Descubre el Impactante Concepto y las Sorprendentes Características de la Persona Humana y Moralpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si estás a punto de iniciar un negocio, debes definir si quieres responsabilizarte como persona física o como persona moral, es decir, debes decidir si trabajarás por cuenta propia o con un grupo de personas. En caso de que optes por la segunda opción, será de gran ayuda conocer los tipos y pasos para registrarte como persona moral.

Definición y naturaleza de la persona moral

La persona moral, también conocida como persona jurídica, se refiere a las entidades que poseen una existencia jurídica, y que están constituidas por un conjunto de personas u organizaciones que han creado una institución para brindarle reconocimiento de entidad independiente con la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones de cualquier índole, incluyendo obligaciones fiscales. Para verlo de una manera más sencilla, una persona moral no es vista como un individuo sino como una institución, no tiene una existencia material o concreta. Se le conoce como «moral» porque no se trata de una entidad física, material, que pueda ser percibida a través de los sentidos.

Según el derecho, las personas morales cuentan con una personalidad jurídica propia, quiere decir que están capacitadas para adquirir bienes, contraer obligaciones, ejercer acciones ante un juez. También se caracterizan por tener domicilio, nombre, capacidad y patrimonio.

Atributos de las personas morales

  • Nombre (denominación o razón social): Puede hacer referencia a la actividad que desarrolla la institución o sociedad, incluir el nombre de sus integrantes, o simplemente tratarse de un nombre inventado por los creadores.
  • Domicilio y única nacionalidad: Deberán registrar su domicilio en la ciudad donde está establecida su administración y establecer un domicilio fiscal ante el SAT.
  • Patrimonio: Se compone de todos los bienes, derechos y obligaciones tasables en dinero que posee la persona moral.
  • Capacidad jurídica: Adquieren capacidad jurídica desde el momento en el que se constituyen, lo que significa que la persona moral está habilitada para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

Clasificación y regímenes fiscales

De acuerdo a las actividades que realice la persona moral, se puede clasificar en dos regímenes:

1. Régimen general

Aquí encontramos a las personas morales con fines de lucro, estas buscan obtener ganancias (utilidades) a cambio de un bien o servicio producido o brindado. Por lo general las encontramos como sociedades mercantiles, civiles, instituciones de crédito, seguros y fianzas.

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2. Régimen con fines no lucrativos

Este tipo de persona busca promover causas sociales y defender derechos de diferente índole, tales como la cultura, la salud, el deporte y la igualdad social. Por lo general, están involucradas en fundaciones, asociaciones civiles y organizaciones no gubernamentales (ONG).

La persona humana: ética y valores

La persona no es un algo o una naturaleza orgánica, sino que es alguien, un ser con facultades superiores como la inteligencia y la voluntad, y que actúa conforme a ellas. Según la ética, el ser humano debe ser un ser racional y libre, capaz de tomar decisiones por sí mismo sin hacer daño a los demás, distinguir entre lo que está bien y lo que está mal y actuar en responsabilidad con ello.

Diferencias entre actos humanos y actos del hombre

Para comprender el actuar humano, es importante abordar el término acto:

  1. Actos del hombre: Son aquéllos no propios de la voluntad y la inteligencia. Se encuentran en la vida vegetativa y animal.
  2. Actos humanos: Se relacionan con la acción voluntaria, definida como aquella acción que procede de una elección y decisión propia y se dirige a un fin bueno. En ellos, la persona humana se juega su propio destino.

La conducta humana goza una mayor indeterminación y libertad de movimientos que la de los animales, ya que el ser humano señala de un modo voluntario y libre el fin de sus acciones. Los actos humanos son libres, y por lo mismo, existen tres tipos de consecuencias que se derivan de ellos: responsabilidad, mérito y autonomía.

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