de manera continua en la empresa y cumple con un horario fijo, tareas recurrentes y subordinación, no debería estar bajo este esquema. Además, algunas empresas abusan de este esquema para evitar pagar la seguridad social y prestaciones.
Aun así, es importante no quedarse solo con los beneficios. Este esquema también tiene limitaciones, sobre todo en lo que se refiere a prestaciones y seguridad social. Por eso conviene analizar bien si se adapta al tipo de actividad y a los planes a futuro de cada persona o empresa.
Cálculo del ISR en honorarios asimilados a salarios
El cálculo del ISR en este tipo de ingresos se basa en las tablas de retención del ISR que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas tablas consideran factores como:
- Monto del pago: El importe total del honorario.
- Número de pagos al año: La frecuencia con la que se realizan los pagos.
- Otras deducciones: Si existen otras deducciones autorizadas por la ley.
Ejemplo simplificado
Supongamos que un profesionista recibe un honorario de $15,000 MXN al mes y que la tabla de retención indica una tasa del 30% para ese rango. El cálculo sería:
ISR a retener = $15,000 MXN * 30% = $4,500 MXN
Checklist para contratar bajo honorarios asimilados a salarios
Si tu empresa está considerando este esquema, vale la pena revisar estos puntos antes de firmar. No se trata solo de cumplir con lo fiscal, sino de evitar interpretaciones erróneas que puedan generar problemas legales. Para que el esquema sea válido, el prestador debe cubrir actividades que la empresa no realiza internamente, o bien que requieran un perfil muy específico. Además, no puede haber subordinación directa. Si hay horarios, reportes diarios o jefes que supervisan, la relación puede considerarse laboral.
- Asegurarse de que no exista subordinación: No debe haber horarios fijos, reportes diarios ni supervisión directa. Si el prestador trabaja como parte del equipo interno, ya no es independiente.
- Confirmar que el prestador acepta el esquema por escrito: Debe haber una carta o cláusula en el contrato donde quede claro que conoce el régimen y acepta recibir pagos bajo esa modalidad.
- Documentar que la actividad es independiente: Es importante contar con evidencia concreta del tipo de servicio: entregables, proyectos, consultorías o cualquier trabajo que no esté ligado a la operación diaria del negocio.
- Timbrar el CFDI correctamente: El comprobante debe emitirse como “asimilado a salarios”, sin usar términos como “nómina” en el PDF, ni agregar conceptos que se asocien a una relación laboral.
- Guardar evidencia de que el servicio no forma parte de la estructura interna: Esto puede incluir correos, minutas, contratos u organigramas donde se confirme que el prestador no ocupa un puesto operativo o estratégico dentro de la empresa.
Una buena práctica para evitar confusiones es que el prestador lleve un diario de actividades, firmado o validado por ambas partes. Sirve como evidencia si se llega a cuestionar la relación ante una inspección.
Preguntas frecuentes
¿Los vales de despensa aplican a los honorarios asimilados a salarios?
No, los vales de despensa generalmente están asociados a una relación laboral formal, con prestaciones de ley. Los honorarios asimilados a salarios se consideran un régimen fiscal para trabajadores independientes, por lo que no suelen tener acceso a este tipo de beneficio. Sin embargo, cada empresa puede tener sus propias políticas internas al respecto.
¿Se pueden cobrar viáticos en los honorarios asimilados a salarios?
Sí, es posible cobrar viáticos en el régimen de honorarios asimilados a salarios siempre y cuando estén debidamente comprobados y relacionados con las actividades realizadas para la empresa. Estos viáticos deben ser considerados como un ingreso adicional y se encuentran sujetos a impuestos.
¿Cuál es la relación entre UMA y honorarios asimilados a salarios?
La Unidad de Medida y Actualización (UMA) se utiliza como referencia para calcular diversos conceptos fiscales y económicos, incluyendo los honorarios asimilados a salarios. Por ejemplo, el monto exento de impuestos para este régimen se establece en función de un determinado número de UMAs. La UMA sirve como un índice que se actualiza periódicamente para reflejar la inflación.
¿Es necesaria una carta de recomendación para el régimen de honorarios asimilados a salarios?
No. Para entrar a este régimen no se pide una carta de recomendación como requisito. Lo que sí se necesita es cumplir con lo que marca Hacienda: emitir facturas, tener todo en regla y llevar bien el control de ingresos. Aun así, si alguien quiere usar una carta para mostrar su experiencia o dar confianza a quien lo contrata, puede hacerlo. Pero no es algo que pida la autoridad.
¿Un becario puede ser del régimen de honorarios asimilados a salarios?
No es lo más adecuado. Una beca, por lo general, está pensada para formación, no como un trabajo independiente. El esquema de honorarios asimilados a salarios está más orientado a quienes ya prestan un servicio regular y facturan por ello. En cambio, un becario está ahí para aprender, no para generar ingresos como proveedor. Por eso, lo mejor es manejarlo como un apoyo económico con reglas distintas, no meterlo en un régimen que no le aplica.
¿Los honorarios asimilados a salarios son parte del organigrama de la empresa?
No, los honorarios asimilados a salarios corresponden a personas que prestan servicios de manera independiente, por lo que no forman parte del organigrama de la empresa. Los trabajadores bajo este régimen no tienen una relación laboral subordinada, sino que son contratados para realizar tareas específicas.
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