Impuesto Predial: Qué Es, Cómo Funciona y Todo lo Que Debes Saberpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El impuesto predial es una contribución fundamental en el sistema fiscal mexicano. Para comprenderlo mejor, es esencial analizar sus elementos clave, tal como se definen en el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Elementos Esenciales del Impuesto Predial

Según el Artículo Quinto del Código Fiscal de la Federación, las disposiciones fiscales que establecen cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones son de aplicación estricta. Del análisis de este párrafo se destaca que los elementos de la contribución son: objeto, sujeto, exenciones, base, tarifa, pago, infracciones y sanciones.

Objeto y Sujeto

Los elementos que configuran las contribuciones se establecen en el C.F.F. art. Los impuestos personales, estos si toman en cuenta las personas, o sea quien va a pagar el impuesto, sin tomar en consideración los bienes o cosas que posea.

Características del Impuesto

Estos son de acuerdo al legislador que los establezca y el lugar en que se apliquen dichos impuestos.

  • Indirecto.
  • Federal.

Evolución Histórica

Durante siglos, la economía fue desarrollada como una simple  práctica económica , basada en la improvisación y la espontaneidad en la que los elementos como la producción, la distribución y el mercado existían y se combinaban con la vida cotidiana.

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Es un impuesto indirecto, pues grava el consumo de cierto tipo de bienes.

Antecedentes del IVA en México

En 1966 la S.H.C.P. inicia en México los primeros estudios para establecer el I.V.A., impuesto que subsanaria las deficiencias del I.S.I.M. No permitía la deducción del I.S.I.M. Reducida experiencia de aplicación del I.V.A. Indirecto. Federal. Es un impuesto federal, pero en virtud de la Ley de Coordinación Fiscal y de los convenios de colaboración administrativa firmados con todas las entidades federativas, su aplicación es uniforme en el país. De base amplia. Plurifásico. Gravaba todas las etapas del proceso de producción y distribución de bienes y servicios, y a diferencia del I.S.I.M.

  • No acumulativo. Esta particularidad lo distingue de los impuestos en cascada como el I.S.I.M. Neutral.
  • Autocontrol. Esta propiedad se da al existir interés del contribuyente adquirente de exigir factura y traslado expreso del impuesto al proveedor. Esta acción se ve disminuida en operaciones con el consumidor final ya que no existe interés por parte de este de exigir la factura, y mucho menos el I.V.A. Contribución al consumo.
  • Tratamientos diferenciales. Posibilidades recaudatorias. Desgravación.

Se estableció una sobretasa al impuesto sobre la renta del 10% a los contribuyentes con ingresos superiores a cinco veces el salario mínimo, al mismo tiempo que se concedieron desgravaciones a los de menores ingresos; para evitar la evasión de los impuestos en los ingresos del capital se eliminó el anonimato en la tenencia de acciones; se incrementó la tasa general del IVA del 10 al 15%, se aumentó al 20% la tasa sobre los bienes y servicios considerados de lujo y se elevaron los precios y tarifas del sector público, sobre todo en los casos en que se suponía que eran de más consumo por los estratos de mayores ingresos.

La primera tarea a la que se abocó el gobierno fue sanear las finanzas públicas. El gobierno elevó la tasa del IVA a su nivel anterior, es decir del 10% al 15% para la generalidad de las mercancías, dejando en tasa cero los alimentos procesados y los medicamentos; al mismo tiempo elevó los precios y tarifas del sector público.

Tratamiento Contable del IVA

Tales ajustes dan lugar a que la base para aplicar las tasas del I.V.A. Esta clasificación se requiere para hacer, previamente a la liquidación del pago correspondiente del impuesto, la aplicación del I.V.A.

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  • Articulo 32 fracc. Por regla general el I.V.A. I.V.A. I.V.A.

Es conveniente realizar el registro por separado del I.V.A. I.V.A. I.V.A. I.V.A. I.V.A. I.V.A. I.V.A. En todos los casos el I.V.A.

Cancelación del IVA Pagado en Importaciones

Respecto a la cancelación del I.V.A. pagado en importaciones por devoluciones, descuentos y bonificaciones que otorgue el proveedor del extranjero, se ha opinado que la importación de bienes o servicios quede excluida de este tratamiento porque en la hipótesis prevista en la ley es el proveedor quien debe cancelar y restituir el I.V.A. causado, y en el caso de las importaciones resulta que no hay lugar a esa cancelación por el proveedor extranjero por que no es el contribuyente de I.V.A.

La problemática a que da lugar esta situación puede solucionarse si la empresa importadora expide un comprobante de uso interno en el que se exprese de manera separada el I.V..A. I.V.A.

  • De I.V.A. trasladado y pagado en importaciones. I.V.A. I.V.A. I.V.A.

En el articulo 27 del citado reglamento se dice que en el procedimiento de registro se podrán usar indistintamente los sistemas de registro manual, mecanizado o electrónico. Los esquemas sobre separación de operaciones de I.V.A. causado y de I.V.A.

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