Un comprobante fiscal es el documento fundamental que acredita una transacción económica con efectos fiscales, como la compra, venta, renta, donación o prestación de servicios. Estos documentos son indispensables para comprobar ingresos, egresos y otras operaciones ante la autoridad tributaria, siendo la base de toda transacción económica formal. Conocer sus usos y tipos es crucial para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales y evitar errores y posibles sanciones.
Comprobantes Fiscales en la República Dominicana
En la República Dominicana, los comprobantes fiscales están regulados por Impuestos Internos y cumplen con estructuras y tipos específicos.
Estructura de los Números de Comprobantes Fiscales (NCF)
Los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) son secuencias alfanuméricas que identifican un comprobante fiscal autorizado por Impuestos Internos. Estos cumplen con una estructura establecida en ocasión de las disposiciones de la NG 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales, a través del aviso 13-18. La letra B indica la serie, los próximos 2 dígitos especifican el tipo de comprobante y los últimos 8 dígitos corresponden a la secuencia, para un total de 11 caracteres.
Respecto a los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), introducidos por la NG 05-2019 sobre Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales, los mismos son identificados con un Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF) y su estructura quedó establecida a través del aviso 24-19.
Tipos de Comprobantes Fiscales Dominicanos
Existen diferentes tipos de comprobantes que el contribuyente puede utilizar según el tipo de transacción a realizar, cada uno identificado con un código numérico. A continuación, se describen algunos de ellos:
Lea también: Anexo 5 de la RMF 2013
Tipos de Comprobantes Fiscales Generales
- Factura de Crédito Fiscal (Tipo 01): Registran las transacciones comerciales de compra y venta de bienes y/o los que prestan algún servicio. Permiten al comprador o usuario que lo solicite sustentar gastos y costos del ISR o créditos del ITBIS.
- Factura de Consumo (Tipo 02): Acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios a consumidores finales. No poseen efectos tributarios, es decir, que no podrán ser utilizados para créditos en el ITBIS y/o reducir gastos y costos del ISR.
- Notas de Débito (Tipo 03): Documentos que emiten los vendedores de bienes y/o los que prestan servicios para recuperar costos y gastos, como; intereses por mora, fletes u otros, después de emitido el comprobante fiscal. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes emitidos con anterioridad.
- Notas de Crédito (Tipo 04): Documentos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios por modificaciones posteriores venta en las condiciones de originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, corregir errores o casos similares.
Comprobantes Especiales
Dentro de los comprobantes fiscales, también se encuentran los de tipo especial, diseñados para situaciones específicas:
- Comprobante de Compras (Tipo 11): Documentos emitidos por las personas físicas o jurídicas cuando adquieran bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes o que sean autorizados mediante norma general.
- Comprobante de Registro Único de Ingresos (Tipo 12): Documento utilizado para registrar un resumen de las transacciones diarias realizadas por las personas físicas o jurídicas a consumidores finales, concentradas fundamentalmente en productos o servicios exentos del ITBIS.
- Comprobante para Gastos Menores (Tipo 13): Son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal, sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes.
- Comprobante para Regímenes Especiales (Tipo 14): Son utilizados para facturar las ventas de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS o ISC a personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación, mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional.
- Comprobante Gubernamental (Tipo 15): Son utilizados para facturar la venta de bienes y la prestación de servicios al Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Autónomas, Instituciones de Seguridad Social Y cualquier entidad gubernamental que no realice una actividad comercial.
- Comprobante para Exportaciones (16): Son utilizados por los exportadores nacionales; zonas francas comerciales e industriales para reportar las ventas de bienes fuera del territorio nacional.
- Comprobante para Pagos al Exterior (17): Son emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales.
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en México
En México, el sistema de facturación electrónica se basa en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), regulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Definición y Evolución del CFDI
El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es el modelo de facturación electrónica vigente en México desde 2014, regulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Un CFDI es una factura electrónica que se genera, valida y certifica en línea a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Este documento es indispensable para comprobar ingresos, egresos y otras operaciones fiscales ante la autoridad.
Antes de la facturación electrónica en México, se utilizaban múltiples documentos. Así, previamente las facturas seguían una foliación específica para cada persona moral o física. Fue en 2010 cuando el SAT incorporó el sistema de facturación electrónica con los primeros documentos, llamados CFD, para brindar total seguridad a emisores y receptores. Actualmente, la versión de CFDI en vigor es la facturación 4.0, misma que reemplaza a la versión 3.3 que se empleaba desde 2018.
