¿La compra de acciones está gravada con IVA en México? Descubre la verdad impactantepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Por cuestiones económicas, los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, se ven en la necesidad de reestructurar sus empresas o vender sus acciones. Tener inversiones es una de las alternativas para hacer crecer el dinero y contar con ganancias a futuro, pero también trae consigo responsabilidades.

Uno de mis clientes es una sociedad anónima que tributa en el régimen general de la Ley del ISR y se dedica a la comercialización de plumas, bolígrafos y juegos de mesa. Uno de los socios de la empresa realizará la enajenación de sus acciones, por lo que contrató mis servicios para que dictamine en el ISR la venta referida. Tengo entendido que la enajenación de acciones causa este impuesto en los términos de la ley relativa; no obstante, no sé si esa operación debe causar IVA.

En la venta de las acciones se debe considerar lo siguiente.

En cuanto al IVA, el precepto 9o. fracción VII de la LIVA señala que están exentas las enajenaciones de partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito. Por lo tanto, la venta y la donación de acciones están exentas de IVA, debiendo emitirse el CFDI de esquemas de pagos y retenciones.

El artículo 1o., fracción I, de la Ley del IVA estipula lo siguiente (énfasis añadido):1o. clave. Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

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Tratamiento en el ISR

Para efectos del ISR, la base gravable por la enajenación de acciones será la ganancia que, en su caso, se obtenga por la venta, la cual se determina de la siguiente manera:

Monto de la operación (precio de venta)
Menos: Costo promedio de las acciones (costo fiscal)
Igual: Ganancia (pérdida) por enajenación de acciones

Una de las primeras consideraciones en el análisis de la enajenación de acciones es que se debe contar con el historial o con los elementos informativos de las acciones objeto de la operación desde que fueron adquiridas por la parte enajenante.

El artículo 111 de la LGSM establece que las acciones en que se divide el capital social de una sociedad anónima estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no sea modificado por la presente ley.

Los participantes en una enajenación de acciones son: El enajenante (vendedor), el adquirente (comprador), y la sociedad emisora (persona moral).

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Si el enajenante es persona moral se acumula la ganancia obtenida y no hay retención por parte del adquirente (Art. 18 F IV LISR). Si el enajenante es persona física, el adquirente deberá retener y enterar como pago provisional un 20% sobre el monto total de la operación (art. 126 de la LISR).

Se puede optar por una retención menor siempre que el enajenante manifieste por escrito al adquirente que efectuará un pago provisional menor y se cumpla con los requisitos señalados en el artículo 215 del Reglamento de la Ley del ISR (Dictamen emitido por Contador Público Inscrito).

Cuando el adquirente efectúe la retención, expedirá comprobante fiscal al enajenante y constancia de la misma y éste acompañará una copia de dichos documentos al presentar su declaración anual.

Los beneficios de la emisión de un dictamen fiscal es que tiene mayor certeza en cuanto a la determinación del resultado de la operación y en su caso, del impuesto a pagar tomando en consideración que la tasa del impuesto a pagar sobre la ganancia sería hasta del 35% y no así el 20% sobre el total de la operación.

Regularmente, quien contrata los servicios profesionales es el enajenante qué tiene conocimiento de la existencia de un alto costo fiscal con el objeto de que la venta de sus acciones genere el menor impacto fiscal posible.

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Si se ejerce esta opción, se deberá presentar un aviso ante la autoridad fiscal competente y el plazo para presentar el aviso del dictamen por enajenación de acciones será a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato posterior al de la enajenación utilizando el formato correspondiente y deberá ser suscrito por el contribuyente y por el Contador Público Inscrito (CPI) que vaya a dictaminar.

La carta de presentación del dictamen por enajenación de acciones, así como el cuaderno del mismo, deberá presentarse dentro de los 30 días siguientes a aquél en que se presentó o debió presentarse la declaración de pago provisional por los ingresos por la enajenación de acciones e incluir como mínimo los informes siguientes:

  1. El dictamen del CPI ante el SAT, en los términos de la fracción I del artículo 52 del CFF.
  2. Determinación del resultado obtenido en la enajenación, señalando por cada sociedad emisora lo siguiente: el precio de las acciones, el costo promedio por acción y el resultado parcial obtenido en la operación.
  3. Análisis del costo promedio por acción
  4. Determinación del monto original ajustado
  5. Cálculo del impuesto a cargo del contribuyente.

