Descubre los Tipos de Contribuyentes en Ecuador y Cómo el SRI Impacta tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La política tributaria y fiscal en la República del Ecuador, según datos del Banco Central del Ecuador (2018a), en la cuenta de operaciones del gobierno Central, luego del proceso de dolarización en el año 2000, fue de carácter restrictiva hasta el año 2006. No obstante, a partir del año 2007, con la llegada de la revolución ciudadana al gobierno a través del presidente Rafael Correa se asumió una política tributaria y fiscal de carácter expansivo, la cual se ha mantenido hasta el presente, incluso con la llegada de la administración del Presidente Lenin Moreno, a partir del año 2017.

El pago de impuestos constituye uno de los principales mecanismos para mantener y fortalecer la política fiscal del gobierno y, en algunos casos, la principal fuente de recursos económicos que permiten al Estado conservar y mejorar los niveles de ahorro público. Es por ello, que la política tributaria se considera primordial en los planes de desarrollos del Estado.

En el caso del Ecuador, los ingresos tributarios en el periodo 2000-2018 representaron, en promedio, el 63,78% de los ingresos fiscales del presupuesto público, según datos del Banco Central del Ecuador (2018a) en la cuenta de operaciones del gobierno Central, de los cuales según el SRI (Servicio de rentas internas), en valores promedios, en dicho periodo, el 45,15% corresponden a impuestos directos y el 54,85% a impuestos indirectos, con lo cual la política tributaria ha estado más orientada a imponer una mayor carga impositiva al consumo que a la generación de renta.

Esto sucede porque el régimen tributario en Ecuador “se fundamenta por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria; en este contexto se priorizan los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promueve la redistribución y estimula el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales, y económicas responsables” (Asamblea Constituyente, 2008).

Pero especialmente existe en el Ecuador dos formas de recaudar los impuestos a los contribuyentes y es a través del impuesto a la renta y el impuesto al valor agregado. Estos son considerados como la columna vertebral de todo el sistema tributario debido a su principio de la capacidad de pago ya que genera ingresos para el fisco y a su vez crear un sistema de distribución de las rentas (Alarcón, 2009: 108).

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Se establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos; y al valor de los servicios prestados, en la forma y en las condiciones que prevé esta Ley. Por lo cual, los contribuyentes deben estar registrados en el SRI a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

El (RUC) es el número que identifica a cada contribuyente que realiza una actividad económica. En él constan sus datos personales y los de su actividad económica. Es por esa razón que resulta importante estar registrado, ya que la recaudación fiscal se constituye como una política de Estado obligatoria para todo ciudadano, nativo o extranjero, que haga vida dentro de ese territorio.

La recaudación de los impuestos ha aumentado en estos últimos años como consecuencia de las reformas tributarias que han existido en el país (Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera (registro No. 150 del 29 de diciembre de 2017). Así mismo, se elimina la exención al impuesto a las divisas en el desarrollo de proyectos y Alianzas Público-Privadas, y en los casos en los que el perceptor del pago está domiciliado en paraísos fiscales o jurisdiccionales de menor imposición.

Aunado a ello, en noviembre del año 2000 se incrementó el impuesto al valor agregado al 12% y se amplió su cobertura. Mediante la Ley de Regímenes Tributario Interno, la cual a partir del 29 de diciembre de 2007 a través de la reforma introducida por la Ley de Equidad Tributaria fue elevada a categoría de Ley Orgánica.

Esto se ha traducido en un incremento de la recaudación en términos reales del 263,39% en el periodo 2000-2018, pasando de $3,051’713.293 en el año 2000 a $10,758’797.706 en el año 2018, según datos del Banco Central del Ecuador (2018a) en la cuenta de operaciones del gobierno Central. Todo ello soportado también por el fuerte aumento de los ingresos provenientes de empresas exportadoras de materias primas no tradicionales, según cifras del Banco Central del Ecuador (2018b).

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En este sentido, los mecanismos que mejoran la recaudación fiscal por parte del Estado a través medios de coacción o disuasión para el cumplimiento tributario de los contribuyentes tienen una importancia primordial. En este caso el poder tributario es un atributo que dimana de la esencia del poder público del Estado, el cual tiene la capacidad jurídica para imponer tributos a sus administrados (Mogrovejo, 2010: 13).

