Introducción
La Coordinación de Universidad Abierta y Educación a Distancia de la UNAM, comprometida con la difusión del conocimiento, pone a disposición del público en general recursos valiosos. Al navegar en este sitio, encontrará contenidos diseñados por académicos de la UNAM, denominados Recursos Educativos Abiertos (REA), disponibles para todo el público en forma gratuita. Los contenidos de cada REA son responsabilidad exclusiva de sus autores, y de las entidades académicas a las que están adscritos quienes los desarrollan. Los REA podrán ser utilizados sin fines de lucro, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, respetando los términos institucionales de uso y los derechos de propiedad intelectual de terceros. Este artículo compila información vital y de apoyo para las personas trabajadoras asalariadas en México.
Programas y Apoyos Económicos para Trabajadores
Existen diversos programas de apoyo diseñados para fortalecer la situación laboral y económica de los trabajadores y sus familias.
Apoyo a Trabajadores con Ajustes Salariales
Un apoyo económico es otorgado a trabajadores en activo que hayan sufrido ajustes a la baja en el salario que percibían y que, sin perder el empleo, pierden ingresos directos y con ello disminuyen su nivel de vida.
Apoyo para Mujeres Empresarias
Otro apoyo económico está dirigido a Mujeres empresarias (personas físicas y morales) con 6 o hasta 100 personas empleadas que presenten un proyecto para incorporar PEG en su empresa y fortalecerla. Este apoyo busca fomentar la participación femenina en el ámbito empresarial.
Apoyo para Capacitación y Vinculación Laboral
También se ofrece apoyo económico equivalente a 1.5 salarios mínimos vigentes por cada día efectivo de capacitación en grupos de hasta treinta beneficiarios finales. En el caso de los buscadores de empleo, recibirán los servicios de las Jornadas de Vinculación Laboral, que les permitirán acceder a un empleo formal.
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La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET): Tu Aliado Laboral
La PROFEDET es la institución que aboga y defiende a las personas trabajadoras. Ahí te podemos dar información general sobre tus derechos laborales. Es importante señalar que todos los servicios que ofrece la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo son completamente gratuitos, por lo que ningún servidor público puede solicitar pagos, dádivas o beneficios a cambio de su atención. Comunícate sin costo con nosotros.
Servicios Gratuitos de PROFEDET
- Asesoría: Si tienes dudas sobre tus derechos laborales o algún problema relacionado con la vulneración de un derecho laboral, te brindamos asesoría cuando acudes presencialmente a PROFEDET. Nuestro personal te escucha, resuelve tus dudas y te explica tus derechos y tus obligaciones como persona trabajadora, beneficiaria o como sindicato. En nuestra página web encontrarás los documentos que te recomendamos traer, dependiendo del problema o duda que tengas. Para brindarte una asesoría específica te pediremos que asistas a la oficina más cercana a tu domicilio.
- Representación jurídica: Si tu asunto no se arregla amistosamente o la ley no establece que se deba conciliar, entonces tu problema laboral se llevará ante los tribunales laborales federales para que un juez determine quién tiene la razón en el conflicto. Para ello, seremos tus abogados gratuitos ante los tribunales, de principio a fin: desde la asesoría, la elaboración y la presentación de la demanda hasta la conclusión del juicio. Es un pleito jurídico entre dos partes, principalmente entre persona trabajadora y patrón, el cual inicia con la presentación de una demanda ante los tribunales laborales.
Si tienes dudas respecto a este tema, acude a PROFEDET, aquí te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.
No te preocupes si no tienes un contrato de trabajo, aunque la Ley Federal del Trabajo establece que siempre que trabajes para un patrón este debe proporcionarte un contrato firmado, la ausencia de este, no te priva de los derechos que tienes como persona trabajadora.
Si uno de tus familiares falleció y trabajaba para una empresa, podrías tener derecho al pago de las prestaciones que generó en vida y que su patrón le adeudaba. Si tienes más dudas, en PROFEDET te ofrecemos asesoría gratuita para entender tus derechos como persona beneficiaria de un trabajador fallecido.
