El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una modalidad fiscal que ha sido implementada en México para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales, especialmente para pequeños y medianos contribuyentes. El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un nuevo régimen fiscal emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que entró en vigor en enero de 2022.
Este régimen fue diseñado específicamente para facilitar el cumplimiento fiscal de pequeños y medianos contribuyentes, eliminando muchos de los requisitos complejos que caracterizaban al sistema tributario tradicional. RESICO está diseñado para aquellos contribuyentes que buscan transparencia y sencillez en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
¿Qué es RESICO y cómo funciona?
Es un régimen que ha generado mucho interés y dudas entre los contribuyentes, por lo que hemos creado esta guía para aclarar los puntos más importantes. El Régimen Simplificado de Confianza sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal RIF para personas físicas.
Los principales objetivos del SAT con el nuevo régimen son:
- Otorgar beneficios de mínimas tasas del Impuesto sobre la Renta (ISR) para Personas Físicas.
- Permitir que los contribuyentes puedan calcular el ISR de forma sencilla mediante la precarga de datos en el portal del SAT.
- Calcular las tarifas del ISR en base al flujo de efectivo para Personas Físicas y Morales, y sobre los montos erogados en el caso de Personas Morales.
Es crucial llenar correctamente los CFDIs para facilitar el cálculo de los impuestos al precargar la información en el sistema.
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¿Quiénes pueden acceder al RESICO?
Pueden acceder a este régimen tanto personas físicas como morales que cumplan con los criterios establecidos. Las personas físicas incluyen empresarios individuales, profesionistas independientes y prestadores de servicios. Las personas morales abarcan pequeñas y medianas empresas que no excedan los límites de ingresos establecidos.
Tipos de contribuyentes permitidos
Pueden ingresar al RESICO:
- Personas físicas con actividad empresarial
- Prestadores de servicios profesionales
- Personas morales del régimen general
- Contribuyentes que realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas (solo personas morales)
Restricciones y exclusiones
No pueden acceder aquellos contribuyentes que:
- Tengan ingresos superiores al límite establecido
- Realicen actividades financieras o bursátiles
- Sean parte controladora o controlada de otras entidades
- Mantengan inversiones en el extranjero superiores a 200,000 UDIS
Requisitos para pertenecer al RESICO
Los contribuyentes que tributan bajo RESICO tienen una serie de obligaciones fiscales que deben cumplir para evitar sanciones.
Requisitos Personas Físicas
- Estar inscrito y activo en el RFC.
- Tener la e.firma vigente.
- Tener activo el Buzón Tributario.
- No estar dentro del listado de contribuyentes del SAT en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Emitir factura electrónica.
Límite de ingresos anuales
El principal requisito es no exceder los 3.5 millones de pesos anuales en ingresos totales. Este límite aplica tanto para personas físicas como morales y se calcula considerando todos los ingresos gravables del contribuyente durante el ejercicio fiscal.
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Obligaciones fiscales bajo RESICO
Todos los contribuyentes en el régimen RESICO deben emitir facturas electrónicas por las operaciones que realicen. Los contribuyentes deben presentar declaraciones mensuales en las que informen sus ingresos y retenciones, así como los impuestos a cargo.
- CFDI y facturación electrónica: Los contribuyentes deben emitir comprobantes fiscales digitales por todos sus ingresos y mantener un registro adecuado de sus operaciones. La facturación electrónica sigue siendo obligatoria.
- Presentación de declaraciones: Además de los pagos mensuales, deben presentar declaración anual antes del 30 de abril del año siguiente. Esta declaración determina el impuesto definitivo del ejercicio.
- Uso obligatorio del buzón tributario: Todas las comunicaciones oficiales con el SAT se realizan a través del buzón tributario, por lo que es fundamental mantenerlo activo y revisarlo regularmente.
Cálculo de Impuestos en el Régimen RESICO
Tanto personas físicas como morales deben calcular y pagar el ISR e IVA correspondientes. El cálculo se realiza tomando en cuenta el porcentaje de la tasa que aplique de acuerdo con los ingresos obtenidos.
Cálculo de ISR Personas Físicas
La tasa de ISR RESICO se calcula con base en los ingresos del contribuyente. Para calcular el pago mensual, se consideran los ingresos efectivamente percibidos, respaldados con comprobantes fiscales, sin incluir el IVA.
Retención ISR RESICO: Cuando se presten servicios a Personas Morales, éstas deberán hacer una retención del 1.25% sobre el pago realizado, la cual podrá restarse del pago mensual del ISR.
Ejemplo: Cómo calcular el ISR para Personas Físicas
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Si una persona física tuvo un ingreso mensual de $58,000 pesos (incluyendo IVA), el cálculo sería el siguiente:
Ingreso efectivamente cobrado (sin IVA): $50,000.00
Tasa ISR correspondiente (1.10%): x 1.10%
ISR a pagar: $550.00
Por lo tanto, el ISR a pagar por el mes correspondiente es de $550 pesos.
