Descubre las Fechas Clave y Requisitos Imprescindibles del Sistema Globalmente Armonizado (GHS)post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos (SGA o GHS por sus siglas en inglés) establece criterios armonizados para clasificar sustancias y mezclas con respecto a sus peligros físicos, para la salud y para el medio ambiente. Incluye además elementos armonizados para la comunicación de peligros, con requisitos sobre etiquetas, pictogramas y fichas de seguridad.

El SGA surge a partir de la necesidad de armonizar los sistemas existentes de clasificación, etiquetado y fichas de seguridad de productos químicos. La nueva norma de comunicación de peligros GHS requiere que los fabricantes, importadores y distribuidores de productos químicos proporcionen información sobre peligros a empleadores y trabajadores, poniendo un conjunto estandarizado de etiquetas en contenedores y preparando fichas de datos de seguridad universalmente uniformes. El concepto de armonización se centró en tres tipos de peligros: físicos, para la salud y al ambiente. La adopción del SGA comporta informar de los riesgos químicos a través de las fichas de datos de seguridad y de las etiquetas de sustancias y mezclas.

Antecedentes e Historia del SGA

Para entender de dónde parte la creación de un Sistema Globalmente Armonizado (SGA), debemos remontarnos a 1992, año en que tuvo lugar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo y Medio Ambiente (UNCED) en Brasil, surgida por iniciativa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La cita sirvió para poner en común los objetivos a cumplir para el desarrollo de un sistema global de armonización de criterios de clasificación y etiquetado, junto con fichas de datos de seguridad. Cada organización tomó una responsabilidad determinada:

  • La Organización Internacional del Trabajo (OIT) se encargó de los instrumentos de comunicación de peligros.
  • La Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló los criterios de clasificación de las sustancias y mezclas peligrosas para la salud y para el medio ambiente.
  • Expertos en el Transporte de Mercancías Peligrosas de las Naciones Unidas (UNSCETDG) establecieron los criterios de clasificación para peligros físicos.

El documento final fue aprobado en 2002 y en 2003 se publicó la primera versión. Un texto normativo debe concebirse como un organismo vivo que se adapte a las nuevas realidades, por esta razón se estableció una comisión de actualización y revisión continua. Pero una normativa cobra sentido cuando se lleva al campo de batalla, allí donde ha de ser útil, por lo que la fase más importante es la de implementación.

Fechas Límite y Requisitos de Actualización del SGA

La fecha límite del 1 de diciembre está a la vuelta de la esquina y exige que los fabricantes de productos químicos, los importadores, los distribuidores y los empleadores etiqueten los productos en el marco del nuevo sistema GHS. Los empleadores tienen hasta el 1 de junio de 2016, seis meses adicionales, para actualizar su programa alternativo de etiquetado y comunicación de peligros en el lugar de trabajo según sea necesario. La clave para los empleadores es actualizar sus SDS y datos de seguridad y vincular sus productos químicos a los códigos y estándares GHS.

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Las empresas proactivas verán la fecha límite como un momento oportuno para revisar y actualizar los inventarios químicos in situ y mejorar la seguridad en el lugar de trabajo a través de la capacitación de actualización. Como proveedor de productos químicos, es tu responsabilidad asegurarte de que tus hojas de datos de seguridad (FDS) sean precisas y estén actualizadas.

Las revisiones pueden ser necesarias para reflejar nueva información sobre peligros, nuevas medidas de protección o cambios en la información del producto. Es importante tener en cuenta que el requisito de que los proveedores actualicen las FDS cada tres años, como ocurría en WHMIS 1988, ya no se exige según las reglamentaciones actuales. Sin embargo, las FDS deben actualizarse o revisarse cuando el proveedor tenga conocimiento de cualquier "nuevo dato significativo" que cambie la clasificación de peligros o las formas de protegerse contra los peligros intrínsecos a la manipulación del producto. Se ha identificado nueva información significativa sobre un producto químico peligroso para el cual se envió una FDS. Todas las FDS deben indicar la fecha en que se revisó y actualizó por última vez. La responsabilidad del empleador de actualizar u obtener FDS actualizados en el lugar de trabajo está regulada por jurisdicción. A continuación, resumimos los requisitos reglamentarios para las revisiones de FDS en algunos de los principales países que han adoptado el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS).

Requisitos de Actualización por Región

  • China: Los estándares chinos GB/T 16483-2008 y GB/T 17519-2013 exigen que los proveedores mantengan información precisa en las fichas de datos de seguridad (FDS). A partir del 1 de abril de 2023, se requerirá revisar los riesgos para la salud en el uso de químicos peligrosos cada cinco años.
  • Taiwán: Un manipulador que fabrica o importa sustancias químicas tóxicas y preocupantes debe revisar, corregir y actualizar regularmente el contenido de las fichas de datos de seguridad. El proceso de revisión debe examinarse al menos una vez cada 3 años. Además, los registros de actualización de contenido, fecha y versión, etc. deben conservarse durante tres años para referencia futura.
  • Unión Europea (UE) y Estados Unidos (EE. UU.): El material indica que se han adoptado requisitos reglamentarios para las revisiones de FDS en estos territorios.

Elementos de Comunicación de Peligros del GHS

El SGA proporciona un sistema homologado internacionalmente en la clasificación y etiquetado de productos químicos. Bajo este sistema, las sustancias y las mezclas químicas se clasifican según el peligro que puedan comportar para la salud y el medio ambiente. La forma de comunicarlos es mediante las etiquetas y las Hojas de Datos de Seguridad. El SGA regula todos los productos químicos peligrosos, los cuales incluyen las sustancias, los productos, las mezclas, y las preparaciones, entre otros. El sistema incluye todo personal en contacto con estas sustancias, es decir, trabajadores, consumidores, trabajadores del transporte y responsables de atención en casos de emergencias.