En razón de ello en el Ecuador, se ha fortalecido el derecho constitucional tributario, el cual se ocupa fundamentalmente de lo que la doctrina ha denominado la potestad tributaria o de creación de tributos. Esto sin duda ayuda a generar dentro de los contribuyentes una cultura tributaria basada en el control de la gestión, integración de la información y la equidad social.

En la actualidad es importante generar un marco referencial a la educación tributaria, ya que de ello depende el compromiso, de tal manera que en la estructura social cumpla con cada uno de los principios de redistribución (Gamboa et al, 2017: 459). La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 300, establece que la política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables (Asamblea Constituyente, 2008: 145).

Sin embargo, siempre va a existir la evasión fiscal, debido a muchos factores que catalizan esta problemática. Por tal motivo, la “Administración Tributaria puede incidir en los niveles de evasión elevando la sensación de riesgo por incumplimiento. Para ello, básicamente cuenta con dos instrumentos: las auditorías y las sanciones a los evasores” (Roca, 2009: 62). La evasión tributaria es no solo un ilícito jurídico sino también una ilícita moral ya que tiene lugar cuando se emplean medios que la moral reprueba -mentira, ocultamiento, omisión maliciosa a la espera de ganar la prescripción, etc.- para escapar al tributo (Del Busto, 1998: 13).

Una de las interrogantes fundamentales que surge en el presente estudio consiste en ¿Cómo determinar el cumplimiento de las políticas tributarias? donde “los organismos de régimen seccional y central son las entidades encargadas en la administración tributaria en el Ecuador, ya sean municipios estos se encargan de recaudar tasas, contribuciones especiales, entre otros impuestos, por parte de los contribuyentes” (Peláez et al, 2016: 5). Fue creado sobre la base de la antigua Dirección General de Rentas.

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Todo ello en función del pronóstico de las rectas de regresión de la serie de tiempo del PIB real e ingresos tributarios reales mostrados en la Figura 3; las cuales explican el 98% de la varianza del PIB real y el 92% de la varianza de los ingresos reales. Esta política tributaria aplicada por el Estado busca el cumplimiento de las normas fiscales y contables.

La administración tributaria realiza un seguimiento a la eficiencia de su gestión a través de la evaluación de la presión tributaria, indicador que extrae los efectos del ciclo económico de las series, a través del PIB (Almeida, 2012: 146). Como se señaló anteriormente, así como el Ecuador en el periodo 2000-2018, asumió una política tributaria más efectiva y eficiente, aumentando obstenciblemente la recaudación y con ello el ingreso fiscal, el cual creció 130,77% en términos reales; mientras el gasto fiscal aumentó un 178,94%, generándose con ello un aumento considerable del deficit público y una dependencia cada vez más creciente del ingreso tributario como componente del ingreso fiscal, tal y como se puede observar en la gráfico 6.

Es por ello, que se necesita que en el Ecuador se sigan aplicando políticas tributarias cada vez mas eficientes, las cuales disuaden la evasión fiscal, por parte de los contribuyentes, mediante la implementación de diferentes mecanismos de coación, eduación y culturización. “En el Ecuador existe una falta de incentivos a los ciudadanos para pagar sus tributos según las condiciones que la ley señala. La apatía que sienten los contribuyentes obedece a la percepción de que los tributos pagados no tienen como destino la correcta provisión de bienes públicos” (Arias et al, 2005: 2).

Pero, definitivamente, el elemento resaltante de estos factores es la falta de una cultura tributaria, no solo por parte de los contribuyentes sino también por parte de los miembros de las instituciones tributarias encargadas de hacer este trabajo. La factura electrónica en Ecuador es un sistema implementado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que digitaliza los comprobantes tributarios, reemplazando los documentos físicos por archivos electrónicos con plena validez legal. Este sistema permite emitir, recibir y conservar comprobantes de forma más segura, ágil y alineada con los requisitos fiscales del país.