Si tienes 65 años y tienes algún problema para disponer de los fondos de tu Afore, en PROFEDET te brindamos asesoría gratuita para solicitarlos.
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Competencia de PROFEDET: ¿Quiénes Pueden Recibir Ayuda?
PROFEDET tiene una esfera de acción clara para la defensa de los derechos laborales.
- Trabajadores de Confianza: Al ser gerente de una empresa eres una persona trabajadora de confianza. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las personas trabajadoras con plazas de confianza no pueden formar parte de los sindicatos de los trabajadores generales. Si tienes más dudas respecto a este tema, en PROFEDET te ofrecemos asesoría gratuita para entender tus derechos colectivos.
- Estabilidad Laboral: Como persona trabajadora tienes derecho a tu estabilidad laboral. La Ley Federal del Trabajo establece cuáles son las causas por las que tu patrón puede terminar la relación de trabajo, a esto se le conoce como rescisión. Para saber más respecto a este tema, acércate a PROFEDET, para que te brindemos asesoría gratuita sobre tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.
- Límites de Competencia: No, PROFEDET no es competente para defender a los trabajadores al servicio del Estado. Sin embargo, si este es tu caso, acude a la Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado (PRODETSE). Además, las inspecciones laborales a nivel federal están a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
Jurisdicción Federal en Materia Laboral
Tu conflicto es de competencia federal si el servicio o la actividad de la empresa para la que trabajas pertenece a alguna de las siguientes ramas industriales, de acuerdo con lo estipulado por los Artículos 527 y 528 de la Ley Federal del Trabajo. La Jurisdicción Federal abarca la competencia de las autoridades federales para la aplicación de las normas de trabajo.
| No. | Rama Industrial |
|---|---|
| 1. | Textil |
| 2. | Eléctrica, empresas que se dedican a la generación y distribución de electricidad, como CFE, Iberdrola Generación México, S. A. de C.V., Frontera México Generación S. de R. L. de C. |
| 3. | Cinematográfica |
| 4. | Hulera |
| 5. | Azucarera |
| 6. | Minera |
| 7. | Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos |
| 8. | De Hidrocarburos |
| 9. | Petroquímica |
| 10. | Cementera |
| 11. | Calera, empresas dedicadas a la calcinación de piedra caliza, como Grupo Calidra, Calera Zacatecas, La Calera, Calera Beltrán, Cales y Morteros del Grijalva, S. A. de C. |
| 12. | Automotriz, empresas dedicadas a la fabricación de automóviles y autopartes, mecánica o eléctrica |
| 13. | Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos |
| 14. | De celulosa y papel, empresas dedicadas a la producción de celulosa y papel, como Papel y Cartón de México, Cartones Ponderosa, Celulosa y Corrugados de Sonora, Coparmex, S. A. de C. |
| 15. | De aceites y grasas vegetales, empresas dedicadas a la producción de aceites y grasas comestibles, como Unilever de México S. A. de C. V., Capullo, Aceites, Grasas y Derivados, S. A. de C. V. y Grupo Aceites de Mayo S. A. |
| 16. | Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello |
| 17. | Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello |
| 18. | Ferrocarrilera |
| 19. | Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera, como Grupo Maderero de la Reforma S. A. de C. |
| 20. | Vidriera, empresas dedicadas exclusivamente a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, como Botellas Guadalajara S. A. de C.V., Botellas y Tapas Cristal S. A. de C. |
| 21. | Ser administradas directa o descentralizadamente por el Gobierno Federal. |
También se considera jurisdicción federal a aquellas empresas que contraigan obligaciones patronales en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores, y de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): Derechos y Obligaciones
El Número de Seguridad Social del IMSS es fundamental para los trabajadores en México. Es responsabilidad de las y los empleadores inscribir a sus empleados en el IMSS. Esto te brinda acceso a beneficios como atención médica en hospitales, la posibilidad de obtener un crédito para vivienda y una pensión en el futuro, siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios establecidos en la ley.