Obligaciones de las Sociedades Anónimas

En el caso de una sociedad anónima, de conformidad con los artículos 181 y 182 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), pueden reunirse en una asamblea ordinaria (salvo que los estatutos dispongan extraordinaria), para informar sobre la transmisión de las acciones a efectos de que se ordene la inscripción del nuevo accionista en el libro de registro de acciones y en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía denominado Publicaciones de Sociedades Mercantiles.

La Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) en su artículo 128 establece que las sociedades anónimas tendrán un registro de acciones que contendrán:

  1. El nombre, la nacionalidad y el domicilio del accionista y la indicación de las acciones que le pertenezcan, expresándose los números, series, clases y demás particularidades;
  2. la indicación de las exhibiciones que se efectúen; y
  3. las transmisiones accionarias que se realicen a petición de cualquier interesado.

Además, el artículo 129 de la misma LGSM determina que la sociedad considerará como dueño de las acciones a quién o a quienes aparezcan inscritos como tales en el registro del libro de acciones.

Consecuentemente, los libros de registro de acciones nominativas y de accionistas de las sociedades mercantiles, e incluso los libros de registro de variaciones del capital son de vital importancia.

La transmisión de las acciones solo se debe hacer con la autorización del consejo de administración o del administrador único.

Consideraciones adicionales sobre impuestos en inversiones

Existen diferentes tipos de impuestos que incurren en nuestra vida diaria; sin embargo, uno de los más comunes es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), este principalmente grava el consumo de bienes y servicios, por ejemplo, si compraste un celular, este llevará incluido en el precio el 16 % del IVA sobre el valor del celular.

Otro de los impuestos más comunes en nuestro país es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual grava el incremento en el patrimonio de las personas, por ejemplo, si ganaste cierta cantidad de dinero en tu trabajo, tu patrimonio se incrementa: por consiguiente, tendrás que pagar el impuesto correspondiente por esa ganancia y, por lo tanto, un porcentaje de ese aumento debe destinarse a la federación, vía impuesto.

Ahora bien, la situación se complica cuando tratamos de combinar el mundo de los impuestos con el mundo financiero, ambos temas son complejos y difíciles de entender y por lo mismo desincentiva su aprendizaje. Todavía existen muchas barreras dentro del mundo financiero como lo son el desconocimiento y el miedo.

El objetivo principal de las inversiones es generar un rendimiento obteniendo un beneficio (ingreso que antes no se tenía), por consiguiente, se debe pagar un impuesto sobre esa ganancia.

Así como existen gran variedad de instrumentos financieros, también existen varias formas para el pago de los impuestos en las inversiones. Es más sencillo de lo que parece, las instituciones financieras trabajan para facilitarnos el pago de nuestras contribuciones.

Inversiones en renta fija

Una inversión en renta fija se define como el dinero que nosotros prestamos a través de los intermediarios financieros al gobierno o a las empresas a cambio de un interés por el préstamo, también llamado rendimiento. Estos préstamos se realizan a través de instrumentos gubernamentales como los CETES o los BONOS de deuda, o bien, para las empresas los más comunes son los certificados bursátiles o bonos corporativos.

Los impuestos para las inversiones en renta fija suelen ser muy sencillos, únicamente se debe de pagar un gravamen sobre los intereses reales ganados y no sobre todo el monto prestado, sin embargo, el intermediario bursátil (casa de bolsa) hará la retención de este impuesto (ISR) que se puede acreditar en la declaración anual.

Nota: El interés real es el interés obtenido menos la inflación general anual.

Inversión en renta variable

Cuando se compran acciones, lo que se adquiere es una inversión en renta variable o inversión en capitales. Se llama de esa forma ya que no se cuenta con un rendimiento fijo ni constante, es decir, los rendimientos dependerán de la situación de la empresa y su proyección hacia el futuro.