Marco Legal de la Factura Electrónica en Ecuador

La implementación de la factura electrónica en Ecuador comenzó en 2012, cuando el Servicio de Rentas Internas (SRI) la habilitó como una opción operativa a través de la Resolución NAC-DGERCGC12-00105. En 2014, con la Resolución NAC-DGERCGC14-00157, el uso de la factura electrónica pasó a ser obligatorio para la mayoría de los contribuyentes, incluyendo entidades públicas, universidades, empresas mixtas y proveedores de servicios esenciales.

Cambios Recientes en la Normativa del SRI sobre Factura Electrónica Ecuador

El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualiza periódicamente la normativa relacionada con la factura electrónica para adaptarse a nuevas exigencias fiscales y facilitar el cumplimiento por parte de los contribuyentes. Estas modificaciones impactan directamente en los procesos de emisión, validación y conservación de comprobantes electrónicos.

Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000008 - 29/02/2024

Esta resolución, emitida por el SRI, establece tarifas de retención aplicables desde marzo de 2024. Los cambios afectan principalmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el impuesto a la renta, con implicaciones directas en la emisión de comprobantes electrónicos y en los procesos contables de las empresas.

  • Se fija una nueva tasa de IVA del 13 %.
  • Se actualizan los porcentajes de retención en la fuente del impuesto a la renta, que oscilan entre 0 % y 10 %, según el tipo de ingreso.
  • Para pagos no contemplados específicamente, se aplica una retención general del 2,75 %.
  • Se incluyen disposiciones especiales para pagos a no residentes y servicios ocasionales.
  • Los agregadores de pago y marketplaces podrán emitir un solo comprobante de retención mensual.
  • La retención debe efectuarse en el momento del pago o al acreditar el monto, lo que suceda primero.

Resolución NAC‑DGERCGC25‑00000014 - 27/06/2025

Esta resolución, emitida por el SRI, tiene como objetivo regular el proceso de anulación de comprobantes electrónicos en Ecuador. Las nuevas disposiciones, aplicables desde el 1 de agosto de 2025, fortalecen el control fiscal al establecer reglas claras sobre cuándo, cómo y en qué plazos se pueden anular comprobantes como facturas de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios.

  • Se permite la anulación únicamente en casos de error o cuando la operación no se haya concretado.
  • No se pueden anular facturas emitidas como “consumidor final”.
  • Las facturas pueden anularse en línea o con nota de crédito; los comprobantes de retención y complementarios, solo en línea.
  • El plazo para anular en línea es hasta el día 10 del mes siguiente a la emisión; pasado ese plazo, solo se podrá emitir nota de crédito (hasta 12 meses).
  • Las anulaciones que requieren aceptación del receptor deben ser respondidas en un plazo de 5 días hábiles; de lo contrario, se invalidan.
  • No se permite la anulación de facturas negociadas, comprobantes de devolución de impuestos ni comprobantes en papel fuera de los plazos.
  • En casos de anulación masiva (más de 1.000 comprobantes), se requiere un trámite especial.
  • Se reforman resoluciones anteriores, eliminando el plazo de hasta 4 días para transmitir comprobantes electrónicos, que ahora deben enviarse de forma inmediata.
  • Se establece la obligación de informar al receptor cualquier cambio en el estado del comprobante electrónico.

¿Quiénes Están Obligados a Emitir Factura Electrónica en Ecuador?

Desde la entrada en vigor de las resoluciones del SRI, el uso de la factura electrónica en Ecuador ha pasado de ser una opción voluntaria a una obligación para una gran parte de los contribuyentes. A continuación, te detallamos quiénes están obligados a emitir comprobantes electrónicos según la normativa vigente:

  • Contribuyentes que comercializan maquinaria pesada o equipos camioneros como actividad económica habitual.
  • Personas naturales o jurídicas que hayan declarado transacciones con el Estado por montos iguales o superiores a 1.000 dólares.
  • Empresas o personas dedicadas a la venta de gas licuado de petróleo.
  • Contribuyentes que, en el ejercicio fiscal anterior, hayan registrado transacciones con el Estado entre 200.000 y 300.000 dólares.
  • Personas naturales o jurídicas con ingresos anuales entre 100.000,01 y 200.000 dólares.
  • Contribuyentes cuyos ingresos superan el umbral definido para pequeñas empresas.

¿Qué es un Comprobante Electrónico?

