El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un gravamen que se paga por la producción y venta o importación de distintos productos como las gasolinas, bebidas alcohólicas y tabacos. Este impuesto es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cervezas y tabacos, entre otros bienes, principalmente. El pago de este impuesto lo realizan tanto personas físicas como morales.
El IEPS es un impuesto indirecto que el gobierno mexicano aplica a ciertos productos y servicios para recaudar ingresos y, en algunos casos, desalentar su consumo. Este impuesto es administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y su monto se ajusta anualmente de acuerdo con la inflación.
El IEPS como Componente del Precio del Combustible
Cada año, el IEPS en gasolina se actualiza de acuerdo con la inflación y otros factores económicos, afectando directamente el costo del combustible que utilizan tanto los ciudadanos como las empresas. El IEPS es un componente clave del precio final del combustible, lo que significa que cuando el IEPS sube, el precio que pagamos en la gasolinera también tiende a subir. El IEPS representa un componente fijo y significativo en el precio de cada litro de combustible.
Para las empresas, esto significa que una parte considerable de sus gastos en gasolina no solo depende del precio internacional del crudo, sino también de la política fiscal mexicana.
Cálculo del IEPS
Calcular el IEPS es sencillo. Se trata de multiplicar la cuota del impuesto por la cantidad de litros que se adquieren. El pago del IEPS en México ya viene incluido en el costo final de los productos y servicios que entran bajo la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual puedes identificar en el desglose de tus recibos o tickets de compras.
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Cuotas del IEPS en Gasolina y Diésel: Aplicación y Montos
Se grava con cuotas o tasas adicionales la venta al público en general de gasolina o diesel. La tasa se ajustará mensualmente y la SHCP calculará las tasas aplicables para cada combustible y cada agencia de ventas de Petróleos Mexicanos, y las publicará en el DOF.
Dichas cuotas se aplicarán gradualmente para la venta al público de gasolinas y diesel, con un incremento mensual de dos centavos por cada litro de gasolina Magna, 2.44 centavos para gasolina Prémium UBA, y 1.66 centavos para diesel, hasta llegar a las siguientes cuotas:
- Gasolina Magna, 36 centavos por litro.
- Gasolina Prémium UBA, 43.92 centavos por litro.
- Diesel, 29.88 centavos por litro.
Consideraciones sobre Impuestos Locales
La aplicación de las cuotas se suspenderá parcialmente en aquellas entidades federativas que establezcan impuestos locales a la venta final de gasolina y diesel. Dicha suspensión se llevará a cabo en la misma proporción que la tasa del impuesto local, por lo que el remanente se seguirá aplicando como impuesto federal.
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