En un principio, solo como orientación en diversos trámites y servicios y, a partir de octubre, se integraron servicios de atención completamente en línea como: cambio de domicilio, corrección o incorporación de CURP y corrección o cambio de nombre.
Con el propósito de hacer más eficiente la obtención de una cita, el 1 de noviembre de 2021 se puso a disposición de la población en el aplicativo CitaSAT, una alternativa que se denomina Fila Virtual, que permite ofrecer atención directa a personas contribuyentes a través del envío automático de una cita, sin la necesidad de la intervención de un gestor.
En enero de 2022, a través del esquema remoto denominado Oficina Virtual, se amplió la atención a distancia a personas contribuyentes a través de sesiones virtuales.
En septiembre de 2022 se implementó la estrategia denominada Oficina Móvil en diversos municipios del país y cubrirá hasta diciembre seis entidades federativas en coordinación con los gobiernos estatales.
La pandemia ocasionada por COVID-19 llevó a la institución a reducir un 35 por ciento los espacios para citas presenciales a partir de marzo de 2020. Lo anterior, con el propósito de salvaguardar la integridad de las personas contribuyentes y del personal administrativo de las oficinas de atención al contribuyente. Dicho escenario propició la necesidad de incrementar el uso de la firma electrónica (e.firma) en los servicios digitales de diversas dependencias del gobierno federal, gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como en el sector privado.
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El Consulado de México cuenta con diversos recursos y programas para ayudar a personas mexicanas víctimas de maltrato y violencia doméstica.
Si requieres asistencia para localizar a un familiar en el extranjero deberás proporcionar elementos que ayuden a esclarecer la identidad y ubicación.
Si eres víctima o testigo de un crimen de odio, ¡denúncialo!
La trata de personas es un delito en el que se utiliza el engaño y la fuerza para explotar a las víctimas.
En Estados Unidos existen autoridades de protección a la infancia que tienen facultades para tomar la custodia de una persona menor de edad. Cuando una autoridad extranjera toma la custodia de una persona de nacionalidad mexicana que es menor de edad, debe notificarlo al consulado. Si las autoridades estadounidenses han tomado custodia de tus hijos o hijas, comunícate con el Departamento de Protección.
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Si vives en Estados Unidos y tus hijos o hijas menores de 16 años fueron llevados a otro país sin tu consentimiento por su madre, padre u algún otro familiar, debes notificarlo inmediatamente a la Oficina de Asuntos de la Infancia del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Es importante saber que el Consulado de México no pude representar a una persona en un juicio ante autoridades ni cubrir el costo del proceso legal.
El Consulado de México no pude representarte en un juicio ante autoridades ni puede cubrir el costo del proceso legal.
La solicitud de pensión alimenticia se lleva a cabo a través de las autoridades extranjeras competentes. En Estados Unidos no es posible realizar solicitudes de pensión alimenticia si el deudor alimentario reside en Colorado, Florida, Iowa, Maryland, Oklahoma, Virginia y Wisconsin, dado que estos estados no reconocen un mecanismo de colaboración con México sobre pensiones alimenticias.
Es una autorización que otorga el gobierno de Estados Unidos para ingresar a territorio estadounidense de forma temporal a personas extranjeras que no cumplen con los requisitos ordinarios de admisión.
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El trámite de traslado es gratuito y no es necesario contar con un abogado o gestor. El Departamento de Justicia de Estados Unidos es la única autoridad facultada para autorizar una solicitud de traslado por parte de ese país. Ninguna de las autoridades de los dos países está obligada a autorizar una solicitud de traslado.
Acude a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) más cercana o contacta al Consulado de México. Solicita la devolución de tus objetos personales. Acude a recoger tus objetos personales. Debes presentar algún documento de identidad como INE, pasaporte, licencia de conducir o constancia de repatriación expedida por el INAMI. *Se entiende por objeto personal aquellos objetos que llevabas contigo al momento de tu detención, por ejemplo, dinero en efectivo, joyería, relojes o documentos de valor.
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