Descubre cómo el Nuevo Régimen de Sindicatos en México Revoluciona el Trabajo y sus Retos Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si eres una persona trabajadora, tienes derecho a conformar organizaciones de trabajadores para la obtención de beneficios comunes. Este derecho fundamental ha sido objeto de una profunda transformación en México, buscando equilibrar las relaciones obrero-patronales y fortalecer la representación auténtica de los trabajadores.

El Derecho a la Sindicalización y el Apoyo Actual

Para conformar un sindicato, deberás contar con un grupo de mínimo de 20 trabajadores que estén dispuestos a formar parte de un sindicato. El registro de una asociación de trabajadores se realiza ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). Si tienes dudas sobre cómo constituir un sindicato, cómo registrarlo o cómo plasmar sus objetivos, en PROFEDET te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos colectivos.

En caso de contar con más datos o documentos relacionados con tu asunto, puedes traerlos. Una vez analizada tu caso, te indicaremos si se requiere información adicional.

Una Retrospectiva Histórica del Sindicalismo Mexicano

Durante varias décadas, a partir de los años cincuenta del siglo pasado, el país vivió una etapa de crecimiento económico y estabilidad política. Un elemento fundamental para entender este período de nuestra historia se encuentra en la relación entre el sindicalismo y el Estado.

Esto último se concretó al cooptar los principales liderazgos y con la eliminación de los grupos inconformes; también con una estructura legal e institucional que se estableció en la Ley Federal del Trabajo de 1931, y que permitió al gobierno en turno controlar el registro y existencia legal de los sindicatos y sus dirigentes; y, en tercer lugar, gracias a la obtención de plazas de trabajo estables, aumentos salariales, prestaciones y seguridad social. Durante la segunda posguerra, en diversos países del mundo surgen los Estados de bienestar, también definidos como Estados sociales, que pretenden impulsar el desarrollo del capitalismo con políticas inclusivas: sistemas de salud públicos, distribución del ingreso y regulación de los conflictos laborales. En el caso de México, este esquema adopta rasgos fuertemente autoritarios.

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Crisis Económica y Debilitamiento Sindical

Esta situación cambió drásticamente después de la crisis de 1982. Durante esta década, el país conoció un ajuste económico muy severo, un fenómeno que se dio a escala mundial. Al mismo tiempo, se instrumentó una ofensiva laboral: se congelaron los salarios y se redujo la plantilla de trabajadores, en primer lugar, en el sector estatal. Posteriormente se pondrían en práctica un conjunto de medidas encaminadas a flexibilizar las relaciones laborales en todos los sectores productivos. Con ello se buscaba también combatir el poder de los sindicatos, mismo que se había fortalecido durante los años del Estado de bienestar.

En México, la recesión también propició el cambio. Se rompió el pacto social vigente, y el esquema de acumulación de capital que había prevalecido hasta entonces, basado en el proteccionismo comercial de sectores estratégicos, un Estado con fuerte intervención económica, y diversas regulaciones fiscales, financieras y laborales. Bajo el gobierno de Miguel de la Madrid, se despidió a miles de empleados del sector público, y se impusieron topes rígidos a los salarios contractuales y al mínimo. Las políticas neoliberales prosiguieron durante los sexenios posteriores, acentuando la debilidad de los sindicatos.

Los Contratos de Protección y la Ausencia de Democracia Sindical

Uno de los síntomas claros de esa fase decadente puede ubicarse en la proliferación de contratos de protección patronal. Bajo la presidencia de Salinas (1988-1994), la Secretaría del Trabajo dio curso oficial a este tipo de arreglos, los cuales se generalizaron rápidamente. La flexibilización del trabajo y los contratos ficticios se impusieron, sin modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT). Fue hasta finales de 2012 cuando se aprobaron un conjunto de enmiendas, que buscaron darle legalidad a lo que venía ocurriendo en la vida real durante las últimas décadas. Debe subrayarse, además, que no se alteró nada sustancial en materia de democracia, libertad de asociación y transparencia sindical. De esta manera, la transición política que tuvo lugar en las elecciones del año 2000 no ha tenido hasta ahora, ningún efecto en el panorama sindical.

