Descubre el Debate Clave: ¿Deberían Gravar Herencias y Donaciones en México?post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, el debate sobre la imposición de impuestos a herencias y donaciones ha sido recurrente y claramente se encuentra dentro del foco de la discusión política y tributaria. Vuelve una discusión que desde hace años aparece de forma recurrente en la agenda pública: imponer cargas fiscales a herencias de alto valor, fideicomisos patrimoniales y cambios de residencia fiscal al extranjero.

Actualmente, con la legislación vigente, los ingresos recibidos por herencia o legado están completamente exentos del pago de impuestos. Por otra parte, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que las donaciones son exentas de dicho impuesto, cuando estas se realizan entre cónyuges o entre ascendientes y descendientes en línea recta, sin restricción alguna en el monto de los bienes transferidos. Esta exención se mantiene siempre y cuando los bienes recibidos no sean posteriormente enajenados o donados a otro ascendiente o descendiente en línea recta, sin limitación de grado.

No obstante, la normativa actual exige que tanto los ingresos exentos por herencias y legados como aquellos donativos que cumplen con los requisitos para la exención, dependiendo los límites establecidos en la LISR, deben manifestarse como ingresos exentos y como un dato informativo en la declaración anual del contribuyente. La omisión de esta obligación podría traer como consecuencia de que dichos ingresos sean gravados para efectos del ISR.

La Iniciativa de Reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta del 4 de marzo de 2025

El pasado 4 de marzo de 2025, el Partido Verde Ecologista presentó una iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta para gravar las donaciones, herencias y legados, que actualmente se encuentran exentas. Se presentó una trascendente iniciativa con proyecto de decreto ante el Congreso de la Ciudad de México, con la mira puesta en reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

La propuesta central radicaba en gravar, mediante un esquema de tasas progresivas que oscilan entre el 10% y el 30%, la totalidad de los ingresos derivados de donaciones, herencias y legados que superen la cifra de 15 millones de pesos. El texto original establece tasas progresivas del 10% al 30% sobre montos que excedan los 15 MDP. Las tasas propuestas eran:

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  • De 15 millones y un peso a 60 millones, un impuesto del 10%.
  • De 60 millones y un peso a 150 millones, un impuesto extra del 20%.
  • De 150 millones y un peso en adelante, un impuesto extra del 30%.

Esta modificación implicaría la revisión de los artículos 93, 130 y 132 de la LISR, así como la adición de un nuevo artículo, el 132 bis. Sin embargo, en una entrevista radiofónica, el diputado mencionó que modificaría los umbrales, aclarando que "fue un error la cantidad de 15 millones, es de 1,500 millones lo que se está proponiendo." Se envió la aclaración a la Comisión de Hacienda para que eso sea lo que se discuta.

La iniciativa sería analizada por la Comisión de Hacienda y, si se aprobaba, sería discutida en el Pleno del Congreso de la Ciudad de México. En caso de ser aprobada, se enviaría al Congreso de la Unión para su valoración y eventual discusión, en concordancia con lo estipulado en el Artículo 73, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Actualmente, la iniciativa ya fue descartada por la bancada morenista en el Congreso Federal.

Justificación y Contexto de la Propuesta

Según la exposición de motivos que acompaña a esta iniciativa de Decreto, la implementación de un impuesto sobre las herencias, legados y donativos se rige como un elemento fundamental para la consolidación de un auténtico estado de bienestar, cimentado en los principios de justicia social.

Entre los argumentos que respaldan la propuesta, se destaca que México es uno de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los niveles de recaudación más bajos en proporción al Producto Interno Bruto (PIB). Los promotores de esta iniciativa argumentan que México se encuentra entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los niveles de recaudación tributaria más bajos en relación con su Producto Interno Bruto (PIB). En 2021, la recaudación de impuestos apenas representó el 16.7% del PIB, una cifra considerablemente inferior al promedio de la OCDE, que se situó en un 34.1%.

