Vamos a hablar sobre algo importante: ¿Cuánto tarda una licitación pública? ¿Te has preguntado alguna vez por qué lleva tanto tiempo? Imagínate que estás en una competición, pero no como correr o saltar, sino para conseguir un trabajo especial de la administración. Hay un montón de reglas y pasos en este juego. En resumen, el proceso de licitación pública es un juego regido por plazos y etapas «bien definidos», aunque en muchas ocasiones se pasan por alto. Desde la presentación de propuestas hasta la apertura de ofertas y la posterior adjudicación, cada fase tiene su propio tiempo y procedimientos específicos. La parte donde la administración decide quién gana se llama «adjudicación».
Es esencial destacar que el incumplimiento de los plazos, ya sea por parte de la administración o de los participantes, conlleva consecuencias significativas, desde la posibilidad de retirar ofertas hasta la asignación al siguiente clasificado en caso de falta de formalización del contrato. En este juego de tiempos y reglas, la transparencia y eficiencia son fundamentales para garantizar un proceso equitativo y efectivo.
Principios Generales de los Plazos en la Contratación Pública
Antes de entrar en detalle, es importante tener en cuenta que los plazos establecidos por días en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) son naturales, salvo que se indique expresamente que deben ser hábiles (aquellos que no son festivos ni fines de semana).
La Ley también establece cómo se computan estos plazos. Con la reforma a la LAASSP del 28 de mayo de 2009, se precisa que los plazos comienzan a computarse a partir de que la convocatoria a la licitación se publica en CompraNet. Por lo tanto, si por cualquier causa no aparece la publicación ahí, no pueden empezar a correr los términos y por ende el procedimiento está viciado de origen.
En el caso de las notificaciones a las que se refiere la LCSP, los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. Si la notificación a los licitadores y la publicación al perfil tienen lugar el mismo día: el plazo empieza a contar desde ese mismo día.
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Fases de una Licitación Pública y sus Plazos Clave
Publicación y Presentación de Propuestas
La presentación de propuestas es una etapa fundamental, y los plazos varían considerablemente según el tipo de procedimiento de contratación. A continuación, se detallan los plazos mínimos:
| Tipo de Procedimiento | Plazo Mínimo de Presentación de Propuestas / Solicitudes |
|---|---|
| Abierto Sujeto a Regulación Armonizada (SARA) - Obras, Suministros y Servicios | 35 días |
| Abierto Sujeto a Regulación Armonizada (SARA) - Concesiones de Obras y Servicios | 30 días |
| No Sujeto a Regulación Armonizada (no SARA) | 15 días |
| Abierto Simplificado | 15 días |
| Abierto Súper Simplificado | 10 días hábiles |
| Abierto Simplificado (para contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros) | 10 días hábiles |
| Restringido SARA - Plazo de presentación de solicitudes de participación (primera fase) y de presentación de proposiciones (segunda fase) | 30 días |
| Asociación para la Innovación SARA - Recepción de solicitudes de participación | 30 días |
Evaluación y Anormalidad de Ofertas
Durante el proceso de evaluación, la mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación deberá identificar si existen ofertas que se encuentren incursas en presunción de anormalidad. En este caso, la LCSP no especifica los días del plazo para la identificación inicial. Sin embargo, en caso de informe confirmando los indicios, se publica y notifica la suspensión a los licitadores para que en 10 días hábiles aleguen lo que consideren.
La modalidad de apertura de ofertas, ya sea presencial o virtual, puede ser llevada a cabo de manera pública o privada. Actualmente, se observa una creciente preferencia por la apertura virtual, utilizando plataformas de asistencia electrónica como Teams, Zoom o Google Meet.
Adjudicación del Contrato
La fase de adjudicación implica la revisión final de la documentación y la decisión sobre el ganador. Antes de la notificación definitiva, se lleva a cabo la entrega de documentación que respalde los requisitos previos, como la capacidad de obrar y solvencias, así como la formalización de la garantía definitiva. La constitución de la garantía definitiva debe hacerse en el plazo de requerimiento de 10 días hábiles antes de la adjudicación.
El plazo máximo para adjudicar el contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 158 LCSP, es de 15 días desde la apertura de las proposiciones en caso que el único criterio de adjudicación sea el precio; y 2 meses si hay varios criterios de adjudicación. Una vez que se haya presentado toda la documentación que respalda los requisitos previos, se llevará a cabo la notificación definitiva en un plazo de 15 días. La resolución de la adjudicación debe notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil del contratante en el plazo de 15 días desde la adjudicación (artículo 151 LCSP).
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Formalización y Ejecución del Contrato
Una vez adjudicado, el contrato debe formalizarse. La formalización definitiva del contrato deberá aguardar durante 15 días si existe la posibilidad de presentar recursos. En caso de ser susceptible a un Recurso Especial en Materia de Contratación (REMC), la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Posteriormente, se dispone de un plazo adicional de 5 días para la firma del contrato. La formalización del contrato se publicará en un plazo no superior a 15 días desde su firma.
En cuanto a la ejecución, el inicio de las prestaciones, si se ordena la ejecución del contrato sin tramitar expediente previo, debe realizarse en el plazo máximo de 1 mes desde la adopción del acuerdo. Una vez finalizada la ejecución, la Administración dispone de 1 mes para recepcionar o dar conformidad a la ejecución del contrato y debe realizar un acto formal de recepción (artículo 210 LCSP). A partir de la fecha de recepción del contrato, la Administración debe liquidar el contrato y abonar el precio del contrato en el plazo de 30 días.
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