¿Alguna vez has escuchado sobre qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)? Ya sea que sí o no, este régimen fiscal te interesa para formalizar tu negocio si eres emprendedor, freelance (prestador de servicios), arrendador o tus ganancias son menores a 3.5 millones al año. El RESICO es un régimen fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2022 y está enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
Beneficios del Régimen Simplificado de Confianza
Elegir el RESICO ofrece varias ventajas que pueden beneficiar las finanzas personales, especialmente para quienes buscan regularizar sus negocios y registrarse ante el SAT. Este esquema ofrece las siguientes facilidades:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Declaraciones programadas.
- Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
A diferencia de otros regímenes, el RESICO ofrece beneficios como pagar entre el 1% y el 2.5% de sus ingresos solamente. Según el SAT, para las declaraciones, se utiliza como base los ingresos facturados y cobrados, lo que simplifica los trámites al contribuyente. El SAT hace los cálculos de ingresos y egresos para ofrecer una declaración anual precargada para que el contribuyente solo coteje saldos y pague.
¿Quiénes pueden formar parte del RESICO?
El RESICO está diseñado tanto para personas físicas (PF) como para personas morales (PM), siempre que cumplan con características específicas:
Personas Físicas
Incluye a profesionales independientes, pequeños comerciantes o quienes ofrecen servicios con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos. Pueden unirse contribuyentes provenientes de:
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- Actividades empresariales y profesionales: Talleres, restaurantes, consultorios, abogados, contadores, médicos, entre otros.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF): Tiendas de abarrotes, carnicerías, tianguistas, taxistas, plomeros, peluqueros, entre otros.
- Uso o goce de bienes inmuebles: Arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales.
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
Personas Morales
Se pueden integrar aquellas empresas con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos cuyos socios sean únicamente personas físicas y residan en México.
Tabla comparativa de beneficios clave
| Característica | Detalle |
|---|---|
| Tasa ISR (Personas Físicas) | 1% a 2.5% sobre ingresos |
| Límite anual (PF) | 3.5 millones de pesos |
| Límite anual (PM) | 35 millones de pesos |
| Gestión contable | Declaraciones precargadas (menor carga administrativa) |
Consideraciones importantes y restricciones
Es fundamental recordar que, debido a las pequeñas tasas de pago de ISR, las personas físicas no podrán deducir ningún tipo de gasto. Aunque el ISR se simplifica, el IVA continúa manejándose bajo las reglas generales; esto significa que el contribuyente debe seguir cobrando IVA en sus facturas cuando corresponda, declarar mensualmente el impuesto trasladado y acreditar el IVA de gastos relacionados con su actividad económica.
Por otro lado, existen restricciones para quienes deseen registrarse:
- Personas físicas que ingresen más de 3.5 millones de pesos.
- Personas morales que generen más de 35 millones de pesos al año.
- Quienes sean socios o accionistas de otras personas morales.
- Personas morales que realicen actividades a través de fideicomisos o asociación en participación.
Estar dado de alta en el RESICO ayuda a establecer un historial financiero sólido, lo que facilita el acceso a productos como créditos y mejores financiamientos bancarios. El Régimen Simplificado de Confianza es más que una estrategia fiscal para cumplir con tus obligaciones: es una oportunidad para formalizar tu negocio y crecer en la economía formal.
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