Impuesto Sobre Nómina en México: Descubre Quién Debe Pagar Este Impuesto y Cómo Afecta a Tu Negociopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

En México, además de cumplir con el ISR, IVA y retenciones, las empresas también deben pagar un impuesto estatal poco conocido, pero obligatorio: el ISN (Impuesto Sobre Nómina). El ISN es un gravamen que el Estado cobra por llevar a cabo transacciones o pagos en las relaciones de trabajo. Este impuesto, como el resto, es utilizado por el gobierno para financiar programas y servicios gubernamentales.

¿Qué es el Impuesto Sobre Nómina (ISN)?

El ISN, también llamado "Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal," es un cargo que el Estado Mexicano aplica a personas físicas, morales o autónomas. Para entender ¿Qué es el Impuesto Sobre Nómina? Las empresas consideran el valor del PIB en sus localidades, además de las actividades económicas que se llevan a cabo ahí.

Este impuesto abarca pagos laborales como sueldos, salarios y compensaciones derivadas de relaciones laborales. Para el impuesto sobre nómina se considera el sueldo (quincenal, semanal o mensual) que reciben los trabajadores de forma regular durante la relación laboral.

¿Quiénes Están Obligados a Pagar el ISN?

Todos los patrones o dueños de empresas, sean físicas o morales, tienen que cumplir con este requisito. En México, todos los empleadores, sin importar el tamaño o tipo de negocio, deben cumplir con el pago del Impuesto Sobre la Nómina (ISN); este impuesto es una obligación fiscal esencial para evitar sanciones.

Las empresas que pertenecen al listado anterior y no cumplen con esta obligación pueden sufrir consecuencias. Sanciones financieras: dependen de la gravedad y la duración del incumplimiento.

Lea también: Ejemplos de Cálculo de Impuestos Aduanal

Cálculo del Impuesto Sobre Nómina

El empleador realiza un cálculo detallado del impuesto que debe pagar sobre la nómina. Actualmente, oscila entre el 2% y el 4%. El 2% del total de las erogaciones gravadas, pagadas en dinero o en especie. La nómina total por mes de una empresa es de $256,847.00 incluyendo los sueldos de las personas que trabajan en la empresa, aguinaldo, prima vacacional y las comisiones por venta.

Por ejemplo, una empresa en el Estado de México tiene una base imponible de $150,000 MXN y la Tasa en este estado es de 3%. Si nos basamos en la nómina total y esta es de $300,000 pesos.

Obligaciones y Proceso de Inscripción

Para cumplir con el pago de Impuesto Sobre Nómina, debes declararlo cada mes en la Secretaría de Finanzas del estado en el que esté constituida tu empresa. Cada estado tiene su propia plataforma digital para la presentación y pago del ISN.

¿Donde y cuando me voy a inscribir? En la Receptoría de Rentas más cercana a su domicilio ov vía Internet en la página de la Secretaría de Finanzas del Estado (www.finanzas.col.gob.mx) utilizando el formato de inscripción autorizado.

Requisitos para la inscripción:

Lea también: Cómo prescribir el Impuesto Predial

  • CURP.
  • Registro Patronal de I.M.S.S.
  • Identificación Oficial.
  • Documento que lo acredite como Representante Legal.

Si la inscripción es vía Internet debe tener los documentos anteriores a la vista ya que son los datos que se requieren para el llenado del formato de solicitud misma que debe gravar e imprimir para verificar que ha quedado inscrito. Validándose con el sello digital y el número de cuenta estatal.

¿Cuando se tiene que pagar? El pago de este impuesto es mensual y se entera mediante declaración a más tardar el día 15 del mes siguiente a aquél en que se efectúe la retención.

¿Donde tengo que presentar la declaración para su pago? En las Receptorías de Rentas de Colima, de los Palacios, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez y en la caja recaudadora del Complejo Administrativo del Gobierno del Estado; en las sucursales de los bancos Banamex, Bancomer, Banorte y Santander o vía Internet en la página www.finanzas.col.gob.mx mediante "Pago Fácil" con tarjeta de crédito o débito o con cheque en línea.

¿Si no realizo erogaciones gravadas por este impuesto, tengo la obligación de presentar la declaración mensual? Si, es obligatoria la presentación mensual de la declaración aún cuando no se tenga importe a pagar.

¿Estamos obligados a pagar este Impuesto por los trabajadores que perciben el salario mínimo? Si, es obligatorio el pago del Impuesto por el total de las renumeraciones al trabajo personal subordinado aún cuando estas sean equivalentes al salario mínimo.

Lea también: Finalidad de los impuestos

Exenciones del Impuesto Sobre Nómina

Es importante que sepas que en algunos estados de México hay subsidios al Impuesto Sobre la Nómina. Asimismo, quienes inicien operaciones en 2024, tendrán acceso a una exención del 45% por pago del ISN. En ciertos casos y en algunos estados de la república existen subsidios al ISN y la exoneración puede ser completa.

¿Qué erogaciones están excentas de este Impuesto?

  • Las prestaciones de seguridad social, vivienda, pensiones y de ahorro para el retiro.
  • Indemnizaciones por riesgos o enfermedades profesionales.
  • Indemnizaciones por resición o terminación de la relación laboral.
  • Pensiones y jubilaciones en los casos de invalidez, vejez, cesantía y muerte.
  • Pagos funerarios.
  • La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
  • Las renumeraciones cubiertas a los trabajadores domésticos, con discapacidad y a los adultos mayores de sesenta y cinco años.
  • Gastos de representación y viáticos erogados por cuenta del patrón.
  • Servicio de comedor.
  • Herramientas y uniformes.
  • Becas para los trabajadores y sus familias.

Preguntas Frecuentes

¿El impuesto sobre Nómina se retiene del salario del trabajador? No, es una obligación que tiene que ser cubierta por el patrón o empleador.

¿El Impuesto sobre Nóminas es deducible del Impuesto sobre la Renta? Si, como cualquier otro gasto de su empresa.

¿El ISN es el mismo que el ISR? No. El ISR es federal y se aplica al trabajador.

¿Debo pagar ISN en cada estado donde tengo empleados? Sí.

¿Aplica el ISN a empleados por honorarios?

¿Hay exenciones al ISN?

tags: #impuesto #sobre #nomina #quien #lo #paga