IVA a Favor de la Naturaleza: Descubre Cómo Funciona y Ejemplos Increíblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto que se paga por consumir y lo abonan las empresas y particulares. Para llevar un buen control del IVA, es necesario conocer todo a cerca de este impuesto y cómo se maneja el IVA Acreditable e IVA Trasladado; para saber si tenemos un IVA a Cargo o un IVA a Favor.

¿Qué es el IVA Trasladado?

El IVA Trasladado es el IVA que el contribuyente cobra a sus clientes cuando le compran los bienes o servicios que produce o comercializa. El traslado se realiza al facturar la compra. Toda factura (CFDI) debe desglosar el precio y el IVA que se paga sobre él. En contabilidad se le considera como pasivo.

Como todas las ventas no son pagadas al momento de la transacción, debido a que en ocasiones se puede dar crédito a ciertos clientes, ya sea por el modelo de negocio o por otras razones; existen dos tipos de IVA Trasladado:

  • IVA Efectivamente Trasladado: Es el IVA cobrado a clientes.
  • IVA por trasladar o pendiente de trasladar: Es el IVA pendiente por cobrar por ventas realizadas a crédito. Una vez que el pago se haya realizado pasará a ser IVA Trasladado.

¿Qué es el IVA Acreditable?

IVA Acreditable. Es el IVA pagado a proveedores de bienes o servicios; este impuesto lo encontramos en las facturas de nuestras deducciones autorizadas. En Términos contables es un activo.

También podemos encontrarlo en dos formas, que son:

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  • IVA Acreditable: Es el IVA efectivamente pagado.
  • IVA pendiente de acreditar: Es el IVA que aún no se ha pagado, ya sea por compras a crédito u otro motivo. Una vez pagado se considera como IVA Acreditable.

Ejemplo práctico del IVA trasladado:

Imagina que tienes un negocio de pizzas. Un cliente llega y pide una pizza grande por $200. Como el precio incluye el IVA, haces el cálculo:

  • Costo neto (sin IVA): $200 ÷ 1.16 = $172.41
  • IVA trasladado: $200 - $172.41 = $27.59

En este caso, esos $27.59 son el IVA trasladado. Tú ya lo cobraste, lo tienes en tu cuenta bancaria y ahora estás obligado a reportarlo al SAT en tu declaración mensual.

Ejemplo práctico del IVA por trasladar:

Eres dentista y un cliente viene por un tratamiento de ortodoncia que cuesta $10,000. Deciden pagarte en plazos mensuales durante un año. En este caso:

  • Emitiste una factura por $10,000 + $1,600 de IVA.
  • Al cierre del mes, solo recibiste el primer pago de $1,000.

Aquí, el IVA por trasladar sería $1,600 - $160 (lo correspondiente al pago recibido), es decir, $1,440. Este IVA queda pendiente de ser trasladado en tu contabilidad, y lo harás conforme recibas los pagos.

¿Como determinar el IVA a Cargo o IVA a Favor?

Una de las obligaciones fiscales consiste en pagar el IVA que el contribuyente ha cobrado a los clientes o por otros ingresos, que graven este impuesto, en el periodo fiscal que le corresponda de acuerdo a su régimen fiscal. Pero no todo el IVA que cobra es el que debe pagar, ya que el contribuyente también ha realizado el pago del IVA al adquirir bienes o servicios. Por tanto, se debe realizar un balance entre el IVA Acreditable y el IVA Trasladado, es decir, entre el IVA pagado y el IVA cobrado; para determinar si en un periodo se debe o no pagar este impuesto al SAT.

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Para determinar que tipo de IVA que tenemos en un periodo, debemos realizar lo siguiente:

  1. Separamos nuestras facturas en dos grupos: Las Facturas por Ingresos y por Deducciones Autorizadas.
  2. Separamos las Facturas que han sido efectivamente pagadas en el periodo que vamos a calcular.
  3. Sumamos todos los importes de IVA de las Facturas de Ingresos y también los importes de IVA de las Deducciones Autorizadas. Dichos importes serán el IVA trasladado y el IVA Acreditable, respectivamente.
  4. Determinamos cual es mayor, si el IVA Trasladado o el IVA Acreditable.
  5. Si el IVA Trasladado es mayor que el IVA Acreditable, restamos el menor del mayor y tendremos un IVA a Cargo; de lo contrario, si el IVA Acreditable es mayor que el IVA trasladado, al restar el menor del mayor tendremos un IVA a Favor.

¿Qué es IVA a Cargo y el IVA a Favor?

  • IVA a Cargo: Es el IVA que debemos pagar al SAT en un periodo determinado.
  • IVA a Favor: Es el IVA que el SAT nos tiene que devolver o que podemos usar para pagar el IVA a Cargo de otro periodo.

Veamos dos situaciones para ejemplificar:

Ejemplo 1. Cuando el IVA Trasladado es Mayor que el IVA Acreditable.

