Descubre Cómo la Nueva Ley del Infonavit Impacta tus Amortizaciones y Obligaciones Patronalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El pasado 21 de febrero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma sustancial a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Ley Federal del Trabajo en materia de vivienda con orientación social. Esta reforma, que entró en vigor el 22 de febrero de 2025, introduce modificaciones relevantes que pueden implicar nuevos retos operativos para las empresas, al establecer nuevas obligaciones para los empleadores.

Nuevo criterio sobre descuentos de amortización ante el Infonavit

Hasta antes de esta reforma, si un trabajador presentaba una incapacidad por enfermedad general o riesgo de trabajo, las amortizaciones de su crédito INFONAVIT se suspendían temporalmente debido a la falta de percepción salarial. Anteriormente, si un trabajador estaba incapacitado y/o presentaba ausentismos y no percibía salario, la empresa no retenía ni enteraba el pago del crédito INFONAVIT.

Sin embargo, en lo que respecta a los abonos o amortizaciones establecidos en el penúltimo párrafo del artículo 29.° de la ley, la disposición es clara y estricta al establecer que, en caso de no percibirse salario o cuando haya incapacidades expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deben efectuarse los pagos correspondientes a las amortizaciones. Con la reforma, aun si el trabajador no percibe salario por ausentismo e incapacidad, la empresa sigue obligada a enterar la amortización del crédito.

Desafíos operativos y riesgos financieros

Ante estos cambios, surge una situación de complejidad administrativa, ya que aún existe incertidumbre jurídica, pues los sistemas de nómina y el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) no están preparados para esta situación. Los errores ante el Infonavit cuestan: descuentos mal aplicados, amortizaciones incorrectas, registros patronales inconsistentes o fallas en el SUA pueden generar multas, recargos y conflictos laborales.

Impacto en la gestión empresarial

  • El impacto de esta reforma podría representar un riesgo financiero y operativo para las empresas, especialmente en sectores donde las incapacidades laborales son más frecuentes.
  • Las empresas deberán seguir pagando las amortizaciones de INFONAVIT aun cuando el trabajador presente ausentismos e incapacidades y no reciba salario, lo que representa un riesgo financiero.
  • Existe el riesgo de que el patrón pague las amortizaciones y no logre recuperar las de los trabajadores.
  • Para aquellas empresas que requieren contar con opiniones de cumplimiento positivas ante el INFONAVIT, este cambio podría afectar su capacidad de mantener dichos cumplimientos.
  • La intervención del Infonavit, que debe validar los enteros de las amortizaciones, también puede tener consecuencias en la constancia del cumplimiento de obligaciones, lo que afectaría a los clientes que lo soliciten; asimismo, podría incidir en la vigencia del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) si existe un posible adeudo.

Consideraciones legales y recomendaciones

A juicio del suscrito y aplicando el artículo 49.° del reglamento, sólo aquellas empresas que tengan celebrado un convenio de reembolso de incapacidades con el IMSS podrán retener lo que corresponda conforme al aviso de retención y, de esta forma, cumplir con la obligación. Algunas empresas están considerando ampararse de forma legal para evitar sanciones o conflictos laborales ante dicha carga.

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Por lo anterior, se recomienda que los patrones que tengan trabajadores con créditos adeudados al Infonavit realicen un análisis detallado de la situación y lleven a cabo el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. Es fundamental contar con un enfoque estratégico para el cumplimiento normativo. A continuación, se detallan las fuentes legales clave para la consulta de estas obligaciones:

Marco normativo y referencias

  1. Diario Oficial de la Federación (DOF): Publicación oficial de la reforma.
  2. INFONAVIT: Información actualizada sobre las obligaciones patronales.
  3. Ley Federal del Trabajo: Marco normativo aplicable a las relaciones laborales.

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