Febrero es el mes donde realmente empezamos a cumplir los propósitos de año nuevo: iniciamos la dieta con el nutriólogo o retomamos la terapia psicológica. Afortunadamente, desde hace algunos años, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) permite deducir estos honorarios médicos específicos. El poder realizar deducciones personales conlleva a poder realizar gastos que benefician a los contribuyentes, permitiendo un ahorro significativo en la declaración anual.
Fundamentos legales para la deducción
El fundamento está en el Artículo 151, Fracción I de la LISR. En materia del Impuesto sobre la Renta (ISR) los honorarios médicos son deducibles, y este concepto incluye los servicios de psicología y nutrición. La ley es generosa al evaluar que el aspecto psicológico (mental) también es parte de lo que a nivel internacional se considera "salud". Lo anterior se encuentra patente en la jurisprudencia 1a./J, donde se reconoce que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
Con la modificación a la normativa vigente, el SAT permite devolver impuestos por los gastos del psicólogo y nutriólogo. Lo anterior, según un comunicado del SAT, se realiza con el fin de disminuir la incidencia de enfermedades ocasionadas por el sobrepeso y la obesidad (tales como diabetes e hipertensión), que en edades mayores generan problemas serios para nuestra salud.
Requisitos indispensables para hacer válidas las deducciones
Para lograrlo, no basta con pedir la factura; debes cumplir requisitos muy estrictos. Para que la factura sea válida, el psicólogo o nutriólogo debe tener título profesional y cédula legalmente expedida. Los pagos por servicios profesionales de nutrición y psicología prestados por personas físicas son deducciones personales aplicables en la declaración anual.
Reglas de oro para no perder tu dinero:
- Factura electrónica: Debes solicitar tu CFDI siempre.
- Uso de CFDI: Este es el dato más importante. No dejes que le pongan "Gastos en General".
- Forma de pago: Aquí es donde el 90% de la gente pierde su dinero. Si pagas la consulta en EFECTIVO, la deducción se anula automáticamente, aunque tengas la factura.
- Medios electrónicos: El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
Otras deducciones personales permitidas
Además de los servicios de psicología y nutrición, los contribuyentes pueden incluir otros gastos dentro de sus deducciones personales en la declaración anual:
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| Concepto de gasto |
|---|
| Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. |
| Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. |
| Honorarios a enfermeras y análisis, estudios clínicos. |
| Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente y prótesis. |
| Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales. |
| Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. |
Recuerda que la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) exenta a los servicios médicos de dicho impuesto, por lo que, en principio, cumplen los supuestos para ser considerados gastos deducibles de forma adecuada si se siguen los protocolos de facturación y pago electrónico mencionados.
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