Descubre Todos los Tipos y Tarifas de Impuestos en Costa Rica que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Costa Rica, al igual que otros países, tiene su propio código tributario que deben cumplir tanto individuos como empresas. La política fiscal del país es un factor determinante para las empresas que consideran la deslocalización. A continuación, se presenta una visión general de los impuestos en Costa Rica en tres categorías principales: Impuestos personales, impuestos de sociedades e IVA.

Impuestos Personales en Costa Rica

¿Quiénes son los que tributan?

Todas las personas, independientemente de su estatus de residencia, tributan al mismo tipo impositivo en Costa Rica. Los residentes pagan un “impuesto sobre los beneficios” sobre todas las actividades generadoras de beneficios, mientras que los no residentes pagan una “retención a cuenta” retenida por su empleador. Se considera que una persona es residente permanente en Costa Rica si ha permanecido en el país durante al menos seis meses en cualquier ejercicio fiscal.

¿Cuál es el tipo impositivo?

Costa Rica tiene un tipo impositivo progresivo para las personas físicas que oscila entre el 0% y el 25%. En comparación con la región, esto sitúa al país en el extremo inferior de los tipos impositivos individuales. En 2021, el tipo impositivo medio para las personas físicas en América Latina era del 31,89%. El impuesto sobre la renta de los asalariados está separado del impuesto sobre la renta de lo que se denomina actividades generadoras de beneficios. El impuesto sobre los salarios sube al 15%. Los autónomos, así como los abogados y médicos, pagan un impuesto por “actividades lucrativas” que llega hasta el 25%.

Una de las ventajas del sistema fiscal de Costa Rica es que sólo grava a los residentes y no residentes por los ingresos que generan en el país. En Costa Rica, las personas físicas pueden desgravarse por hijos. No existen impuestos sobre el capital para la constitución de empresas, la emisión de acciones, etc., y no existen impuestos sobre el capital para la emisión de acciones o impuestos sobre adquisiciones de capital en herencias o donaciones. No obstante, existe un impuesto de transmisiones patrimoniales del 1,5% sobre los bienes inmuebles.

Impuestos de Sociedades en Costa Rica

¿Quiénes son los que tributan?

Tanto las empresas residentes como las no residentes están sujetas a impuestos en Costa Rica. Las empresas se consideran residentes si tienen un centro de actividad fijo en el país.

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¿Cuál es el tipo impositivo?

El tipo del impuesto de sociedades en Costa Rica oscila entre el 10% y el 30%. Esto sitúa a la mayoría de las empresas en la franja inferior del impuesto de sociedades de la región. En 2020, el tipo medio del impuesto de sociedades en Sudamérica era del 27,54%.

¿Qué es la renta imponible?

Costa Rica sólo grava los ingresos generados en el país. Los ingresos generados en el extranjero no están sujetos a impuestos. Los ingresos netos de las empresas son gravados por el país. Es el beneficio que obtiene una empresa una vez descontadas las deducciones. Costa Rica ofrece incentivos fiscales a determinadas empresas que operan en zonas francas. Las empresas de los sectores de servicios, transformación e industrial pueden obtener una exención total de cualquier impuesto en sus primeros ocho años de actividad, y luego una exención del 50% en los cuatro años siguientes.

Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) en Costa Rica

¿Quiénes son los que tributan?

Costa Rica grava la venta de cualquier mercancía en su país, así como la importación de cualquier mercancía en el país. El país excluye los servicios de todos los tipos de IVA.

¿Cuál es el tipo impositivo?

Costa Rica aplica un IVA del 13% a las mercancías. Esto sitúa al país al mismo nivel que otros países de la región. Ofrecen tipos reducidos de IVA para determinados productos. La madera, por ejemplo, está sujeta a un tipo de IVA del 10%. La electricidad residencial está sujeta a un tipo de IVA del 5%. Los comestibles, los productos básicos y todas las exportaciones están totalmente exentos del IVA.