Estructura de la Hoja de Datos de Seguridad (FDS)

Las FDS, también conocidas como SDS (Safety Data Sheets), constan de 16 secciones estandarizadas para proporcionar información completa sobre un producto químico peligroso, según el formato del GHS:

  1. SECCIÓN 1. Identificación de la sustancia química peligrosa o mezcla y del proveedor o fabricante.
  2. SECCIÓN 2. Identificación de los peligros: la clasificación de la sustancia química peligrosa o mezcla, conforme a lo que señala el GHS. Ver Apéndice A, Elementos de Comunicación de Peligros Físicos y para la Salud y cualquier información nacional o regional; los elementos de la señalización, incluidos los consejos de prudencia y pictogramas de precaución.
  3. SECCIÓN 3. Para sustancias: i. Identidad química de la sustancia; ii. Nombre común, sinónimos de la sustancia química peligrosa o mezcla; iii. Al menos el Número CAS, y número ONU, entre otros, y iv. Para mezclas. La identidad química y la concentración o rangos de concentración de todos los componentes que sean peligrosos según los criterios de esta Norma y estén presentes en niveles superiores a sus valores límite de composición en la mezcla.
  4. SECCIÓN 4.
  5. SECCIÓN 5.
  6. SECCIÓN 6.
  7. SECCIÓN 7.
  8. SECCIÓN 8.
  9. SECCIÓN 9.
  10. SECCIÓN 10. Estabilidad y reactividad: 1) Reactividad; 2) Estabilidad química; 3) Posibilidad de reacciones peligrosas; 4) Condiciones que deberán evitarse; 5) Materiales incompatibles, y 6) Productos de descomposición peligrosos.
  11. SECCIÓN 11.
  12. SECCIÓN 12.
  13. SECCIÓN 13.
  14. SECCIÓN 14.
  15. SECCIÓN 15.
  16. SECCIÓN 16.

Principios para el Etiquetado GHS

  • Cuando se utilice la palabra "Peligro", no debe aparecer la palabra “Atención".
  • En los casos en que el peligro no tiene asociado un símbolo, solamente se colocarán las palabras de advertencia y la indicación de peligro; en ningún otro caso deberá haber pictogramas sin símbolo.
  • Los dos siguientes números corresponden a la numeración consecutiva de los peligros según las propiedades intrínsecas de la sustancia química peligrosa y mezcla, tales como: la explosividad (códigos 200 a 210) y la inflamabilidad (códigos 220 a 230), etc.

La Importancia de la Prevención y la Seguridad Química

El riesgo derivado del uso de productos químicos en el entorno laboral es un hecho real. Las cifras nos pueden ayudar a hacernos una idea de la magnitud del problema: una de cada tres enfermedades profesionales se debe a la exposición a sustancias químicas peligrosas; esto significa que el riesgo de morir por exposición a una sustancia peligrosa es diez veces superior a hacerlo por accidente laboral. Estas cifras deben de hacernos reflexionar al respecto y tomar cartas en el asunto, ya que los riesgos son evitables.

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La prevención es la clave y la herramienta para evaluar los riesgos y tomar las medidas adecuadas son las normativas. Se trata de una responsabilidad compartida por todos los agentes que intervienen en este escenario y las empresas son uno de los principales focos, desde donde hay que trabajar para proteger la salud de las personas y el medioambiente. Toda persona en contacto con productos químicos debe conocer la peligrosidad de éstos y los efectos negativos que pueden producir. Solo mediante la integración del conocimiento se pueden evaluar los riesgos y reducirlos. La Reforma Laboral de 2012 y la expedición del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo en 2014, aunado a los cambios en las referencias internacionales, han propiciado la necesidad de actualizar la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. La implementación del SGA en los países del Mercosur y Chile es una de las herramientas para avanzar hacia la protección del medio ambiente y la salud, a través de un sistema de comunicación de peligros armonizado y comprensible para usuarios, fabricantes, trabajadores y consumidores.

Adaptaciones y Obstáculos en la Armonización Global

Mediante las revisiones periódicas, se recogen las particularidades de las normativas de cada país y, a su vez, éstos incorporan las novedades del SGA. Resulta que SGA no alertaba sobre el peligro de ciertas sustancias para la capa de ozono, pero en el reglamento CLP (de aplicación en la UE) sí (en concreto, la frase EUH059). En la revisión de 2011, SGA incorporó la frase H420 (“Causa daños a la salud pública y al medio ambiente al destruir el ozono en la atmósfera superior”); entonces, la UE la recogió en el Reglamento (UE) Nº 286/2011 (ATP 2 del CLP) y eliminó la frase EUH059.

Otra cuestión es la clasificación de sustancias, pues cada país tiene la suya y ponerse de acuerdo puede ser complejo. Por ejemplo, en la UE este aspecto está regulado por REACH, un reglamento muy exigente. Una normativa con una clasificación de sustancias más restrictiva y mayores limitaciones de uso sitúa en desventaja la industria de ese país, ya que topará con más dificultades a la hora de encontrar sustitutos para algunas sustancias, especialmente sin que afecte a los costes, y para gestionar la seguridad de sus productos y residuos. Por lo tanto, no disponer de unos criterios homogéneos por lo que respecta a la clasificación de sustancias afecta a la competitividad de las empresas. La armonización en esta materia se convierte en un camino lleno de obstáculos, ya que llegar a acuerdos entre todos los países puede influir sobre sus economías y, de entrada, nadie está dispuesto a ceder.

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