Para la declaración anual, todo lo pagado mensualmente, así como las retenciones hechas por Personas Morales, se restará una vez hecho el cálculo.
¿Cómo se calcula y se paga el ISR para Personas Morales?
El ISR se calcula mediante pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago. Para esto, es necesario calcular la utilidad fiscal y aplicarle la tasa establecida en el artículo 9 de la Ley del ISR, que es del 30%.
En el pago provisional, es posible aplicar pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Tarifas por nivel de ingreso
Las tasas de ISR varían según el nivel de ingresos:
- Hasta 1 millón de pesos: 1%
- De 1 a 2 millones: 1.4%
- De 2 a 3.5 millones: 2.1%
Tabla de tasas de ISR para Personas Físicas bajo RESICO
| Ingresos Mensuales (sin IVA) | Tasa de ISR |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00% |
| $25,000.01 - $50,000 | 1.10% |
| $50,000.01 - $75,000 | 1.20% |
| $75,000.01 - $100,000 | 1.50% |
| $100,000.01 - $250,000 | 2.00% |
| $250,000.01 en adelante | 2.50% |
Beneficios del régimen RESICO
El régimen RESICO ofrece características y beneficios tanto para personas físicas como para personas morales.
Beneficios para Personas Físicas
El beneficio principal para las Personas Físicas bajo el régimen RESICO es la tasa mínima de ISR, que oscila entre el 1% y el 2.5%, siempre y cuando los ingresos en el ejercicio fiscal inmediato anterior no excedan los 3.5 millones de pesos. Otros beneficios incluyen la exención de la presentación de declaraciones informativas y la eliminación de la obligatoriedad de llevar contabilidad electrónica.
Beneficios para Personas Morales
Para las Personas Morales, los beneficios fiscales incluyen la eliminación del factor de coeficiente de utilidad, el pago tributario calculado a partir de ingresos efectivamente cobrados y gastos reales, y un esquema de deducción de inversiones a menor plazo, siempre y cuando estas inversiones no superen los 3 millones de pesos. De acuerdo con el SAT, las personas morales que pueden tributar bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) deben tener ingresos menores a 35 millones de pesos y estar constituidas por personas físicas.
Beneficios clave del RESICO
- Reducción de carga administrativa: Una de las principales ventajas es la significativa reducción en trámites y procedimientos administrativos. Los contribuyentes pueden enfocarse más en su actividad económica que en cumplir con obligaciones fiscales complejas.
- Tasas preferenciales de ISR: Las tasas reducidas representan un ahorro considerable en el pago de impuestos, especialmente para contribuyentes con ingresos dentro del rango medio del límite establecido.
- Menor necesidad de deducciones: Al contar con tasas preferenciales, la necesidad de comprobar deducciones disminuye considerablemente, simplificando la contabilidad y reduciendo costos de cumplimiento.
Deducciones que pueden realizar las Personas Morales
- Devoluciones, descuentos o bonificaciones recibidas, siempre que se haya acumulado el ingreso correspondiente.
- Adquisiciones de mercancías y materias primas.
- Gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
- Inversiones.
- Intereses pagados derivados de la actividad, sin ajuste alguno.
- Capitales tomados en préstamo, siempre que se reinviertan en las actividades de la persona moral.
- Cuotas patronales pagadas al IMSS.
- Aportaciones para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilados del personal.
¿Cómo inscribirse o cambiarse al RESICO?
Procedimiento paso a paso desde el portal del SAT
Para inscribirse, es necesario acceder al portal del SAT con tu RFC y contraseña. Una vez dentro, busca la opción "Cambio de régimen fiscal" y selecciona RESICO como tu nuevo régimen. El sistema te guiará a través de un proceso de validación automática.
Es importante realizar este cambio durante los plazos establecidos por el SAT, generalmente durante enero de cada año o al momento de iniciar actividades económicas.
Documentos necesarios
El proceso requiere únicamente:
- CURP actualizada
- Comprobante de domicilio fiscal
- Actividad económica que realizarás
- Validación de cumplimiento de requisitos
Incumplimiento de obligaciones fiscales
El incumplimiento de las obligaciones fiscales bajo el régimen RESICO puede traer consigo sanciones significativas. El incumplimiento de los plazos establecidos para el pago de impuestos y la presentación de declaraciones puede tener consecuencias negativas, como la imposición de multas y recargos.
Herramientas para llevar tu contabilidad en RESICO
Para simplificar el cálculo de impuestos y asegurar el cumplimiento con las normativas fiscales, se recomienda utilizar una calculadora de impuestos para RESICO.
Software recomendados
Existen diversas herramientas que facilitan el cumplimiento fiscal:
- ContPAQi: Sistema integral de contabilidad
- SAT móvil: Aplicación oficial para consultas básicas
- Facturación en línea: Plataformas para emisión de CFDI
Automatización y control
La implementación de sistemas automatizados permite mantener un control eficiente de ingresos, gastos y obligaciones fiscales, reduciendo errores y optimizando tiempo.