En las acciones se pueden ganar dinero de dos formas distintas:

  1. Incremento en el precio de las acciones.
  2. Pago de los dividendos.

Independientemente de la forma en que se obtuvo el rendimiento, se debe de pagar el impuesto correspondiente. En el caso de “incremento en el precio de las acciones” la ganancia dependerá de un factor muy importante: se venda o no. Si el precio del título sube, pero aún no se efectúa su venta, en realidad se tuvo una plusvalía, no una ganancia. Se le llamaría ganancia si se efectúa la venta de las acciones, caso contrario, si la acción cae, antes de vender se tiene una minusvalía y no una pérdida.

Para ser mas claros, si no se venden las acciones, no se efectúa el pago de impuestos. Los impuestos se pagan con base en las ganancias obtenidas.

Si se trata de una persona física y se obtuvieron ganancias, el intermediario bursátil, es decir, la casa de bolsa deberá de efectuar la retención del impuesto, que es 10 % de ISR sobre las ganancias netas del portafolio.

Para el caso de “pago de dividendos”, estos son pagos que las empresas tanto nacionales como extranjeras reparten a sus socios cuando tienen utilidades y son cantidades que, para fines de impuestos, también se consideran como rendimientos, por ello, las personas que reciben estos dividendos son sujetos al gravamen de ISR.

La forma de pagarlos dependerá de varios factores, los dividendos deberán de pagar un 10 % más sobre el monto recibido. Existen dividendos que no pagan este impuesto, pero eso dependerá si proviene de algo que se conoce como CUFIN (cuenta de utilidad fiscal neta).

Al igual que las acciones y la renta fija, la casa de bolsa deberá de hacer la retención respectiva, y será necesario que el accionista la reporte en su declaración anual.

Por último, para poder reportar las retenciones en la declaración anual, la casa de bolsa debe de expedir un CFDI que informe los rendimientos obtenidos y los montos retenidos de impuestos, así como la fecha donde se generaron dichas ganancias.

Actividades exentas de IVA

Las actividades exentas de IVA generan muchas dudas tanto a empresarios como a consumidores. ¿Por qué ciertos servicios no pagan este impuesto? ¿Cómo afecta esto a los proveedores de esos servicios?

El IVA es un impuesto al consumo que los contribuyentes deben pagar al adquirir bienes o servicios. Las actividades exentas de IVA se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado y se aplican a sectores estratégicos como salud, educación, vivienda y transporte público. La Ley del IVA establece claramente qué actividades están exentas de este impuesto.

El acceso a la salud es un derecho fundamental, y por ello, la ley exenta del IVA los servicios médicos y hospitalarios. Sin embargo, no todos los servicios relacionados con la salud están exentos.

Para fomentar el acceso a la educación, la ley establece que ciertos niveles educativos están exentos de IVA. A pesar de esto, no toda la educación privada está exenta.

El derecho a la vivienda es otro de los sectores protegidos dentro del esquema de exenciones del IVA.

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Las operaciones con acciones que detonan un evento fiscal son en específico tres: la venta, la compra para cubrir una venta en corto y los dividendos.

La venta se da cuando un inversionista compra determinadas acciones, y al ver que incrementa su valor aprovecha para venderla, y ahí es donde se detona el evento fiscal de una ganancia, si se vende cuando la acción va perdiendo valor se tendrá una pérdida.

La compra para cubrir una venta en corto es a la inversa, o sea, cuando se detecta que una acción en lugar de subir va a la baja, entonces el inversionista pide prestadas acciones que venderá (venta en corto) y cuando ve la oportunidad de que la acción comienza a bajar, compra acciones justamente para pagar el préstamo de valores y ahí se da una compra que cubre el efecto de la venta en corto, con lo que se detona un efecto fiscal.

Por su parte, los dividendos son las ganancias que las empresas distribuyen entre sus inversionistas.

Al invertir en acciones, a través de estas opciones, se tiene una dinámica activa en la que hay que estar atentos a cada movimiento realizado.

Por un lado, las personas morales deberán calcular las ganancias por su cuenta, tomando en consideración tres conceptos: el costo promedio, la inflación y las métricas fiscales de la emisora.

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