El reparto de utilidades o PTU es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o empleador el año anterior. La distribución se realiza entre los colaboradores que no tengan un puesto directivo o gerencial, que sean socios, accionistas o personal eventual y se calcula de acuerdo con el tiempo trabajado y el sueldo que se percibe.
De acuerdo al Decreto publicado el 23 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que hace varios cambios en materia de subcontratación, se modifica el cálculo del PTU para que esté topado al salario de 3 meses o el promedio del PTU recibido en los últimos 3 años del trabajador. El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador.
Marco Legal del Tope de la PTU
El pasado 23 de abril de 2021, se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en varias leyes. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y los representantes patronales y obreros, acordaron agregar al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) la Fracción VIII, en la cual se determina el tope para la PTU.
Respecto a la LFT, en el artículo 127 se adiciona la fracción VIII, que establece lo siguiente:
VIII. El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
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De acuerdo con lo establecido en esta fracción, una vez realizado el cálculo para obtener el importe a repartir a cada trabajador, se tendrá que hacer una comparativa entre dicho importe y el tope referido en la fracción. Si el importe a repartir al trabajador rebasa los tres meses de su salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, resultará aplicable el tope mencionado.
El fundamento legal es la Fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo.
Aplicación en CONTPAQi Nóminas
A partir de la versión 14.3.2 de CONTPAQi Nóminas, se actualiza el módulo del proceso para el cálculo de PTU, con base en las nuevas disposiciones fiscales. Esta actualización incluye los ajustes necesarios en el cálculo del PTU con base a la Fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, para que esté topado al salario de 3 meses o el promedio del PTU recibido en los últimos 3 años del trabajador.
Configuración del Cálculo de PTU en CONTPAQi Nóminas
Al ingresar al menú Procesos, submenú PTU, y ejecutar el proceso de PTU, se visualiza la ventana de Cálculo del reparto de utilidades. Para calcular la estimación de PTU a cada empleado, deberás configurar los siguientes parámetros.
Parámetros para el cálculo del Reparto de Utilidades (PTU)
La ventana de Parámetros se divide en dos secciones principales:
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- Datos para el cálculo del Reparto de utilidades (PTU):
- Cantidad a repartir entre los empleados: Es el monto a pagar o ingresos acumulables obtenidos por la empresa en el ejercicio inmediato anterior.
- Existencia de acumulados para el cálculo de PTU: Podrás elegir entre las opciones "Sí existen acumulados del ejercicio anterior" o "No existen acumulados del ejercicio anterior". Esta opción solo se debe utilizar cuando el ejercicio anterior no tiene historia.
- Descontar incidencias que estén asociadas al acumulado "Días de PTU que no participan": Son los días en los cuales existe una suspensión de la relación de trabajo.
- Configuración de Tope de PTU a 3 meses de salario o promedio de PTU recibida los últimos 3 años:
- Topar PTU: Por omisión, se mostrará habilitado. Al acercar el cursor se mostrará el mensaje "Topa el PTU entregado al empleado a 3 meses de salario o el promedio de PTU recibido en los últimos 3 años (fracción VIII del artículo 127 LFT) Si consideras no aplicar el tope, puedes desmarcar la casilla."
- Para tope de 3 meses considerar:
- Salario: Se incluyen los tipos de salario que se podrán considerar para el cálculo: Salario Diario, Salario Diario Integrado y Salario Base de Cotización.
- Al elegir la opción Salario Diario Integrado, para conformar el SDI se tomará el mismo criterio de validación que se tiene para el timbrado de CFDI:
- Si no tienes capturado el campo Salario base liquidación en el catálogo de Empleados, entonces el valor del atributo SalarioDiarioIntegrado será:
- Si la Base de cotización del empleado es Fija o Mixta, se tomará el Salario diario.
- Si la Base de cotización del empleado es Variable, se tomará el Salario variable (SBC Parte Variable).
- Días: Por omisión, se visualizará el valor 90, que es el tope de 3 meses de salario.