Total de IVA Trasladado 10,477.43
(-) Total de IVA Acreditable 8,858.49
(=) IVA a Cargo 1,618.94

En este ejemplo tenemos un IVA a Cargo que debemos pagar al SAT.

Ejemplo 2. IVA a Favor:

Si el IVA acreditable es mayor que el trasladado, al restar el menor del mayor tendremos un IVA a favor.

¿Quiénes deben pagar el IVA?

De acuerdo con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), todas las personas físicas y morales están obligadas a pagar el IVA cuando realicen alguna de las siguientes actividades comerciales:

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  • Enajenación de bienes. Quienes vendan o adquieran bienes tangibles e intangibles.
  • Prestación de servicios de forma independiente.
  • Arrendamiento de bienes.
  • Importación de bienes o servicios.

¿Cuánto se paga de IVA en México?

En México, la tasa actual de IVA es del 16% del valor del producto o servicio, con excepción de los estados que están en la zona fronteriza de México, donde aplica el 8%.

¿En qué actividades aplica la tasa 0% del IVA?

De acuerdo con el SAT, la comercialización de los siguientes productos y servicios tienen una tasa del 0%:

  • Algunos productos básicos: pan, leche, tortillas.
  • Medicinas de patente.
  • Animales y vegetales no industrializados.
  • Fertilizantes y plaguicidas utilizados en actividades agrícolas y ganaderas.
  • Hielo y agua no gaseosa.
  • Equipos utilizados en invernaderos o diseñados para cultivos naturales.
  • Toallas sanitarias, tampones, copas y en general productos relacionados con la menstruación.
  • Renta de maquinaria agrícola, ganadera y de pesca.
  • Exportación de bienes o servicios intangibles, como la publicidad, servicios de tecnologías de la información, procesamiento o almacenamiento, administración de bases de datos, etc.

¿Qué es el IVA exento?

Son los bienes y servicios que no pagan IVA, ni les corresponde registrar ninguna tasa de impuesto. Esto significa que no se aplica ningún porcentaje de IVA, ni se realiza ningún cobro o cálculo del impuesto.

Algunos ejemplos de bienes y servicios exentos de IVA son:

  • Educación escolar: la prestación de servicios educativos en todos los niveles, desde preescolar hasta educación superior.
  • Servicios médicos y de salud.
  • Libros, periódicos y revistas.
  • Transporte público.

¿Cuál es la diferencia entre IVA tasa 0% y exento?

La diferencia radica en cómo se aplican y tratan desde el punto de vista fiscal. Cuando se aplica la tasa 0% el IVA se calcula y cobra pero en un porcentaje cero. Por otro lado, cuando un bien o servicio está exento de IVA, significa que no se le aplica ningún impuesto. No hay cobro de IVA ni se le aplica ningún cálculo.

¿Cómo se calcula el IVA?

Para calcular el IVA debemos obtener el 16% del valor del producto o servicio. Para ello debemos multiplicar el precio establecido por .16 y el resultado deberá sumarse al precio final o a la cantidad desglosada en la factura.

Por ejemplo: Si contratamos un servicio de $1000, y le aplicamos la tasa de IVA del 16%, tendremos un total de IVA acreditable de $160, que daría un total de $1160.

Tipos de IVA: acreditable, trasladado y retenido

Existen tres tipos de IVA, el acreditable, el trasladado y el retenido. La diferencia principal está en si este impuesto es cobrado o pagado al momento de realizar una transacción comercial.

1. IVA acreditable

Es el impuesto que pagamos por bienes y servicios, y se divide en dos:

  • a) IVA acreditable pagado: Es cuando pagamos el impuesto de forma automática al momento de comprar un producto o contratar un servicio en una sola exhibición.
  • b) IVA por acreditar: Cuando se realiza una compra a crédito y el pago del impuesto queda pendiente.

2. IVA trasladado

Es el que facturas o trasladas a tus clientes al momento de realizar la venta de un producto o servicio. Este tipo de IVA, debe ser declarado y pagado a la Secretaría de Hacienda, ya que en este caso el comerciante o prestador de servicios lo cobró a su consumidor final.

Al igual que el acreditable se divide en dos:

  • a) IVA trasladado o cobrado: El que se cobra por ingresos percibidos.
  • b) IVA por trasladar: Es cuando está pendiente el cobro del impuesto, ya que la venta fue realizada a crédito.

3. IVA retenido

Cuando un contribuyente realiza una compra de bienes o servicios a otro contribuyente que está registrado como retenedor de IVA, este último tiene la obligación de retener una parte del IVA pagado por el comprador y pagarlo al SAT en su nombre.

Es importante tener en cuenta que la retención del IVA aplica en ciertos casos específicos definidos por la legislación fiscal mexicana, como por ejemplo:

  • Arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Comisionistas e intermediarios.
  • Servicios profesionales y técnicos.

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