La importación de vehículos es una actividad comercial en crecimiento en México. En julio de 2023, los vehículos fueron uno de los principales productos importados a México con 4,607 millones de dólares, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Puedes importar de manera definitiva y temporal vehículos para uso propio o bien para comercializarlos en cualquier región del país, trayéndolos desde cualquier parte del mundo.
Importación de vehículos nuevos
Por auto nuevo se considera aquel que tiene kilometraje cero, que ha salido de una agencia de autos o una fábrica. Solo pueden internarse al país vehículos nuevos que cumplan con haber sido adquiridos de primera mano.
- Tratados comerciales: A partir del año 2004 es posible la importación de vehículos nuevos libres de arancel, procedentes de Estados Unidos, Canadá y los países de la Unión Europea, de acuerdo con lo establecido en los tratados de libre comercio.
- Impuestos: Para poder determinar con exactitud las diferentes cuotas que deben pagar los autos nuevos, según su valor, se recomienda consultar el artículo 3° de la Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN).
- Requisitos: La importación de la unidad debe llevarse a cabo a través de una agencia aduanal legalmente establecida, contando con el pedimento de importación correspondiente para cada vehículo.
Importación definitiva de vehículos usados
El 01 de julio de 2011 el Ejecutivo Federal publicó el "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados". Las personas físicas y morales podrán efectuar la importación definitiva de un vehículo usado en cada periodo de doce meses, sin que se requiera su inscripción en el Padrón de Importadores. Cuando requieran importar más de un vehículo usado en un periodo de doce meses, deberán estar inscritas en el Padrón de Importadores.
Reglas y documentación clave
Para la importación definitiva, se deben considerar los siguientes puntos fundamentales:
- Factura: Se requiere copia de la factura expedida por el fabricante o distribuidor autorizado, a nombre del importador, con la cual se acredite la propiedad y el valor de los vehículos.
- Título de propiedad: El agente aduanal debe requerir al importador la presentación del original del título de propiedad, verificando que no contenga borraduras, tachaduras, enmendaduras o cualquier otra característica que haga suponer que ha sido alterado.
- Verificación de estatus: Es obligatorio confirmar mediante consulta que el vehículo no se encuentre reportado como robado, siniestrado, restringido o prohibido para su circulación en el país de procedencia.
Tabla de aspectos relevantes para la importación
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Arancel advalorem | 10% de impuesto general de importación (según el caso). |
| IVA | Tasa del 16% general o 11% en región fronteriza. |
| Pedimento | Es la declaración fiscal relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias; solo puede amparar un vehículo. |
| Vigencia registro | El registro para proveedores en el extranjero tiene una vigencia de dos años. |
Importación temporal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la Administración General de Aduanas (AGA), lleva a cabo el control de la importación temporal de vehículos. Este servicio se otorga a través del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito).
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Para realizar este trámite, el interesado deberá solicitar el permiso ante el personal de Banjercito del módulo CIITEV ubicado en la aduana de entrada, firmando una declaración en la que, bajo protesta de decir verdad, se compromete a retornar el vehículo dentro del plazo autorizado.
Consideraciones para el retorno: En todos los casos se debe presentar el vehículo ante el personal de Banjercito que opera los módulos CIITEV en las aduanas de salida, donde le darán su comprobante de retorno, el cual deberá conservar. Si usted no retorna el vehículo, su garantía se hará efectiva y Banjercito transferirá el monto a la Tesorería de la Federación.
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