Un comprobante electrónico es un documento electrónico que respalda las transacciones comerciales y tributarias realizadas en Ecuador. Tiene la misma validez legal que un comprobante físico, siempre que cumpla con los requisitos técnicos establecidos por el SRI, como estar en formato XML y contar con una firma electrónica válida.

Tipos de comprobantes electrónicos autorizados por el SRI:

  • Factura
  • Liquidación de compras de bienes y prestación de servicios
  • Nota de crédito
  • Nota de débito
  • Comprobante de retención
  • Guía de remisión

¿Cómo Funciona la Factura Electrónica en Ecuador?

El modelo de factura electrónica en Ecuador se basa en un proceso automatizado validado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). El proceso comienza con la generación del comprobante en formato XML a través de un sistema de facturación electrónica, que debe incorporar una firma electrónica válida. Este archivo se envía al SRI, quien verifica su estructura y contenido.

Si cumple con los requisitos técnicos y legales, el SRI autoriza su emisión y genera un código de autorización único para cada comprobante. Una vez autorizado, el comprobante se remite al cliente junto con su Representación Impresa del Documento Electrónico (RIDE), una versión legible del archivo XML.

Es importante tener en cuenta que el receptor debe haber dado su consentimiento para recibir comprobantes electrónicos. Si no lo hace, el emisor está obligado a entregar el RIDE impreso. Además, tanto emisor como receptor deben conservar los comprobantes por un período mínimo de siete años, garantizando su disponibilidad para auditorías fiscales o requerimientos legales.

Requisitos para Emitir Factura Electrónica en Ecuador

Para emitir factura electrónica en Ecuador, se deben cumplir con una serie de requisitos técnicos y administrativos establecidos por el SRI. Estos aseguran que los comprobantes generados sean válidos, seguros y cumplan con la normativa vigente.

  • Contar con un certificado de firma electrónica vigente emitido por una entidad autorizada.
  • Tener un sistema de facturación electrónica que genere comprobantes en formato XML conforme a los lineamientos del SRI.
  • Estar registrado en el portal SRI en Línea y disponer de credenciales de acceso.
  • Solicitar la autorización para emitir comprobantes electrónicos a través del sistema del SRI.
  • Poseer un convenio de débito registrado.

Obligaciones del Emisor y del Receptor Electrónico

Emitir y recibir comprobantes electrónicos conlleva una serie de responsabilidades para garantizar el cumplimiento legal y la trazabilidad de las operaciones ante el SRI. Tanto emisores como receptores deben conocer y aplicar estas obligaciones en sus procesos contables y administrativos.

Obligaciones del emisor electrónico:

  • Obtener el consentimiento del receptor para enviar comprobantes electrónicos.
  • Emitir los documentos en formato XML y firmarlos digitalmente.
  • Enviar cada comprobante al SRI para su validación antes de remitirlo al cliente.
  • Entregar el RIDE al receptor si este no acepta el comprobante electrónico.
  • Almacenar los comprobantes durante al menos siete años.

Obligaciones del receptor electrónico:

  • Autorizar al proveedor para recibir facturas electrónicas.
  • Consultar y verificar la validez de los comprobantes en el portal del SRI.
  • Garantizar la conservación electrónica de los documentos recibidos.
  • Asegurar la legibilidad y disponibilidad de los comprobantes para futuras auditorías.

Plataforma Global de Factura Electrónica de EDICOM

EDICOM es un proveedor tecnológico internacional especializado en facturación electrónica y cumplimiento fiscal. Nuestra plataforma global permite automatizar la emisión y recepción de comprobantes electrónicos en cumplimiento con los requisitos del Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador. La solución asegura la generación, validación y envío de documentos en formato XML, firmados electrónicamente y conforme a la normativa vigente.

Gracias a su tecnología SaaS, la plataforma de EDICOM optimiza los procesos administrativos, reduce errores manuales y se integra fácilmente con sistemas ERP.

En este sentido, salió a relucir un viejo debate sobre los alcances de las normas contables y su incidencia en el ámbito tributario con los países europeos. Es innegable que la Contabilidad tiene un inmenso valor para las empresas y para la sociedad en general ya que facilita la estructura y el orden financiero dotando de información confiable, fidedigna para la toma de decisiones y a la Administración Tributaria le provee la información a fiscalizar con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales.

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