Descubre el Secreto de la Resolución Miscelánea para Declaraciones Omitidas ¡No Cometas Errores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el ejercicio fiscal 2025, publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el Diario Oficial de la Federación, establece las reglas aplicables para los contribuyentes que deban subsanar la irregularidad o desvirtuar la causa detectada ante la autoridad competente. Este marco regulatorio define los medios de contacto y los procedimientos para regularizar la situación fiscal derivada de declaraciones omitidas.

Reglas de la RMF relacionadas con declaraciones omitidas y multas

Dentro del Código Fiscal de la Federación (CFF), se establecen disposiciones específicas para la reducción de multas y regularización de adeudos fiscales, aplicables tanto para personas físicas como para personas morales. A continuación se detallan las reglas clave vigentes:

  • Regla 2.14.6: Supuestos por los que no procede la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF.
  • Regla 2.14.7: Condiciones para que surta efectos la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF.
  • Regla 2.14.8: Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF.
  • Regla 2.14.11: Reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF que deriven de la aplicación de pérdidas fiscales indebidas.
  • Regla 2.14.14: Reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, por incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con motivo de la vigilancia en materia de presentación de declaraciones.
  • Reglas 9.18. a 9.29.: Estímulo fiscal para regularizar adeudos para personas físicas y personas morales.

Efectos y plazos de las multas

El contribuyente debe cumplir con el pago de la parte no reducida de la multa en el plazo que le fue otorgado. De no hacerlo, la reducción de la multa por aplicación indebida de pérdidas fiscales o por declaraciones omitidas que debieron presentarse en el año calendario en curso perderá sus efectos. La solicitud de reducción se debe presentar a través del portal del SAT utilizando los formularios de las declaraciones correspondientes.

Estructura del Título 2 del CFF en la RMF

Para mayor claridad sobre la ubicación y fundamento de las reglas aplicables, se presenta la siguiente tabla con la estructura general de las disposiciones vigentes en el Código Fiscal de la Federación:

Capítulo / Sección Descripción general Reglas aplicables
Capítulo 2.1. Disposiciones Generales Reglas 2.1.1. a 2.1.51.
Capítulo 2.2. De los Medios Electrónicos Reglas 2.2.1. a 2.2.22. (incluyendo la e.firma y el buzón tributario)
Capítulo 2.3. Devoluciones y Compensaciones Reglas 2.3.1. a 2.3.15.
Capítulo 2.4. De la Inscripción en el RFC Reglas 2.4.1. a 2.4.17.
Capítulo 2.5. De los Avisos en el RFC Reglas 2.5.1. a 2.5.24.

Uso de medios electrónicos y aclaraciones

El uso del buzón tributario y la e.firma activa son indispensables para interactuar con la autoridad y desvirtuar cualquier omisión. Las autoridades fiscales distintas al SAT, tales como organismos descentralizados o autoridades coordinadas de las entidades federativas, también participan en la vigilancia y cobro de créditos fiscales determinados, utilizando los mismos medios de contacto establecidos en la Regla 2.2.18.

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