La política laboral y, en particular, la existencia de los contratos de protección ha sido congruente con el esquema neoliberal basado en la contención salarial, el debilitamiento de los sindicatos y la subcontratación. Los contratos de protección se han impuesto, por lo general, sin recurrir a la represión del gobierno, dada su naturaleza clandestina. Sin embargo, en vista de que infringen severamente los derechos humanos, han llamado la atención de los organismos internacionales, como la OIT y el sindicalismo mundial. Más grave aún, en nuestro país se ha generado una violencia soterrada, que estalla ocasionalmente cuando los trabajadores descubren que están sujetos a un sindicato y a un contrato que nunca habían conocido, o cuando se deciden a ejercer sus derechos.

La Crisis Global y sus Repercusiones en el Ámbito Laboral

La crisis mundial de 2007-8 empezó a cambiar las cosas. La recesión afectó particularmente a Estados Unidos, Europa y América Latina. Sin embargo, la desigualdad, reflejada en una aguda concentración de la riqueza y en una tendencia declinante de los salarios en el ingreso nacional, se acentuó y se hizo más evidente. Todo ello tuvo, como una de sus causas principales y al mismo tiempo se reflejó en ello, el deterioro del empleo. No solo se observó un aumento en el número de personas desocupadas a nivel mundial, además los puestos de trabajo se volvieron más precarios y vulnerables.

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El malestar de la globalización se reflejó en descontento social, y luego llegó al plano de la política. Nuevas opciones surgieron para resistir los embates. En el caso de México, la sacudida económica deterioró la estructura salarial. Durante los primeros años del siglo XXI, los salarios medios parecían recuperarse poco a poco después de casi dos décadas de caída permanente. Los salarios mínimos, por su parte, se estancaron hasta hace apenas un par de años, después de una larga pendiente negativa de la que aún no se han recuperado. Por esta razón, se encuentran entre los más bajos, en términos reales, de América Latina.

Pero los efectos se sintieron en toda la estructura salarial: los puestos de trabajo que proporcionaban más de cinco salarios mínimos diarios (SMD) disminuyeron, y en cambio crecieron los que ofrecían hasta dos o tres SMD. La precariedad de las ocupaciones también se ha agudizado, y ha hecho que se acentúen fenómenos como la intermediación, los contratos a tiempo parcial o por honorarios, y más recientemente los puestos informales basados en plataformas digitales o gig.

Al mismo tiempo, se insistía en que el libre comercio y los acuerdos multilaterales deberían fomentarse para contrarrestar los efectos de la recesión, e iniciar un nuevo ciclo de prosperidad. No todos estuvieron de acuerdo. Las oposiciones de distinto signo, que surgieron en los últimos años, se convirtieron en impugnadores del libre comercio y la integración económica global. Los sindicatos empezaron a fortalecer sus críticas, y a presionar a sus gobiernos para evitar uno de los efectos más nocivos de la globalización dominante: el outsourcing, la salida de empleos de una región a otra del planeta, atraídos por una fuerza de trabajo más barata.

Hacia un Nuevo Paradigma: Reformas y Acuerdos Internacionales

Esa preocupación se reflejó en el capítulo laboral de un nuevo acuerdo comercial de grandes dimensiones, el TPP, pactado a principios de 2016. Su redacción fue más enfática y detallada, si lo comparamos con otros tratados comerciales similares. El presidente Enrique Peña Nieto decidió entonces enviar al Congreso un conjunto de reformas legales, acordes con el contenido del capítulo laboral del TPP. De esta manera, en febrero de 2017, el Congreso aprobó varias enmiendas al Artículo 123 constitucional, mismas que han sido definidas como las más radicales desde 1917.