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Este argumento se ve reforzado por las recomendaciones emanadas del estudio de Oxfam México titulado “Los mitos detrás de los impuestos a las grandes fortunas en México”. Dicho análisis propone cinco líneas de acción para reformar el sistema fiscal mexicano:

  1. Implementar un impuesto federal progresivo sobre las grandes fortunas, con tasas del 2% al 5% para patrimonios entre 20 millones y 20 mil millones de pesos.
  2. Promover reformas fiscales profundas y transparentes a nivel federal y estatal, buscando un aumento gradual del impuesto sobre la renta (ISR) del 1% de los mayores ingresos, la equiparación de las tasas impositivas entre el trabajo y el capital, el impulso de impuestos a las grandes herencias y donaciones, y la revisión de los impuestos a la propiedad para mejorar su recaudación entre los contribuyentes con mayores activos.
  3. Revisar los privilegios fiscales del 1% de la población más rica, incluyendo exenciones, deducciones y descuentos que disminuyen la disponibilidad de recursos públicos.
  4. Priorizar la inversión pública en infraestructura social fundamental, como salud, educación y servicios de cuidado.
  5. Fomentar una mayor participación de México en las discusiones fiscales a nivel regional.

Argumentos a Favor de la Iniciativa

Reducción de la desigualdad y concentración de la riqueza

El principal argumento a favor es que gravar las grandes herencias puede disminuir la significativa desigualdad de riqueza en México, que tiene una baja recaudación de impuestos sobre la riqueza en comparación con otros países. Se sostiene que limitaría la transferencia intergeneracional de grandes fortunas y promovería la igualdad de oportunidades, sirviendo como herramienta para la movilidad social y una distribución más equitativa de la riqueza.

Potencial aumento de la recaudación para financiar servicios públicos

Se estima que el impuesto podría generar ingresos anuales sustanciales que podrían destinarse a servicios públicos esenciales como salud y protección ambiental. El Congreso argumenta que estos ingresos adicionales ayudarían a superar limitaciones presupuestarias y mejorar la calidad y disponibilidad de servicios públicos, impulsando de forma importante las finanzas públicas.

Antecedentes Legislativos y Otras Propuestas Recientes

Es importante señalar que la iniciativa actual no es un hecho aislado. Esta no es la primera vez que se presenta una iniciativa para gravar los ingresos recibidos por herencia y donación en México. En 2016 y 2018, se presentaron propuestas similares ante la Cámara de Diputados Federal, lo que evidencia un debate continuo sobre la pertinencia de gravar este tipo de ingresos en México.

El pasado 22 de abril del año en curso, fue presentada por la Senadora Amalia Dolores García Medina, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, una iniciativa de reforma fiscal progresiva que propone modificar diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), Ley del Seguro Social (LSS) y Ley de Coordinación Fiscal (LCF). Entre los ejes centrales de la iniciativa destaca la creación de un impuesto aplicable a herencias y legados superiores a 14 millones de pesos por persona. Esta figura reabriría una discusión histórica en México sobre la tributación patrimonial y la posibilidad de gravar transmisiones sucesorias de alto valor económico. Otro punto relevante de la iniciativa se ubica en los fideicomisos patrimoniales. Sin duda, este apartado generaría amplio debate, dado el uso legítimo que los fideicomisos tienen en materia patrimonial, financiera, sucesoria y empresarial.

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Consideraciones Clave y Desafíos de la Reforma Propuesta

No obstante, la iniciativa presentada aún plantea interrogantes importantes. No se especifica la naturaleza de los activos que estarían sujetos al impuesto, ni se aclara si se considerará la ubicación de los bienes o la forma jurídica de su titularidad legal que se tenga sobre los mismos. Parece que la presente iniciativa no afectaría la exención establecida a los ingresos que se obtengan por pagos de seguros de vida o similares que no se reciben vía herencia.