Proceso de Estimación de PTU: Descripción de Columnas
Una vez definidos los parámetros para el cálculo de PTU, visualizarás la información que se tomó como base para el cálculo, y con las columnas los resultados del cálculo de cada empleado. A continuación, se describe cada una de las columnas que forman parte del cálculo:
| Columna | Descripción |
|---|---|
| Código | Registrado al empleado dentro del catálogo de Empleados. |
| Nombre | Nombre del empleado al cual se le aplica el cálculo de PTU. |
| Tipo de Prestación | Corresponde al empleado (S = Sindicalizado, C = Confianza). |
| Tipo de Contrato | Tipo de contrato con el que fue dado de alta en la empresa. |
| Días Trabajados | Cuando existen acumulados del ejercicio anterior, muestra el acumulado de días trabajados. Si la empresa no tiene acumulados, muestra 365. |
| Ingresos Acumulados PTU | Si existen acumulados del ejercicio anterior, muestra el importe del acumulado "PTU ingresos acumulados para". Si no hay acumulados, muestra el salario diario del empleado * 365. |
| Días PTU Participan | Si existen acumulados, muestra los días trabajados menos los días que no participan. Si no hay acumulados, muestra 365. |
| Tope Salarial Confianza | Para trabajadores de Confianza, si hay Sindicalizados o de planta, se tomará como salario tope el 20% adicional al salario del trabajador sindicalizado o de planta que más ganó. |
| PTU Días | Importe de PTU que le corresponde al empleado por los días trabajados. |
| PTU Salario | Importe de PTU que le corresponde al empleado con base en el salario devengado. |
| PTU Previo | Resultado del cálculo de PTU considerando salarios percibidos y días trabajados. |
| Salario Diario | Salario diario registrado dentro del catálogo de Empleados. |
| Salario 3 Meses | Por omisión, resultado de la multiplicación del salario por 90 días. Editable. |
| Promedio PTU 3 Años | Por omisión, sumatoria del importe total de PTU recibida en los últimos 3 años (clave 'SAT P003'). Editable. Si no se encuentra información de 3 años, mostrará "No se encontró información." |
| Tope PTU | Muestra el valor mayor entre las columnas "Salario de 3 meses" y "Promedio de PTU de los últimos 3 años", según el Artículo 127, fracción VIII de la LFT. |
| PTU Definitivo | Refleja el importe de PTU una vez aplicado el tope, mostrando el valor menor entre "PTU Previo" y "Tope PTU". Editable. |
Es importante señalar que las columnas Salario 3 meses, Promedio PTU recibido últimos 3 años y PTU Definitivo, que se muestran en color amarillo, son editables. Podrás reportar un valor distinto al calculado si así lo requieres. Cuando un valor sea editado, el texto capturado se mostrará en color azul.
Pasos para Realizar el Proceso de la PTU en CONTPAQi Nóminas
Para llevar a cabo el proceso de la PTU en el sistema CONTPAQi Nóminas, sigue estos pasos:
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PASO 1: Determinar concepto de la PTU
En el catálogo de empresas se deberá asignar el concepto que utilizará el proceso de la PTU. Esta asignación se realiza en la pestaña de opciones.
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PASO 2: Deshabilitar a los empleados para la PTU
Deshabilita la casilla para Directores, Accionistas y Gerentes Generales, según lo indicado en el Artículo 127 de la LFT Fracción I.
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PASO 3: Verificar tus empleados eventuales
CONTPAQi® Nóminas automáticamente excluye del Cálculo de la PTU a los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.
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PASO 4: Verificar si tus empleados son Sindicalizados
En el catálogo de empleados también se deberá validar el tipo de empleado, ya sea Sindicalizado o de Confianza. Esto es relevante para aplicar el tope del 20% del trabajador sindicalizado que más ingresos que participan para PTU, según el Artículo 127 de la LFT - Fracción II.
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PASO 5: Verificar los acumulados para la PTU
Para el reparto de utilidades, el 50% se distribuye con base en los ingresos acumulados en el ejercicio. En la pestaña de acumulados del sobre-recibo podrás verificar los acumulados que se utilizarán para el cálculo de PTU.
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PASO 6: Definir qué ISR vas a utilizar
Recuerda que podrás exentar 15 UMA.
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PASO 7: Proceso para ejecutar la PTU en CONTPAQi® Nóminas
Realiza la ejecución del cálculo de PTU una vez que todos los parámetros y datos estén correctamente configurados.