Tipos de CFDI y sus Usos
Conocer cuáles son los tipos de CFDI que existen en México y sus características permite saber qué CFDI ocupar según sea el caso, sin importar el giro. Los principales tipos de CFDI incluyen:
Lea también: Implicaciones de la RMF
- CFDI de ingreso: Se emite cada vez que se realiza una venta o se obtiene un ingreso. Su función principal es comprobar los ingresos del contribuyente ante el SAT. Se utiliza en casos como prestación de servicios, venta de bienes o mercancías, arrendamiento, honorarios profesionales y donativos. Este es el tipo de CFDI más utilizado por empresas y personas físicas.
- CFDI de egreso: Se utiliza para registrar salidas de dinero o correcciones a ingresos previamente facturados. Se emite en situaciones como descuentos sobre ventas, devolución de mercancías, cancelación de facturas y bonificaciones. Este comprobante permite ajustar correctamente la contabilidad y evitar inconsistencias fiscales. Amparan devoluciones, descuentos y bonificaciones para efectos de deducibilidad y también puede utilizarse para corregir o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que documenta, como la aplicación de anticipos.
- CFDI de traslado: Sirve para documentar el transporte de mercancías dentro o fuera del país. Debe emitirse en casos como cuando el propietario transporta sus propios bienes, cuando interviene una empresa transportista o cuando se trasladan mercancías al extranjero. Ampara el transporte de mercancías de un lugar a otro. En el Comprobante de Traslado se declara la mercancía que se transporta de un lugar a otro, la emisión de este tipo de comprobante no supone un ingreso para el contribuyente. También puede usarse, en algunos casos, para documentar operaciones de traslado de mercancías al extranjero (comercio exterior). Cabe mencionar que en ambos casos, el valor total del comprobante será por un importe “0”. En muchos casos, este CFDI debe incluir el complemento Carta Porte, obligatorio para el transporte por vía terrestre, aérea, marítima o ferroviaria.
- CFDI de nómina: Es el comprobante que se utiliza para registrar los pagos a empleados por sueldos, salarios y prestaciones. Es obligatorio para todos los empleadores y funciona como recibo de pago laboral, comprobante fiscal ante el SAT y evidencia del cumplimiento de obligaciones laborales. Se identifica con la clave “N” en el tipo de comprobante. La clave del CFDI de Nómina se identifica de Tipo N y además de usarle en el pago de sueldos y salarios, también puede ser utilizado en el pago de viáticos y aguinaldo. Sin embargo, si eres un trabajador bajo el régimen de salarios, tu patrón deberá expedir un comprobante de nómina.
- CFDI de recepción de pagos: También llamado complemento de pago, se utiliza cuando una operación no se liquida al momento de emitir la factura. Aplica en pagos en parcialidades, ventas a crédito y pagos diferidos. Este CFDI permite llevar un control preciso entre facturas emitidas y pagos recibidos, facilitando la conciliación contable. Se utiliza cuando las operaciones se liquidan en parcialidades o diferido.
Requisitos Generales de un CFDI
Para la validez de un CFDI, es fundamental que cumpla con una serie de requisitos establecidos, que incluyen:
- RFC de quien los expida.
- Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
- Si se tiene más de un local o establecimiento, señalar el domicilio en el que se expidan las facturas electrónicas.
- Número de folio.
- Sello digital del contribuyente que lo expide.
- Lugar y fecha de expedición.
- RFC de la persona a favor de quien se expida.
- Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías, o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
- Valor unitario en número.
- Importe total en número o en letra.
- Señalamiento expreso cuando se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
- Cuando proceda, indicar el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
- Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, e indicar al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente).
- Adicionalmente, debe incluir los siguientes datos establecidos en el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal:
- Versión del esquema de la factura electrónica.
- Número de serie del certificado digital con el que se generó el sello de la factura electrónica, expresado a 20 posiciones.
- Opcionalmente, expresar el certificado de sello digital que ampara a la factura electrónica como texto, en formato base 64.
- Número y año de la aprobación de los folios.
- Hora de expedición.
- Las reglas para la generación del sello digital de las facturas electrónicas.
- Otros requisitos son: a) La cadena original con la que se generó el sello digital.
Lea también: Análisis de la Regla Miscelánea Fiscal 2012