La consecución de los objetivos planteados en esta reforma se presenta como un desafío considerable. Los objetivos planteados en esta propuesta se antojan difíciles. La experiencia de países con impuestos similares sobre donaciones y sucesiones, como Estados Unidos, muestra una recaudación altamente variable, influenciada por la cantidad de personas con patrimonios elevados que fallecen cada año y por la implementación de estrategias de planificación fiscal para minimizar la carga tributaria.

Argumentos en Contra de la Iniciativa

Doble tributación

Desde nuestro punto de vista, es evidente que gravar las herencias implica una doble tributación, ya que la riqueza heredada ya fue gravada con el ISR cuando la generó el fallecido, y las propiedades pudieron haber pagado impuestos sobre la propiedad. Además, el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) ya grava la transferencia de bienes inmuebles por herencia, lo que cuestiona la equidad y eficiencia del sistema tributario.

Posible afectación a la clase media

Esta iniciativa genera preocupación de que el impuesto pueda afectar a familias que, sin ser extremadamente ricas, heredan activos acumulados durante su vida.

Desincentivo al ahorro y la inversión

También desmotivaría el ahorro y la inversión a largo plazo, ya que las personas podrían tener menos incentivos para acumular riqueza si saben que una porción importante se destinará a impuestos al fallecer, lo que podría perjudicar la formación de capital y el crecimiento económico.

Potencial fuga de capitales

Por otro lado, se tendría la preocupación de que individuos y familias adineradas trasladen sus activos e incluso su residencia fuera de México para evitar el impuesto sobre donaciones, herencias y legados. Esto podría reducir la base imponible y tener un impacto negativo en la economía mexicana, representando un riesgo para el éxito del impuesto al socavar los ingresos esperados y dañar la economía en general.

Esfuerzo de toda una vida y patrimonio familiar

Los opositores ven el impuesto como un "castigo" al trabajo arduo y un ataque al patrimonio familiar. Argumentan que las personas deberían tener el derecho de transmitir su riqueza acumulada a sus herederos sin impuestos adicionales, un argumento que resuena con valores culturales sobre la familia, la herencia y el derecho a disponer de la propiedad.

Efectos en el mercado inmobiliario y otros activos

El ISAI ya afecta la transferencia de bienes inmuebles heredados, y el nuevo impuesto podría aumentar esta carga, especialmente en propiedades de alto valor. El impuesto podría influir en la planificación patrimonial para minimizar la obligación tributaria. La combinación de impuestos existentes y el propuesto podría presionar a los herederos a liquidar activos, especialmente inmuebles, para cubrir los costos fiscales, lo que podría alterar la dinámica del mercado. La crítica principal a la iniciativa de cobrar impuestos a las herencias de alto valor se centra en su impacto en la planeación patrimonial y posibles implicaciones constitucionales. Lo anterior, podría dificultar la transferencia de riqueza entre familias y así, generar incertidumbre en la planificación de la sucesión.

Percepción pública y debate social generado

La iniciativa ha provocado una considerable discusión y controversia en diversos medios, incluyendo redes sociales. Las opiniones están divididas entre quienes la apoyan como medida de justicia fiscal y redistribución de la riqueza, y quienes la rechazan como una carga injusta y un desincentivo al trabajo y al ahorro.

Contexto Internacional del Impuesto a la Herencia

En un estudio de Tax Foundation, un centro de investigación sobre las políticas tributarias en el mundo, publicado en 2015 se analizaron las políticas tributarias de 67 países. Tan solo entre los integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), hay 19 países que cobran impuestos a la herencia y 15 que no (entre los que se encuentra México).

Países de la OCDE con Impuesto a la Herencia Países de la OCDE sin Impuesto a la Herencia
Japón México
Corea del Sur (otros 14 países no especificados)
Francia
Reino Unido
Estados Unidos
(otros 14 países no especificados)

Países como Japón, Corea del Sur, Francia, Reino Unido y Estados Unidos tienen tasas de impuestos a la herencia que pueden superar el 40% de los bienes.

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