Ingresos sin IVA: Descubre Qué Son y Cuáles Son sus Principales Exencionespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria, ¿verdad? Pues la buena noticia es que tiene exenciones. Como sabes, este impuesto al consumo es una de las herramientas de recaudación más importantes del país. El mejor ejemplo de un impuesto indirecto es el IVA. Las exenciones de IVA pueden representar ventajas y desventajas para los contribuyentes.

Ahora bien, ¿qué se entiende por traslado del impuesto? Esta tasa se aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas. En esta tasa, el consumidor no paga el gravamen. Por definición legal, se trata de actos afectos a la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, aunque perdiendo el derecho de acreditar el impuesto trasladado por las erogaciones identificadas con esos actos.

En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación.

Tipos de IVA: Exención vs. Tasa 0%

Creo que todos hemos escuchado hablar del IVA, pero ¿Has escuchado hablar sobre el IVA tasa 0 o el IVA exento? ¿Te confundiste un poco? ¡no eres el único! Bueno, vamos por lo básico ¿Qué es el IVA? Imagina que quieres comprar una playera. El precio para el vendedor es de $100, pero cuando la vende, este le agrega un IVA del 16%, lo que significa que tu como cliente pagarás $116 en total.

Gracias al IVA pagamos más por nuestros servicios y productos, de algo debe de servir ¿no? Bueno, El IVA genera ingresos para el país para financiar el funcionamiento del gobierno y los servicios públicos como la educación, salud, infraestructura.

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  • Exención de IVA: La actividad no está sujeta al pago del impuesto, lo que significa que el contribuyente no lo traslada ni lo declara. Es fácil entender, ya que como dice su nombre ya sea un bien o servicio exento no se le cobra IVA. Por ejemplo: Si rentas tu departamento a alguien, no le cobras IVA al inquilino porque la renta de viviendas no lleva IVA. Algunas actividades o productos que generalmente están exentos de IVA son los servicios educativos, las rentas de inmuebles residenciales y los productos de la canasta básica.
  • Tasa del 0%: La operación está gravada, pero con un impuesto del 0%. Un ejemplo claro es el de los alimentos básicos. La venta de pan está gravada a tasa 0%, por lo que el panadero puede acreditar el IVA que paga en la compra de harina o equipo. El acreditamiento es el IVA Trasladado al contribuyente por la venta de bienes y servicios que realiza, así como el impuesto que pagó por sus compras y gastos de operación.

Cuando un producto o servicio tiene IVA tasa 0%, significa que estás obligado a declarar y facturar tus operaciones, pero no tendrás que cobrar el impuesto al cliente. La tasa 0% suele aplicarse a productos o servicios que son considerados esenciales, como ciertos alimentos, medicinas, exportaciones, y productos agrícolas.

A primera vista parecen lo mismo, pero la principal diferencia entre el IVA tasa 0 y el IVA exento radica en cómo se manejan fiscalmente. En el caso de los bienes o servicios exentos, no se paga IVA al vender ni se puede acreditar el IVA de las compras.

Acreditamiento del IVA

En efecto, el artículo 4° de la Ley del IVA señala que el acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en la Ley, la tasa que corresponda según sea el caso; el impuesto acreditable, señala el propio artículo, es el IVA que haya sido trasladado al contribuyente en el mes de que se trate, y el propio impuesto que dicho contribuyente hubiere pagado con motivo de la importación de bienes o servicios.

El acreditamiento del IVA está sujeto, entre otros requisitos, a que esté vinculado con bienes y servicios estrictamente indispensables para la realización de los actos o actividades gravados, y cuando se esté obligado al pago del impuesto solo por una parte de las actividades, únicamente se permite el acreditamiento que corresponda a dicha parte.

El cálculo de la proporción se regula en la fracción V del Artículo 5° de la Ley del IVA, la cual se refiere a un comparativo entre los actos o actividades por las que se debe pagar IVA o les sea aplicable la tasa del 0% (“actividades gravadas”) frente a los actos o actividades por las que no se debe pagar IVA (“actividades no gravadas”), entre los cuales, ahora se incorporan aquellos a que se refiere el artículo 4-A de la Ley, es decir, los actos o actividades no objeto.