Sin embargo, una vez que asumió el cargo, el presidente Trump decidió salirse del TPP y renegociar el TLCAN. Con ello daba un giro notable al consenso dominante en torno al libre comercio y la globalización. Ante este nuevo panorama, cundió el desconcierto. Los cambios a la legislación secundaria, indispensables para poner en práctica los nuevos lineamientos constitucionales, se congelaron. Por su parte, el gobierno de Peña Nieto recurrió a las negociaciones del TLCAN, intentando mantener, tanto como fuera posible, el esquema anterior.

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El Impulso de la Transformación a partir de 2018

Las elecciones presidenciales en julio de 2018 cambiaron esa ruta: el equipo del presidente electo intervino en la discusión, y permitió destrabar algunos puntos en conflicto. De esta manera, entre septiembre y octubre de 2018, se presentaron dos acontecimientos de distinta naturaleza, que apuntan hacia una transformación de fondo de las leyes y las instituciones del trabajo mexicanas: primero, el Senado de la República aprobó la ratificación del Convenio 98 de la OIT.

El Convenio sobre derechos a la sindicalización y la negociación colectiva data de 1949, y ha sido firmado por 165 países del mundo, incluyendo los de América Latina. La nueva composición del órgano legislativo (con mayoría de MORENA) sirvió sin duda para apresurar esta decisión, largamente pospuesta, ya que coincidía con su plataforma electoral y su programa.

El Capítulo Laboral del T-MEC y el Combate a los Contratos de Protección

De acuerdo con el texto del United States-Mexico-Canada Agreement (T-MEC), el capítulo laboral es una versión mejorada de su similar en el llamado TPP 11. Es más claro y contundente, pues, por ejemplo, incluye de forma explícita el derecho a huelga como parte de la libertad de asociación. Contiene también un apartado especial en el que se reconoce que “los trabajadores y sus organizaciones deben estar en condiciones de ejercer sus derechos en un clima libre de violencia, amenazas e intimidación… y que es un imperativo de los gobiernos atender estos incidentes”.

Pero lo más notable es el anexo 23-A, que tiene como título, para no dejar ninguna duda, “La representación de los trabajadores en la negociación colectiva en México”. No hay duda de que ese anexo busca impedir que en México se sigan aplicando los contratos de protección. Tales prácticas son bien conocidas por los representantes sindicales de Estados Unidos y Canadá, los cuales decidieron ejercer mayor presión en la redacción del capítulo laboral. Así lo demuestra un documento elaborado por el Comité Consultivo del Sindicato Metalúrgico (United Steelworkers). El análisis presentado en este estudio coincide con diversas investigaciones y pronunciamientos hechos en México, desde la firma del TLCAN, por los sindicatos independientes (particularmente los que se agruparon en la Unión Nacional de Trabajadores, UNT), los abogados democráticos y los académicos (reunidos ahora muchos de ellos en el Observatorio Laboral).

Esa práctica ha permitido atraer inversiones extranjeras en la industria manufacturera durante las últimas tres décadas, pero con muy pocos beneficios para el país y sus trabajadores. En síntesis, el acomodo laboral, basado en los contratos de protección, está siendo cuestionado en México y por sus principales socios comerciales. Se han reunido con este propósito diversos protagonistas e intereses: las representaciones obreras de los países del norte, sus gobiernos, y la futura administración del presidente electo, amén de las organizaciones independientes mexicanas, para tratar de extirpar este esquema tan perjudicial.

Hay que advertir que todo lo contenido en el capítulo laboral, y su anexo, no se oponen a las reformas constitucionales. En particular, este último documento hace referencia constantemente al texto aprobado por el Congreso mexicano en febrero de 2017. Ahora toca al Poder Legislativo de nuestro país dar el siguiente paso: reformar la Ley Federal del Trabajo, para adoptar nuevos lineamientos que permitan combatir los contratos de protección, y abrir la puerta a una democratización de los sindicatos mexicanos. La próxima administración tendrá que aplicar las nuevas disposiciones legales, y ello significará una labor compleja.

