Guía Definitiva para Deducir Honorarios de Nutriólogos y Psicólogos ante el SAT ¡Ahorra en Tus Impuestos!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Febrero es el mes donde realmente empezamos a cumplir los propósitos de año nuevo: iniciamos la dieta con el nutriólogo o retomamos la terapia psicológica. Afortunadamente, desde hace algunos años, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) permite deducir estos honorarios médicos específicos. El poder realizar deducciones personales conlleva a poder realizar gastos que benefician a los contribuyentes, permitiendo un ahorro significativo en la declaración anual.

Fundamentos legales para la deducción

El fundamento está en el Artículo 151, Fracción I de la LISR. En materia del Impuesto sobre la Renta (ISR) los honorarios médicos son deducibles, y este concepto incluye los servicios de psicología y nutrición. La ley es generosa al evaluar que el aspecto psicológico (mental) también es parte de lo que a nivel internacional se considera "salud". Lo anterior se encuentra patente en la jurisprudencia 1a./J, donde se reconoce que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

Con la modificación a la normativa vigente, el SAT permite devolver impuestos por los gastos del psicólogo y nutriólogo. Lo anterior, según un comunicado del SAT, se realiza con el fin de disminuir la incidencia de enfermedades ocasionadas por el sobrepeso y la obesidad (tales como diabetes e hipertensión), que en edades mayores generan problemas serios para nuestra salud.

Requisitos indispensables para hacer válidas las deducciones

Para lograrlo, no basta con pedir la factura; debes cumplir requisitos muy estrictos. Para que la factura sea válida, el psicólogo o nutriólogo debe tener título profesional y cédula legalmente expedida. Los pagos por servicios profesionales de nutrición y psicología prestados por personas físicas son deducciones personales aplicables en la declaración anual.

Reglas de oro para no perder tu dinero:

  • Factura electrónica: Debes solicitar tu CFDI siempre.
  • Uso de CFDI: Este es el dato más importante. No dejes que le pongan "Gastos en General".
  • Forma de pago: Aquí es donde el 90% de la gente pierde su dinero. Si pagas la consulta en EFECTIVO, la deducción se anula automáticamente, aunque tengas la factura.
  • Medios electrónicos: El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Otras deducciones personales permitidas

Además de los servicios de psicología y nutrición, los contribuyentes pueden incluir otros gastos dentro de sus deducciones personales en la declaración anual:

Lea también: Consideraciones sobre la Exención de IVA en Honorarios Médicos

Concepto de gasto
Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Honorarios a enfermeras y análisis, estudios clínicos.
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente y prótesis.
Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios.

Recuerda que la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) exenta a los servicios médicos de dicho impuesto, por lo que, en principio, cumplen los supuestos para ser considerados gastos deducibles de forma adecuada si se siguen los protocolos de facturación y pago electrónico mencionados.

Lea también: Facturación de honorarios contables: una guía paso a paso

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