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Respecto al primer supuesto, es importante mencionar que históricamente el concepto “territorio nacional” ha constituido el elemento vinculante del IVA, a efecto de que las personas físicas y morales que realicen dentro de éste los actos o actividades gravados resulten obligadas a su pago. La mecánica del impuesto contiene ciertos supuestos en los que se considera a algunas operaciones que -de hecho- se realizan (o pueden realizarse) fuera de México, como si se hubieran llevado a cabo en territorio nacional, como es el caso de la enajenación por parte de residentes en México de bienes sujetos a matrícula.

De esta forma, hasta 2021 resultaba claro que los actos objeto serían “actos gravados” en la medida en que se llevaran a cabo en territorio nacional, incluyendo aquellos supuestos que la propia Ley considera que se realizan en dicha jurisdicción.

Ideas Erróneas Comunes sobre las Exenciones de IVA

Existen muchas ideas erróneas sobre las exenciones de IVA, lo que puede llevar a confusiones y problemas fiscales.

  • Realidad: Si bien no trasladar el IVA a los clientes puede hacer que los productos o servicios sean más accesibles, también implica que el contribuyente no puede acreditar ni solicitar devoluciones del IVA pagado en sus compras o gastos.
  • Realidad: No es lo mismo. La tasa del 0% sí permite acreditar el IVA pagado en insumos y gastos, lo que puede generar devoluciones fiscales.
  • Realidad: Las exenciones de IVA están definidas por la ley y aplican solo a ciertas actividades específicas, como educación, servicios médicos y arrendamiento de vivienda.
  • Realidad: Todos los contribuyentes deben expedir CFDI si sus clientes lo requieren, independientemente de si sus actividades están exentas de IVA.

Ingresos Exentos de ISR (Impuesto Sobre la Renta)

¿Sabías que hay dinero que puedes recibir sin que el SAT te cobre impuestos? Sí, suena como un sueño fiscal, pero es real. Hablamos de los ingresos exentos en el SAT, ese dinerito que caen en tu cuenta sin que el SAT te pida su parte (siempre que cumplas ciertas condiciones, claro). Básicamente, es dinero que llega a tu cartera sin que tengas que pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR). O sea, lo puedes gastar sin que el SAT meta su cuchara. Algunos ejemplos son las indemnizaciones, las pensiones o ciertos beneficios laborales.

Algunas fuentes de ingresos tienen la bendición fiscal de no pagar ISR, pero hay límites.

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  • Si te despiden, al menos tienes un alivio: la indemnización puede estar exenta hasta cierto límite.
  • Para los que ya colgaron los guantes del trabajo, hay buenas noticias. Las pensiones y jubilaciones están exentas hasta un límite mensual de 15 veces el valor de la UMA.
  • Si tu empresa te reembolsa gastos médicos o funerarios, esos pagos no generan impuestos.
  • Si te cae una herencia o te hacen una donación importante, en la mayoría de los casos está exento de ISR.
  • Ganar la rifa del trabajo o un concurso de talento puede ser emocionante. La buena noticia es que algunos premios están exentos de ISR.

Sí, no todo es miel sobre hojuelas. Cada ingreso exento tiene un tope máximo. Si te pasas de ese límite, el exceso sí paga impuestos. Aunque estos ingresos no paguen ISR, sí debes presentarlos en tu declaración anual. Revisa y envía: Mejor asegurarse antes de darle clic a «enviar».

Si prefieres evitar dolores de cabeza, TaxDown te ayuda a declarar tus ingresos exentos de forma sencilla y sin errores. Su plataforma es fácil de usar y te guía paso a paso para que el SAT no te mande «recaditos» inesperados. Saber qué ingresos están exentos y cómo declararlos puede hacerte la vida más fácil (y ahorrarte un susto fiscal). Recuerda que el SAT no perdona errores, así que mejor lleva tu declaración al día y usa herramientas como TaxDown para que todo salga derechito.

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