Si la nueva legislación se aprueba, en congruencia con la reforma constitucional de 2017, y el nuevo gobierno decide aplicarla, los trabajadores mexicanos, por primera vez en mucho tiempo, tendrán la posibilidad de decidir. Después de siete décadas de silencio obligado, todo lo anterior significaría un cambio de fondo. Lo es, y por ello es de esperar que ocurra de manera gradual. Nuevos problemas surgirán en el horizonte inmediato en la medida en que el nuevo esquema laboral se vaya adoptando: ¿podrán elevarse los salarios, en primer lugar el mínimo legal, sin que ello provoque efectos inflacionarios u otras reacciones adversas? Estas son algunas preguntas, entre muchas otras. Pero, en el fondo, todo se reduce a una sola interrogante: ¿deben las organizaciones sindicales, como representación legítima de los trabajadores, desempeñar un papel activo en las decisiones vitales que les conciernen directamente, buscando un mejor equilibrio en las relaciones obrero-patronales? La historia diría que estos derechos se conquistaron en el mundo desde hace más cien años, y se ejercieron, con altas y bajas, durante todo el siglo XX. El consenso dominante, sin embargo, sostiene que deben acatarse las condiciones de los mercados (la productividad, los ciclos económicos, las condiciones particulares de las empresas).

El Sindicalismo en la Era de la Transformación Laboral

Durante gran parte del siglo XX, el sindicalismo mexicano fue uno de los pilares del sistema político. Desde los años cuarenta, los grandes sindicatos -particularmente los afiliados a la Confederación de Trabajadores de México (CTM)- se integraron a la estructura del entonces partido hegemónico, funcionando como un engranaje esencial de control político y movilización social. A cambio de su lealtad, los líderes sindicales obtenían privilegios, puestos públicos y control sobre sus bases. Durante décadas, la figura del “líder charro” simbolizó esta distorsión: dirigentes sindicales que permanecían en sus cargos por décadas, amparados por el Estado, mientras las condiciones laborales se deterioraban. La relación corporativa entre Gobierno y sindicatos garantizaba estabilidad política, pero anulaba la autonomía obrera.

Con la llegada de los gobiernos neoliberales del PAN y del PRI a finales del siglo XX y principios del XXI, el poder sindical se fragmentó. La apertura económica, la privatización y la flexibilización laboral debilitaron a los gremios. Se promovió la individualización del trabajo y la reducción de los derechos colectivos. Los contratos de protección patronal y el outsourcing se expandieron, y los sindicatos tradicionales perdieron legitimidad. Sin embargo, a partir de 2018, con la llegada de MORENA al poder, comenzó una transformación profunda en el modelo laboral y sindical. El nuevo gobierno impulsó una política orientada a recuperar la justicia laboral y fortalecer la representación auténtica de las y los trabajadores. Esta reforma, acompañada del nuevo marco del T-MEC, buscó desmontar el viejo corporativismo y devolver el poder a las trabajadoras y los trabajadores.

Los sindicatos se ven hoy obligados a legitimarse ante sus bases, y muchos viejos liderazgos han perdido terreno frente a nuevas organizaciones democráticas. Los resultados son visibles. Durante los últimos años, México ha experimentado los mayores incrementos salariales en décadas. El salario mínimo se ha duplicado, en términos reales, desde 2018, y la brecha con el costo de la canasta básica se ha reducido significativamente. Además, se fortalecieron los derechos de las personas trabajadoras del hogar; se limitó el outsourcing abusivo y se ampliaron las prestaciones sociales. El sindicalismo contemporáneo ya no depende del favor político del Gobierno, sino de la legitimidad frente a sus agremiados. En suma, el sindicalismo mexicano está transitando de un modelo de poder corporativo a uno de empoderamiento laboral. Este cambio, impulsado por reformas estructurales y una nueva visión de justicia social, marca un regreso a los principios originales del movimiento obrero: unidad, dignidad y equidad en el trabajo.

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