Descubre el Secreto del Tratamiento Contable de los Intereses Cobrados ¡Optimiza Tus Finanzas Ya!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cuando una empresa realiza ventas a crédito, normalmente estipula el cobro de un interés que debe pagarse conjuntamente con el capital en el periodo pactado. Adicionalmente, contempla el cobro de intereses moratorios, en caso de no cumplir en tiempo con el pago de los intereses y capital.

Tratamiento Fiscal de los Intereses

Para comprender mejor el tratamiento fiscal de estos tipos de intereses, considere el siguiente supuesto. A partir de septiembre de 2017, la mayoría de los clientes ha incumplido con sus pagos mensuales, por lo que se están generando intereses moratorios. A uno de ellos, quien ha incurrido en mora, se le presenta una propuesta de pago que indica cómo podrá cubrir su adeudo entre abril y mayo de 2018 conforme a lo siguiente:

Mes en que se devengan Intereses Normales Intereses Moratorios Mes en que se estima se cobrarán
Septiembre 2017 $1,000.00 $110.99 Abril 2018
Octubre 2017 $980.00 $105.74 Abril 2018
Noviembre 2017 $960.00 $100.49 Abril 2018
Diciembre 2017 $940.00 $95.25 Abril 2018
Enero 2018 $920.00 $90.00 Mayo 2018

Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Los intereses normales son un ingreso acumulable para efectos del ISR conforme se devenguen, sin importar si se cobran o no (art. 18, fracc. IX, LISR). Por tanto, conforme a los datos proporcionados se acumularan los siguientes montos y los considerará como ingresos nominales para efectos de sus pagos provisionales del ISR:

Mes Ingreso acumulable
Septiembre 2017 $1,000.00
Octubre 2017 $980.00
Noviembre 2017 $960.00
Diciembre 2017 $940.00
Enero 2018 $920.00

Por lo que hace a los intereses moratorios serán una percepción acumulable aun cuando no hubieran sido cobrados exclusivamente por el monto que se genere hasta el tercer mes de mora. A partir del cuarto mes, solamente se acumularán los efectivamente cobrados, y que se cobran conforme se fueron devengando.

Mes Monto Observaciones
Septiembre 2017 $110.99 Por los tres primeros meses se acumulan en el mes en que se generaron aun cuando no se hayan cobrado
Octubre 2017 $105.74 Más:
Noviembre 2017 $100.49 Más:
Diciembre 2017 $0.00 A partir del cuarto mes se acumulan hasta que se cobran
Intereses acumulables en 2017 $317.22 Igual:
Mes Monto Observaciones
Enero 2018 $0.00 En estos meses no resulta ingreso acumulable porque no existe cobro alguno
Febrero 2018 $0.00
Marzo 2018 $0.00

Si hasta abril de 2018 se recibe un pago el cual incluya un importe de $412.47 por concepto de los intereses moratorios se tendría:

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Concepto Intereses moratorios
Pago en abril de 2018 $412.47
Menos: Intereses moratorios correspondientes a los tres primeros meses en que se incurrió en mora (septiembre a noviembre de 2017) 317.22
Igual: Intereses moratorios acumulables en abril 20018 $95.25

Como se aprecia, aun cuando el cobro fue por $412.47, únicamente se acumulan $95.25 debido a que el monto correspondiente a los intereses moratorios de septiembre a noviembre por $317.22 se acumuló en el mes en que se devengaron.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

En materia del IVA, los intereses normales y moratorios tendrán el mismo tratamiento. Por ello, si los actos o las actividades que les dan origen se encuentra exentos o les aplica la tasa del 0 %, no se pagará IVA por los intereses moratorios, en caso contrario estos intereses gravarán el IVA a la tasa general del 15 % (arts. 14 y 15, fracc. X, inciso a), LIVA).

El IVA generado por los intereses, se causará hasta que sean efectivamente cobrados (art. 1-B de la LIVA).

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