En México, los ciudadanos tienen la obligación constitucional de contribuir al gasto público, tal como se establece en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta fracción indica que es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos de la Federación, los Estados, la Ciudad de México y el Municipio en que residan, de manera proporcional y equitativa, según lo dispongan las leyes.
Derecho Fiscal en México
El Derecho Fiscal se define como la rama del Derecho Público que regula las relaciones jurídicas entre el Estado (como autoridad fiscal) y los ciudadanos (como contribuyentes). El Derecho Fiscal establece las normas que determinan los tributos.
Marco Legal del Sistema Fiscal Mexicano
En el Sistema Fiscal Mexicano, son aplicables diversas disposiciones legales:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Tratados Internacionales de los que México sea parte.
- Código Fiscal de la Federación.
- Ley de Coordinación Fiscal.
- Códigos Fiscales de las Entidades Federativas y de los municipios.
- Leyes de Hacienda de los Estados y de los Municipios.
- Ley de Comercio Exterior.
- Ley Aduanera.
- Legislaciones en materia de impuestos (Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Sobre la Renta, etc.).
- Reglamentos, decretos y circulares.
Sujetos de la Relación Tributaria
En la relación tributaria, se identifican dos sujetos:
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- Sujeto Activo: El Estado, que establece y exige el pago de tributos. Incluye autoridades fiscales como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las Secretarías de Finanzas de los Estados y Municipios, las Delegaciones y Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
- Sujeto Pasivo: Las personas físicas y morales obligadas a contribuir para los gastos públicos, conforme a las leyes fiscales.
Tipos de Contribuciones
El Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. La Federación también está obligada a pagar contribuciones pero únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente, los Estados Extranjeros en casos de reciprocidad no están obligados a pagar impuestos.
Las contribuciones se clasifican en:
- Impuestos: Pagos obligatorios establecidos por la ley para personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley.
- Aportaciones de Seguridad Social: Contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
- Contribuciones de Mejoras: Pagos a cargo de personas físicas y morales que se benefician directamente por obras públicas.
- Derechos: Pagos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación, por recibir servicios públicos del Estado, o por servicios exclusivos del Estado prestados por organismos públicos descentralizados.
Las contribuciones se causan cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales. Los contribuyentes determinan las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa de la ley, y deben pagarlas en los plazos establecidos mediante declaraciones presentadas ante las oficinas autorizadas.
Es importante destacar que en México los medios electrónicos han tomado importancia en materia fiscal pues las declaraciones, los pagos, requerimientos de la autoridad entre otras operaciones en la materia se llevan a cabo a través de medios electrónicos.
Derechos de los Contribuyentes
Los contribuyentes pueden presentar escritos ante las autoridades fiscales formulando consultas o solicitudes de autorización, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (nombre, dirección, RFC, actividades, hechos y circunstancias relacionados con el escrito, etc.).
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La autoridad tiene la obligación de responder a estos escritos en un plazo de tres meses. Si transcurre ese plazo sin notificación, se considera que la autoridad resolvió negativamente.
Actos Administrativos en Materia Fiscal
El acto administrativo en materia fiscal es emitido por la autoridad fiscal para comunicar, ordenar, resolver o ejecutar acciones cuando se configuran las hipótesis normativas aplicables. Todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado, expresando el precepto legal aplicable y las circunstancias especiales que motivaron el acto.
Notificaciones
La notificación es el acto por el cual la autoridad fiscal informa a los contribuyentes sobre un acto o resolución, permitiéndoles responder o interponer medios de defensa. Las notificaciones pueden ser personales, por correo certificado, electrónicamente (buzón tributario), por correo ordinario o telegrama, por estrados, por edictos o por instructivos.
El Código Fiscal establece las formalidades para las notificaciones, cuyo incumplimiento puede ser impugnado por los contribuyentes.
Facultades de Comprobación de la Autoridad Fiscal
La autoridad fiscal puede practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electrónicas, recabar informes de funcionarios, practicar avalúos o verificaciones físicas de bienes, entre otros.
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El Código Fiscal de la Federación y otros dispositivos fiscales establecen los procedimientos y requisitos de fondo y forma para que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación. En este procedimiento, la autoridad requiere el pago del crédito fiscal al contribuyente, en caso de que el contribuyente no pruebe haber efectuado el pago, la autoridad fiscal podrá practicar el embargo sobre bienes o la negociación del contribuyente que sean suficientes para cubrir el crédito fiscal.
La autoridad fiscal podrá embargar bienes inmuebles, bienes muebles como acciones, bonos, cupones, derechos de autor, marcas, obras artísticas, entre otros. Aquí es importante mencionar que los Códigos Fiscales de la Federación y de las Entidades Federativas y de los municipios disponen qué bienes quedan exceptuados de embargo, algunos de estos son: el lecho cotidiano, los vestidos, los muebles que no sean de lujo del deudor y de sus familiares, el patrimonio de familia, la maquinaria, los instrumentos o mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor, entre otros.
Uno de los supuestos para que el embargo quede sin efecto se da cuando el contribuyente cumple con el requerimiento de pago del crédito fiscal a su cargo.
Además, las autoridades fiscales pueden aplicar multas por infracciones a las disposiciones fiscales, independientemente del pago de las contribuciones.
Delitos Fiscales
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público actúa como víctima u ofendido en procedimientos y juicios penales relacionados con delitos fiscales, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.
Medios de Defensa del Contribuyente
Los contribuyentes tienen varios medios de defensa:
- Recurso de Revocación: Se interpone contra actos administrativos en materia fiscal ante la propia autoridad fiscal.
- Juicio Contencioso Administrativo: Se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, regido por la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y Tratados Internacionales.
- Amparo en Materia Fiscal: Se utiliza para impugnar actos de autoridades fiscales por violación directa de garantías, leyes que causen perjuicio, y contra actos o resoluciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Legislación Complementaria
Además del Código Fiscal de la Federación, otras leyes importantes incluyen:
- Ley de Ingresos de la Federación.
- Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.
- Código de Comercio.
- Ley Aduanera.
- Ley de Coordinación Fiscal.
- Ley del Impuesto Sobre la Renta: Establece las disposiciones aplicables a las personas físicas y morales obligadas al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos que obtengan. La ley establece normas sobre la declaración anual, sobre los diversos ingresos (por enajenación de bienes, arrendamiento, enajenación de acciones en bolsa, adquisición de bienes, intereses, premios, dividendos, entre otros) y además reconoce el derecho que tienen los contribuyentes a efectuar deducciones, esto es, a disminuir gastos de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. La legislación también dispone los requisitos de las deducciones y cuáles pagos, gastos y otros no son deducibles.
Obligaciones Fiscales
Se dice que la vida adulta comienza cuando damos inicio a las obligaciones fiscales; también, que de la muerte y del fisco nadie se salva. Las encargadas de hacer posible esta realidad son las leyes fiscales aplicables en México, con las cuales es mejor estar familiarizados por lo menos a grandes rasgos.
En México, la base legal para el pago de impuestos está respaldada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece los principios fundamentales que rigen el sistema tributario. Cada contribuyente debe pagar impuestos según su capacidad económica. A su vez, esta regulación del CFF está respaldada por el Artículo 31 Fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que establece que «son obligaciones de los Mexicanos… IV.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la máxima norma jurídica en el país que rige sobre todas las demás, lo que en pocas palabras quiere decir que siempre tendrá la decisión final ante un juez durante alguna controversia presentada.