Importancia de la Afiliación al IMSS
Las personas trabajadoras del hogar, así como cualquier otra persona trabajadora, tienen derecho a estar inscritas en el seguro social y a recibir sus beneficios. Si no estás inscrita en el seguro social, exige a tu patrón que te inscriba. Si tienes más dudas sobre este tema, acude a PROFEDET, aquí te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.
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¿Qué Hacer en Caso de No Estar Registrado o Accidente Laboral?
Si no estás registrado, se está violando tu derecho a la seguridad social. Debes informar inmediatamente al IMSS para que tu empleador te inscriba y cumpla con el pago retroactivo por el tiempo que hayas trabajado sin seguridad social, así, se asegura tu derecho mientras continúes laborando para él. Si trabajas y no estás inscrita en el IMSS y necesitas saber más respecto a este tema, acércate a PROFEDET, donde te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.
Si sufriste un accidente durante tu jornada laboral, tienes que ir de inmediato a la clínica del IMSS en la que estás dado de alta. Recuerda solicitar el formato ST-7 en la oficina de medicina del trabajo, esto servirá para que puedas solicitar tu incapacidad laboral. Si es una emergencia, deberás acudir a la clínica del IMSS más cercana.
Glosario de Términos Clave del Ámbito Laboral
Para una mejor comprensión de tus derechos y el entorno laboral, se presentan a continuación definiciones de términos importantes:
- Actividad Económica: Conjunto de acciones que contribuyen a generar la oferta de bienes y servicios, sean o no de carácter legal, y que se dan en un marco de transacciones que suponen consentimiento entre las partes. Incluye las actividades del sector primario para el autoconsumo, excepto la recolección de leña. Excluye actos redistributivos, monetarios o en especie, que no suponen una contribución a la oferta de bienes y servicios.
- Antigüedad en el Trabajo Actual: Tiempo durante el cual una persona ha estado trabajando de manera ininterrumpida para la misma unidad económica en su trabajo principal, independientemente de los cambios de puesto o funciones que haya tenido dentro de la misma. Se considera que un trabajador, ya sea subordinado o independiente, no ha interrumpido su vínculo laboral con su actual trabajo, siempre y cuando no haya suspendido su colaboración por un periodo mayor a un año.
- Asalariados: Personas que, según las normas internacionales, realizan algún trabajo por un sueldo o salario en metálico o en especie.
- Duración de la Jornada de Trabajo: Número de horas normales y extraordinarias laboradas por los ocupados que desempeñaron su actividad durante el periodo de referencia.
- Empleo: Circunstancia que otorga a una persona la condición de ocupado, en virtud de una relación laboral que mantiene con una instancia superior, sea ésta una persona o un cuerpo colegiado, lo que le permite ocupar una plaza o puesto de trabajo.
- Empleo Informal: Puestos de trabajo que ofrecen las unidades del sector informal, es decir, las unidades catalogadas como empresas de hogares, dedicadas a la producción de bienes o a la prestación de servicios, que no constituyen una entidad jurídica independiente del hogar propietario ni de los miembros del mismo y que no llevan una contabilidad completa que permita distinguir claramente las actividades de producción de la empresa y las demás de sus propietarios.
- Huelga: Suspensión temporal del trabajo, llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
- Ingreso Laboral o Remuneraciones al Trabajo: Es la percepción monetaria y/o en especie que recibió u obtuvo la población ocupada por el desempeño de su trabajo.
- Micronegocios: Unidades económicas no agropecuarias, cuyo tamaño no rebasa 16 trabajadores en la industria y 6 trabajadores en las demás ramas productivas.
- Personal ocupado (Empresas Constructoras): Comprende a los trabajadores empleados y obreros, eventuales o de planta, que en el mes de referencia trabajaron bajo control o dirección de la empresa en la entidad federativa o fuera de ésta (es decir en el estado donde se ubica la empresa o en cualquier estado de la República Mexicana) con una remuneración fija o determinada, cubriendo como mínimo una tercera parte de la jornada laboral. Incluye al personal con licencia por enfermedad, vacaciones, huelgas y licencias temporales con o sin goce de sueldo.
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