Facturación Electrónica en Costa Rica

La factura electrónica en Costa Rica es un sistema regulado por la Dirección General de Tributación (DGT) que tiene como objetivo digitalizar y optimizar los procesos fiscales. Su uso es obligatorio para todos los contribuyentes y permite garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de cada transacción comercial. A través de la validación en tiempo real por parte de la DGT, este sistema mejora la transparencia fiscal y facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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Evolución de la factura electrónica

La implementación de la factura electrónica en Costa Rica comenzó en 2017 con un proyecto piloto dirigido a grandes contribuyentes, impulsado por la Dirección General de Tributación (DGT). Este proyecto, desarrollado de manera gradual por sectores y actividades económicas, concluyó en 2018 con la obligatoriedad del sistema para todos los contribuyentes. Desde entonces, los contribuyentes deben emitir y recibir comprobantes electrónicos a través del Ministerio de Hacienda, que se encarga de validar cada documento antes de su aceptación. La DGT supervisa el cumplimiento normativo y regula el uso de este sistema, asegurando su correcto funcionamiento en el ámbito fiscal.

¿Cómo funciona el sistema de facturación electrónica?

En Costa Rica, la facturación electrónica es gestionada por el Ministerio de Hacienda, entidad encargada de recibir, validar y emitir los comprobantes electrónicos. Estos documentos sustituyen a las facturas tradicionales y su uso es obligatorio para todos los contribuyentes.

Para que un comprobante electrónico tenga validez fiscal, debe contar con la aceptación del Ministerio de Hacienda. Sin esta validación, no podrá utilizarse como respaldo de créditos fiscales ni como gasto deducible. El proceso de facturación electrónica se basa en un flujo de validación que garantiza la autenticidad e integridad de cada transacción. Dentro de este proceso de validación intervienen dos mensajes clave:

  • Mensaje hacienda: Respuesta del Ministerio de Hacienda al emisor electrónico, indicando si la factura es aprobada o rechazada tras validar su estructura y contenido.
  • Mensaje receptor: Confirmación del receptor de la factura, quien puede aceptarla, aceptarla parcialmente o rechazarla.

Este mensaje debe enviarse a la Dirección General de Tributación dentro de los primeros ocho días hábiles del mes siguiente a la transacción, según la resolución DGT-R-063-2018. Si un comprobante es rechazado, se debe generar un nuevo mensaje de confirmación con las correcciones necesarias. Este proceso garantiza la transparencia y trazabilidad de las transacciones comerciales en Costa Rica, contribuyendo a una mayor eficiencia en la gestión tributaria.

El proceso general es el siguiente:

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  1. El emisor genera un archivo XML con la factura electrónica y lo envía al Ministerio de Hacienda para su validación.
  2. Hacienda revisa la estructura y contenido del documento y, en un plazo máximo de tres horas, emite un mensaje de aprobación o rechazo.
  3. Una vez validada, la factura se envía al receptor junto con el mensaje de Hacienda.
  4. El receptor debe revisar el comprobante y enviar un mensaje de aceptación, aceptación parcial o rechazo al Ministerio de Hacienda.

Tipos de comprobantes electrónicos

El sistema de facturación electrónica en Costa Rica comprende distintos tipos de comprobantes electrónicos, cada uno con una función específica dentro de la actividad comercial:

  • Factura electrónica: Documento principal que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios.
  • Factura electrónica general: Factura emitida cuando el comprador no solicita un comprobante específico. Se declara con un Id Fiscal Genérico ante el Ministerio de Hacienda.
  • Factura electrónica de exportación: Documento que detalla la exportación de bienes y servicios fuera del territorio nacional.
  • Factura electrónica de compra: Comprobante emitido por los compradores de bienes o servicios adquiridos a contribuyentes que no están obligados a utilizar comprobantes electrónicos. Debe validarse con el Ministerio de Hacienda.
  • Notas de crédito y débito: Documentos que permiten corregir errores, modificar montos o anular facturas y tiquetes electrónicos sin alterar el documento original.
  • Tiquete electrónico: Documento utilizado exclusivamente en ventas a consumidores finales.
  • Acuses de aceptación o rechazo: Mensajes electrónicos que confirman o rechazan la recepción de un comprobante, asegurando su validez para efectos fiscales.

Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS)

El Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) es un sistema estandarizado creado por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central de Costa Rica para clasificar de manera uniforme los productos y servicios comercializados en el país. Este catálogo organiza los bienes y servicios en categorías jerarquizadas y asigna a cada uno un código único, junto con la tarifa del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) aplicable según la normativa vigente.

Todos los contribuyentes están obligados a incluir el código correspondiente del CAByS en sus comprobantes electrónicos, específicamente en el campo denominado "Código de Producto/Servicio". Esta medida busca mejorar la precisión en la tributación, facilitar la fiscalización y garantizar un correcto registro de las transacciones comerciales dentro del sistema de facturación electrónica.

Factura electrónica para la venta de boletos aéreos

La Dirección General de Tributación establece regulaciones específicas para la emisión de facturas electrónicas en la venta de boletos aéreos, aplicables a compañías aéreas y agencias de viajes adheridas a IATA y BSP. En el caso de las ventas directas realizadas por las aerolíneas a consumidores finales, estas deben emitir tiquetes electrónicos en un plazo máximo de 48 horas, poniéndolos a disposición de los pasajeros a través de sus plataformas electrónicas. Esto permite que los viajeros puedan obtener su factura electrónica cuando la requieran.

Para las ventas gestionadas por agencias de viajes en representación de las aerolíneas, se establece un proceso distinto. La compañía aérea deberá emitir una única factura electrónica semanal para cada agencia de viajes, en la cual se detallará el número total de boletos vendidos. Esta factura deberá incluir el informe de respaldo de la facturación del BSP como anexo obligatorio. Por su parte, las agencias de viajes deberán generar una factura electrónica para el consumidor final en el momento de la venta, especificando el número de boleto y los datos requeridos según el Reglamento de Comprobantes Electrónicos. Las agencias que no estén acreditadas por IATA seguirán el mismo procedimiento que las aerolíneas en la venta directa, asegurando que los pasajeros puedan generar su factura electrónica a partir de los tiquetes electrónicos emitidos dentro del plazo de 48 horas.

Firma electrónica y almacenamiento de facturas

La facturación electrónica en Costa Rica exige el uso de mecanismos de seguridad que garanticen la autenticidad, integridad y autoría de los comprobantes electrónicos. Para ello, cada factura debe contar con una firma electrónica, asegurando la identidad del emisor y evitando cualquier alteración del documento. Dependiendo del tipo de contribuyente, se pueden utilizar distintos métodos de firma, como la firma digital para personas físicas, el sello electrónico para personas jurídicas y la llave criptográfica del Ministerio de Hacienda.

Además, la normativa establece la obligación de almacenar y conservar los comprobantes electrónicos en formato digital por un período mínimo de cinco años. Esto permite asegurar la trazabilidad de las transacciones y garantizar el cumplimiento de las disposiciones fiscales vigentes.

Requisitos para emitir facturas electrónicas

Para poder emitir facturas electrónicas en Costa Rica, los contribuyentes deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación (DGT). Esto incluye la inscripción en el Ministerio de Hacienda, el uso de herramientas de seguridad para garantizar la autenticidad de los comprobantes y la implementación de un sistema de facturación electrónica que cumpla con las normativas vigentes.

  • Inscripción como contribuyente: Empresas y personas físicas deben estar registradas ante el Ministerio de Hacienda.
  • Registro como emisor-receptor: Es obligatorio registrarse en el sistema Administración Tributaria Virtual (ATV) para comenzar a emitir comprobantes electrónicos.
  • Adquisición de la llave criptográfica: Se debe obtener a través del sistema ATV para firmar digitalmente las facturas y garantizar su autenticidad.
  • Firma electrónica: Cada comprobante debe contar con una firma digital respaldada por una autoridad de certificación internacional.
  • Sistema de facturación electrónica: Es necesario contar con un software que cumpla con los estándares técnicos exigidos por la DGT.

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